Roberto Erusalimsky es un hombre récord en Comodoro Py. En los últimos seis años, acumuló procesamientos por la compra de un campo en Mendoza que pertenecía a Lázaro Báez, aunque logró esquivar el juicio oral por “la ruta del dinero K”. Erusalimsky fue procesado cinco veces por el mismo juez: Sebastián Casanello. Pero la Cámara Federal siempre le dio la razón. La “novela judicial” parece haber terminado: la Sala II acaba de dictar su último sobreseimiento y dejó sin efecto las medidas cautelares sobre sus bienes.
El empresario sumó su primer procesamiento por la compra de la estancia “El Carrizalejo” el 7 de mayo de 2014 junto a Carlos Molinari, que sí terminó siendo juzgado en el juicio oral. “En ambos casos, la participación de los imputados encontraba su fundamento en la necesidad de Fariña de canalizar el dinero con el auxilio de estructuras patrimoniales ajenas que, por su envergadura, pudiesen soportar aquellas aplicaciones de dinero sin levantar demasiadas sospechas”, dijo en ese momento el magistrado.
Al año siguiente, la Sala II de la Cámara federal, con los votos de los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah, declaró nulo solo el procesamiento.
En 2017, se repitió la secuencia: procesamiento del juez luego revocado por la Cámara, que pidió profundizar la relación entre Erusalimsky y Báez.
Dos años después, tras sumar nuevos testimonios, Casanello volvió a procesar al empresario de la salud. El 13 de junio de 2019, la Sala II -integrada entonces por los jueces Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi- nuevamente lo revocó.
El último procesamiento ocurrió en febrero de este año. En ese caso, Casanello también le embargó los bienes por la suma de $16.732.800 y le prohibió la salida del país. “Es un récord de la historia judicial argentina, más de diez jueces y fiscales dicen que es inocente, pero el juez lo procesa sin pruebas, le revocan y vuelve a procesar, siempre con lo mismo”, se quejó el abogado de Erusalimksy, Mariano Cúneo Libarona.
La estancia de Mendoza fue comprada por Leonardo Fariña el 16 de diciembre de 2010. Pagó USD 5.000.000. El arrepentido admitió que hizo la operación para su entonces jefe, Lázaro Báez. Dos años después, se lo vendió a Erusalimsky en apenas USD 1.800.000, un 64% más barata.
Fariña y Erusalimsky se habían conocido a través de Malek Fara, un vendedor de autos que estuvo mencionado en otras causas judiciales. Viajaron varias veces a Mendoza durante 2012, cuando el arrepentido ya no trabaja para Báez, y llegaron a un acuerdo.
El dinero no se trasladó hasta Mendoza por cuestiones de seguridad. “Se dejó el dinero en mi departamento, en un placar cerrado con una llave que se llevó Malek Fara, dado que ambos le teníamos confianza y Malek quería estar presente cuando Fariña cobraba el dinero porque tenían cuentas pendientes. Viajamos a Mendoza, se firmó la escritura y a la vuelta, subimos a mi departamento y Malek Fara le entregó el dinero a Fariña”, relató Erusalimsky ante la Justicia.
Para Casanello, el empresario fue parte de la maniobra de lavado. Sin embargo, la defensa del empresario logró convencer a los camaristas que el precio del campo bajó de esa manera porque no tenía pozos para obtener agua. “La tasación del Banco Nación determinó específicamente que la suma abonada por Erusalimsky para la adquisición de la estancia se compadecía con los valores de mercado de entonces”, llegó a decir la Cámara.
En esa seguidilla interminable de resoluciones judiciales intervino varias veces la Cámara de Casación. En 2018, el juez Gustavo Hornos votó en disidencia y entendió que el Erusalimsky conocía “las actividades ilícitas de Fariña por la relación laboral y comercial que los unía y que no podía afirmarse la ajenidad del empresario en las maniobras investigadas”.
La batalla acaba de terminar: la Sala II revocó el último procesamiento de Erusalimsky, “dejando a salvo el buen nombre y honor del que hubiera gozado”. “Han transcurrido más de ocho años con posterioridad a la convocatoria del imputado. Cuatro, desde que la Cámara Federal de Casación Penal decidió que correspondía estar al temperamento expectante del art. 309, CPPN, dispuesto a fines de 2015″, dice el fallo. Y agrega: “El único querellante que en su momento recurrió en casación fue la AFIP. Mas desde la resolución de tal Tribunal, ese acusador privado no acompañó, invocó, ni alegó sobre ningún elemento de prueba que tenga que ver con el aspecto que mandó a profundizar la Sala IV”.
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