La Corte Suprema avalará la autonomía de la ciudad de Buenos Aires para mantener las clases presenciales

El fallo se conocerá hoy y fijará criterios a los gobiernos de la Nación y de la Ciudad sobre sus facultades en una pandemia. Esta semana entró en vigencia un nuevo DNU firmado por el presidente Alberto Fernández con más restricciones por el COVID-19

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(csjn)
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La Corte Suprema de Justicia se pronunciará hoy a favor del gobierno porteño en su decisión de continuar con las clases presenciales, a pesar del nuevo DNU firmado por el presidente Alberto Fernández con más restricciones por la pandemia del COVID-19, y avalaría así la autonomía de la ciudad de Buenos Aires para definir la modalidad de la educación en su territorio.

Aunque la resolución de los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Elena Highton de Nolasco será ante la presentación que el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, realizó cuando el Presidente firmó el primer decreto que venció el pasado viernes, se aguarda el fallo porque fijará criterios a los gobiernos de la Nación y de la Ciudad sobre sus facultades en una pandemia y la necesidad de acortar las decisiones en un momentos de tanta gravedad sin que sean judicializados.

Como antecedente, el procurador general interino de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó la semana pasada que era inconstitucional el DNU que suspendió entre el 19 y el 30 de abril las clases presenciales en el AMBA. En su dictamen, sostuvo que el decreto no estaba fundamentado para tomar una medida como la suspensión de las clases que dependen de la ciudad de Buenos Aires por la autonomía que tiene sobre la educación como todas las provincias del país.

“Considero que los argumentos expuestos en la norma impugnada no alcanzan para fundar un estado de necesidad que permita legitimar la suspensión de la concurrencia a los establecimientos educativos en todos sus niveles”, sostuvo Casal en su presentación de 49 páginas. El procurador señaló que el gobierno nacional tiene las facultades sobre la salud en todo el país y para tomar medidas de emergencia en casos excepcionales, como lo es una pandemia, pero que deben estar fundamentadas, lo que a su criterio en ese caso no ocurrió.

Alumnos ingresando en una escuela
Alumnos ingresando en una escuela porteña (NA)

Tras resaltar que los DNU tienen que ser ratificados por el Congreso, el dictamen agregó que no está demostrado epidemiológicamente que la presencialidad en las escuelas afecte a la salud, en línea con la postura del gobierno porteño. El Ejecutivo le había pedido a la Corte que rechazara la demanda.

“No ha sido debidamente acreditado que el dictado de clases presenciales haya sido la causa del agravamiento de la situación sanitaria a la que aludió el decreto impugnado, en cuyos considerandos se efectúan afirmaciones genéricas acerca de la necesidad de reducir la circulación de personas y el uso del transporte público, sin precisar adecuadamente la supuesta relación directa e inmediata entre las actividades de educación presencial y el crecimiento exponencial de casos en la región”, afirmó el procurador.

Casal dejó para el final de su escrito un mensaje para los gobiernos de la Nación y de la ciudad de Buenos Aires. El procurador habló del “paradigma del federalismo concertado que debe primar en las relaciones interjurisdiccionales, especialmente si se presentan desacuerdos razonables o fricciones que la realidad impone y que no siempre se pueden evitar cuando coexisten dos gobiernos que actúan directamente sobre el mismo pueblo”.

“Estas consideraciones adquieren especial relevancia frente al contexto epidemiológico actual, cuando es público y notorio que, en los últimos días, la situación se ha agravado debido a la propia dinámica y cambiantes características de la situación de la epidemia”, concluyó.

El jefe de Gobierno porteño,
El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta

El gobierno nacional dictó el 16 de abril el Decreto 241 en el que tomó varias medidas restrictivas en la circulación de personas en el AMBA para evitar el aumento de casos en la zona más crítica del país. Una de ellas fue suspender las clases presenciales. El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, avaló la medida pero Rodríguez Larreta no.

El decreto en el punto de las clases nunca llegó a cumplirse en la Ciudad de Buenos Aires. Es que un fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Capital Federal hizo lugar a un planteo de un grupo de padres para que hubiera clases presenciales. Ese fallo -dictado por un fuero que no suele revisar decisiones del Gobierno nacional- le dio “aire” a Rodríguez Larreta para resistir la orden del DNU sobre las clases en CABA.

Desde el gobierno porteño, en ese momento, señalaron que los datos marcan que en los colegios son pocos los casos de contagios y que el presidente Fernández tomó la medida sin consultar y violando la autonomía de la ciudad en materia educativa. Esos fueron los argumentos que los abogados de la ciudad presentaron ante la Corte Suprema en la demanda en la que pidieron que el DNU sea declarado inconstitucional.

En el gobierno nacional señalaron que el movimiento de la gente que va a la escuela es lo que aumenta la circulación del virus y que en marzo y abril aumentó la cantidad de positivos entre personas de seis a 17 años (que son los de edad escolar). Eran el 7,3 por ciento del total de contagiados cuando en enero y febrero eran el 5,3.

El gobierno nacional contestó el lunes a la noche la demanda en un escrito en el que le pidió a la Corte Suprema que ratifique la constitucionalidad del DNU. El procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, sostuvo que la suspensión de las clases se tomó “para afrontar una situación epidemiológica sin precedentes a fin de evitar un aumento desmedido de casos que lleve a un colapso sanitario y consecuencia aumento de la morbilidad”.

Agregó que los casos crecen en forma sostenida en el AMBA y que la educación moviliza una cantidad de gente que contribuye a la circulación del virus. Los abogados del Estado nacional señalaron que la suspensión de clases era solo por 14 días, que no se vulnera el derecho a la educación porque se sigue brindando de manera virtual, que con el DNU no se afectó la autonomía de la ciudad y que el caso no debe tramitarse directamente en la Corte porque la ciudad no tiene estatus de una provincia.

En tanto, Soledad Acuña, la ministra de Educación porteña, ratificó este fin de semana la postura de la ciudad de Buenos Aires. “En lo único en lo que no nos hemos podido poner de acuerdo es en la educación. Porque si bien acordamos que no contagian las aulas, que los colegios son seguros, que con protocolos estrictos los chicos pueden estar, es bajísima la incidencia de contagios dentro de las escuelas. En ese punto estamos todos de acuerdo. No coincidimos en que genere una movilidad que contagie. Es ahí cuando consideramos que las escuelas cerradas generan más daño que las escuelas abiertas”, explicó.

“En ese punto no pudimos ponernos de acuerdo. Tiene que seguir siendo presencial la educación. Vimos el año pasado el impacto que genera en términos de aprendizaje y el abandono escolar. Tiene que seguir siendo presencial. Sí trabajar sobre la movilidad. Por eso hay que trabajar en el entorno de las escuelas, ver la llegada a las escuelas. Lo que no se tiene que tocar es la presencialidad”, completó.

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