El fiscal federal Juan García Elorrio avaló que el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido continúe en libertad hasta que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resuelva su condena a cinco años y ocho meses de prisión por la tragedia ferroviaria de Once. Lo hizo en un dictamen en el que pidió que al ex funcionario se le aplican “medidas de coerción” para evitar un posible peligro de fuga, como el uso de una tobillera electrónica que controle su ubicación.
Los familiares de las víctimas pidieron ayer que De Vido sea detenido para comenzar a cumplir la condena. Ahora deben decidir los jueces Guillermo Costabel, Jorge Gorini y Ricardo Basílico, integrantes del Tribunal Oral Federal 4. Se espera que sea la semana que viene informaron a Infobae fuentes judiciales.
Lo que está en discusión es la entrada en vigencia en febrero del artículo 375 del nuevo Código Procesal Penal Federal que establece que “sólo podrán ser ejecutadas las sentencias firmes”. Una sentencia queda firme cuando resuelve la Corte Suprema. Hasta la puesta en marcha de ese artículo una persona podía ser detenida para empezar a cumplir la condena cuando la Cámara Federal de Casación Penal rechazaba el recurso extraordinario para ir al máximo tribunal. Eso ocurrió la semana pasada con el ex funcionario.
La defensa de De Vido, a cargo de los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, se presentaron en el TOF 4 y adelantaron que iban a llevar la condena a la Corte Suprema a través de otro recurso, por lo que se debía aplicar el artículo 375 para que el ex funcionario siga en libertad hasta que resuelva el máximo tribunal. Los jueces le pidieron opinión a las partes.
La tragedia de once ocurrió el 22 de febrero de 2012 cuando un tren de la línea Sarmiento chocó en esa estación. Murieron 51 personas y más de 700 fueron heridas. Se hicieron dos juicios. En el segundo De Vido fue condenado por administración fraudulenta porque la empresa Trenes de Buenos Aires (TBA), a cargo de la concesión, no aplicó al servicio ferroviario los fondos públicos que recibía. El ex funcionario fue absuelto por el delito de estrago culposo. La condena fue confirmada en diciembre por Casación.
De Vido nunca estuvo preso por la tragedia de Once. Fue detenido en octubre de 2017, cuando le quitaron los fueros como diputado nacional, por la causa de Río Turbio. Después estuvo en prisión preventiva en otros expedientes, como el caso de los cuadernos de la corrupción, hasta marzo del 2020 cuando recuperó la libertad. El ex funcionario tiene 71 años y problemas de salud. Dos condiciones que le permitirían acceder a una prisión domiciliaria en caso que vuelva a ser detenido.
El fiscal García Elorrio, en un dictamen de nueve páginas, avaló la vigencia del artículo 375 e hizo una serie de consideraciones sobre la situación de De Vido. Sostuvo que la pena de cinco años y ocho meses es de cumplimiento efectivo, que tras el fallo de Casación la causa está en un estado avanzado y que el ex funcionario tiene otros expedientes penales, dos de ellos en juicio como la obra pública y la compra de trenes chatarra.
“Esta representación del Ministerio Público Fiscal habrá de solicitar que el Tribunal evalúe la imposición de las medidas de coerción previstas en el citado ordenamiento procesal (cfr. incisos b, c, d, e, i) que constituyen las pautas legales que deben ser tenidas en cuenta para decidir acerca del peligro de fuga”, concluyó García Elorrio.
Las cuatro opciones de medidas de coerción que planteó el fiscal son que De Vido esté “al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada”, que tenga que presentarse periódicamente ante el tribunal que se lo prohíba la salida sin autorización previa “del ámbito territorial que se determine”, que se le retengan documentos para viajar y la vigilancia con “algún dispositivo electrónico de rastreo o posicionamiento de su ubicación física”, que es una tobillera.
Leonardo Menghini, abogado querellante de los familiares, pidió ayer que De Vido sea detenido. “No hay resolución pendiente sobre el fondo de la cuestión, y en ese sentido el fallo tiene la firmeza que impone la ejecutoriedad de la condena, en forma inmediata, esto es la detención del condenado para el inicio del cumplimiento de la condena”, sostuvo en su presentación. Ahora deberán decidir los jueces.
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