Fin del misterio: Lázaro Báez fue condenado a 12 años de cárcel por la maniobra de lavado de dinero de casi USD 55 millones que se conoce como “la ruta del dinero K”.
La Fiscalía había pedido una condena de 12 años de cárcel y una multa de $2.121 millones para el empresario. Pese al cambio de gobierno, las querellas que representan al Ejecutivo también habían solicitado penas muy altas: 8 años y 6 meses, la Oficina Anticorrupción; 9 años, la Unidad de Información Financiera (UIF); y 8 años, la AFIP.
La decisión de los jueces Adriana Palliotti, Guillermo Costabel y María López Iñíguez generó la reacción de Jorge Lanata, el periodista que destapó el escándalo en su programa de televisión y motivó la investigación que impulsó el fiscal federal Guillermo Marijuán.
La maniobra incluyó la participación de hijos de Báez y de otros nombres de su entorno, que también recibieron duras penas.
Martín Báez: 9 años de prisión, multa de 7 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de coautor.
Jorge Chueco: 8 años de prisión, multa de 5 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de coautor.
Daniel Pérez Gadín: 8 años de prisión, multa de 5 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de coautor.
Juan Alberto De Rasis: 6 años de prisión, multa de 4 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Julio Enrique Mendoza: 6 años de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de coautor.
Leonardo Fariña: 5 años de prisión, multa de 5 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en calidad de coautor. La pena fue reducida en 3 años por haber colaborado como imputado arrepentido.
Leandro Báez: 5 años de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Eduardo Guillermo Castro: 5 años de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Fabián Rossi: 5 años de prisión, multa de 4 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
César Gustavo Fernández: 5 años de prisión, multa de 4 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Walter Adriano Zanzot: 5 años de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Federico Elaskar: 4 años y 6 meses de prisión, multa de 3 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Martín Andrés Eraso: 4 años y 6 meses de prisión, multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Claudio Fernando Bustos: 4 años y 6 meses de prisión, multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Carlos Juan Molinari: 4 años y 6 meses de prisión, multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos en carácter de autor.
Alejandro Ons Costa: 4 años de prisión, multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe necesario.
Melina Báez: 3 años de prisión cuyo cumplimiento será dejado en suspenso y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe secundaria.
Luciana Báez: 3 años de prisión cuyo cumplimiento será dejado en suspenso y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe secundaria.
Daniel Alejandro Bryn: 3 años de prisión cuyo cumplimiento será dejado en suspenso y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos en carácter de autor.
Juan Ignacio Pisano Costa: 2 años y 6 meses de prisión cuyo cumplimiento será dejado en suspenso y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe secundario.
Jorge Norberto Cerrota: 2 años y 6 meses de prisión cuyo cumplimiento será dejado en suspenso y multa de 2 veces el monto de las operaciones, por lavado de activos agravado en carácter de partícipe secundario.
En los casos de Luciana y Melina Báez, Bryn, Pisano Costa y Cerrota, deberán además cumplir tareas en un patronato durante dos años.
En tanto, fueron absueltos Eduardo César Larrea, Santiago Walter Carradori, Mario Lisandro Acevedo Fernández, Christian Martín Delli Quadri y Sebastián Ariel Pérez Gadín.
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