Quizás para sacarse el estigma de que el primer ex funcionario kirchnerista detenido y condenado por corrupción, Ricardo Jaime, fue secretario de Transporte de la Nación, el ministro del área, Mario Meoni, habilitó un canal online para denunciar actos de presunta corrupción en su web oficial que involucren a su personal o funcionarios de la cartera, de los entes descentralizados y de las empresas que dependen del Ministerio. Es el primer organismo del Ejecutivo en adoptar una medida de este tipo.
El denominado Sistema de Gestión Antisoborno (SGA) permite que un ciudadano o una empresa hagan la denuncia en forma anónima, identificándose o con reserva de su identidad. Para eso habilitó un formulario disponible en la página web del Ministerio y un mail. También se puede hacerlo personalmente en la sede del organismo.
“Hasta el año pasado, el Ministerio no tenía ningún canal de denuncias, luego pusimos un link oficial que direccionaba al sitio de la Oficina Anticorrupción (OA), y ahora dimos este paso de tener un canal propio de la cartera”, señaló Marianela López, directora de Acceso a la información y Transparencia, el área del Ministerio que actúa como oficial de cumplimiento del Sistema de Gestión Antisoborno.
El objetivo de la puesta en marcha de esta iniciativa es “combatir la práctica directa e indirecta del soborno, e implementar mecanismos de acompañamiento para la prevención, detección, supervisión, investigación y sanción ante actos de corrupción”, según explicaron en el cartera a cargo de Meoni.
¿Cómo denunciar?
Si se opta por enviar un mail a transparencia@transporte.gov.ar o completar el formulario online, la denuncia llega a la Dirección de Acceso a la información y Transparencia del Ministerio. El denunciante deberá describir el presunto hecho de corrupción y mencionar las personas involucradas. Puede elegir dar su nombre y contacto, o pedir que su identidad se mantenga en reserva, aunque debe asumir el compromiso de mantenerse a disposición para un futuro contacto para ampliar la información y/o aportar más pruebas si las tuviera. Si lo hace de forma anónima, solo debe dar un mail de contacto.
Si elige acercarse a la sede de la cartera de Transporte -en Hipólito Yrigoyen 250, frente a la Casa Rosada- deberá ir a la mesa de entradas, donde podrá completar el formulario en forma manuscrita en el lugar. O también si prefiere, puede pedir ser recibido por personal de la Dirección de Acceso a la Información y Transparencia. “No tiene la obligación de dejar sus datos personales y le garantizamos la confidencialidad. Les pedimos un mail de contacto para hacerle una devolución o contactarlo por ejemplo, en caso de que la denuncia termine en una presentación judicial”, le explicó López a Infobae.
Germán Emanuele, director de Transparencia y Lucha contra la Corrupción de Poder Ciudadano, calificó como “positivo“ este canal habilitado por el Ministerio de Transporte. Destacó la distinción entre persona física y jurídica, “porque muchas veces el que quiere hacer la denuncia es una persona en nombre de una empresa”, y que se permita la denuncia en forma anónima, solo requiriendo un mail de contacto. “Debería quizás sumarse una línea gratuita de orientación y recepción de denuncias telefónicas”, agregó.
“Hay que pensar que Argentina no tiene una ley de protección de denunciantes bajo los parámetros de una ley de este tipo. Lo que existe es una adecuación del programa de testigos e imputados colaboradores, pero es el fiscal el que tiene que pedir la inclusión del testigo. Y el sistema actual no garantiza la defensa pública, o que no se tomen represalias con ese denunciante de corrupción que muchas veces pertenece a la órbita estatal. Entonces, lo que termina pasando es que esa persona denuncia un hecho de corrupción y pierde el trabajo”, señaló el directivo del capítulo argentino de Transparencia Internacional, ONG líder a nivel mundial en la lucha contra la corrupción. Y puso como ejemplo el caso de Madrid, donde “se está discutiendo una ley de defensor del denunciante de hechos de corrupción, para garantizar su integridad física y que no sufra represalias laborales”.
Emanuele recordó que “el Plan Nacional Anticorrupción 2019-2013, que viene de la gestión anterior y está ahora en un proceso de readecuación, preveía entre otras medidas a implementar, habilitar un canal de denuncias en el Ministerio de este tipo”.
Y en este sentido, agregó: “Argentina necesita canales que incentiven a la sociedad a denunciar, porque en muchos casos no lo hace por miedo o por descreimiento en las instituciones. Uno espera que, en la práctica, luego funcionen y que si hay denuncias de envergadura se remitan a la Justicia”.
El recorrido de las denuncias
¿Qué pasa una vez que ingresa una denuncia? le preguntó Infobae a López. “Se abre una etapa de investigación interna y pedimos informes a las áreas involucradas. Nuestra oficina es la que debe sustanciar la investigación para recabar datos que puedan implicar la comisión de delito. En el caso de que podamos ubicar al denunciar, podemos citarlo para que nos amplíe información y nos aporte pruebas si las tiene. En caso de que sea anónima, eso no lo podemos hacer. Cada paso del proceso tiene un formulario específico que establece el sistema”, detalló la funcionaria.
“Si se determina a partir de la investigación interna la existencia de un posible delito, se activan los procedimientos formales de la Administración Pública, con la iniciación de un sumario administrativo por parte de la Dirección de Sumarios, e interviene la Dirección de Asuntos Jurídicos para que evalúe si corresponde una denuncia judicial”, agregó López.
El Sistema de Gestión Antisoborno es el primer estándar internacional establecido en las normas ISO 37001 en 2016 por la Organización Internacional de Estandarización (ISO) -una organización independiente y no gubernamental formada por las organizaciones de normalización de sus 164 países miembros-, diseñado para ayudar a organismos y empresas a combatir el riesgo de soborno en sus propias operaciones y en sus cadenas de valor. Incluye adoptar una serie de medidas y controles para prevenir prácticas de este tipo hacia adentro de las organizaciones.
“Empezamos en noviembre a trabajar en este sistema de gestión con la implementación de esta norma ISO. No lo tomamos como una política independiente, sino que la enmarcamos en una serie de políticas de integridad y transparencia que el Ministerio ha delineado en 2020 y tenemos previsto para este año”, afirmó López. “Si bien la norma ISO prevé tener habilitado un canal de denuncias sobre presuntos sobornos, lo ampliamos a cualquier tipo de delitos contra la corrupción, como un delito de intereses o el enriquecimiento ilícito”, se explayó.
Más allá de valorar esta nueva vía para denunciar hechos de corrupción, Emanuele analizó que “Argentina ya cuenta con un marco normativo para llevar a cabo políticas de prevención en este área. El tema es que luego se apliquen y funcionen en la práctica”.
Y recordó que para denuncias de esta índole existen de hecho varios canales, como la página web de la Oficina Anticorrupción (OA), el Ministerio Público Fiscal (MPF), y la Procuraduría de Investigación Administrativas (PIA). “Frente a un posible delito como el pago de coimas, regalos indebidos o enriquecimiento ilícito, por ejemplo, el órgano natural para investigarlo es el Ministerio Público Fiscal”, advirtió.
Link poco visible
Uno de los déficit del sistema es que no está visible al ingresar al sitio web del Ministerio, y requiere ir a la pestaña “Institucional” arriba a la derecha para entrar a “Política Antisoborno”, algo que López admitió como un aspecto a revisar. “Quizás haya que trabajar para la visualización de qué se trata ese canal”, le dijo a Infobae.
“Debería ser de fácil acceso y decir en forma visible ‘Haga su denuncia aquí’. Porque, además, hay que dar cierta garantía de confianza de que esa denuncia va a algún lado. Debería estar apenas se entra a la web del Ministerio. Todo lo que dificulte el proceso de denunciar, atenta contra su éxito”, advirtió Emanuele.
Delitos no debidamente especificados
Por otro lado, en la web oficial del Ministerio no se especifica con precisión qué se entiende como soborno y ni qué conductas pueden implicar este delito u otro de corrupción, y se pueden denunciar.
Esto derivó en que de las 15 denuncias que ingresaron en este primer mes, ninguna tenía que ver con hechos de posible corrupción de un agente o funcionario del Ministerio. En su mayoría estaban vinculadas a reclamos destinados a Defensa del Consumidor.
Por ejemplo, una de ellas era por un camión de una empresa alimenticia que iba con la puerta abierta y había perdido la cadena de frío. Otra fue de una señora que se quejaba porque había sido maltratada por el empleado de un estacionamiento. Otra persona denunció abandono de persona de un familiar en un hospital, al no recibir adecuado tratamiento médico.
“En función de esto que vino sucediendo este mes, ya pedimos a la Subsecretaria de Gestión Administrativa del Ministerio -que es la que coordina la política antisoborno - que se aclaren más los posibles hechos de corrupción a denunciar. Porque además, al recibir este tipo de denuncias, no se pueden ignorar sin más a pesar de que no involucran a ningún empleado del Ministerio, porque el sistema prevé darle algún tipo de respuesta”, advirtió López.
El ejemplo colombiano
Un ejemplo en la región donde sí se detallan las conductas a denunciar es el de la Política Antisoborno del Ministerio de Transporte de Colombia. En el documento disponible en la web de la cartera de ese país se define se define el soborno como “aceptar, recibir, inducir a ofrecer o a prometer, dinero u otra utilidad de cualquier valor (que puede ser de naturaleza financiera o no financiera), directamente o indirectamente, e independientemente de su ubicación, en violación de la ley aplicable, como incentivo o recompensa para que un servidor público y/o contratista actúe o deje de actuar en relación con el desempeño de sus obligaciones en beneficio de un tercero”.
También se enumeran conductas que pueden constituirlo - sin ser excluyentes - cuando se presenten asociadas a una contraprestación indebida. Entre ellas, demorar o agilizar en forma injustificada la firma de un acto administrativo o pago, modificar una base de datos, entregar información confidencial, modificar actos administrativos en beneficio de un privado o facilitar la adjudicación de un contrato, desembolsar pagos fuera de lo previsto, viabilizar proyectos sin que se cumplan todos los requisitos, direccionar las condiciones de contratación, o la pérdida injustificada de expedientes o de documentos dentro de un expediente.
Seguí leyendo: