A dos días de que el Senado haya aprobado el proyecto de ley que legaliza el aborto, el juzgado federal N° 2 de Salta, a cargo de Miguel Medina, habilitó la feria de enero para tratar un pedido de inconstitucionalidad. El pedido fue recibido por el fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos, que solicitó el tratamiento de la demanda.
Los denunciantes sostienen en el escrito que el protocolo que se aprobó en el Congreso es “inconstitucional en tanto elimina el deber estatal de protección del derecho a la vida de un número indeterminado de niños por nacer en virtud de la ilegal ampliación de la inimputabilidad penal a casos no previstos en los supuestos de hecho contemplados en el art. 86, incisos 1° y 2° del Código Penal de la Nación”.
Además, sostienen que “posibilita que se realicen actos crueles e inhumanos prohibidos por el artículo 18 de la Constitución Nacional, como ser matar a los embriones con el corazón ya latiendo y a los fetos totalmente formados dado que no se fija límite temporal alguno”.
Entre los impulsores se encuentra la ex senadora del Partido Renovador María Fiore Viñuales.
El proyecto sancionado con fuerza de ley por el Senado permite la interrupción del embarazo hasta la semana 14 de gestación y regula las condiciones para el acceso a esa práctica, al tiempo que permite la objeción de conciencia por parte del personal de salud.
La ley también consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
El 10 de diciembre el mismo grupo de denunciantes había presentado una demanda colectiva para que la Justicia declare la inconstitucionalidad del protocolo para el aborto no punible que el ministro de Salud, Ginés González García, había presentado en diciembre de 2019.
El petitorio se presentó 20 días atrás en el mismo juzgado e implicaba una denuncia en contra del Ministerio de Salud de la Nación. Se buscaba “promover acción declarativa de inconstitucionalidad, en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN), la inconstitucionalidad del citado protocolo, que el ‘ser humano’ existe desde el momento mismo de la concepción, que nuestra Constitución Nacional lo considera ‘niño’ al ser humano a partir del momento de la concepción y que por esa condición el niño no nacido tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado”.
La senadora tucumana Silvia Elías de Pérez, una de las principales críticas a la ley del aborto, había anticipado que iban a existir presentaciones judiciales aduciendo inconstitucionalidad de la ley. “Si el proyecto se convierte en ley iremos a la Justicia para que sea declarada inconstitucional. Argentina se ha obligado a estándares altísimos de protección de la vida desde la concepción”, dijo el martes durante el tratamiento del proyecto en el Senado.
“Este proyecto se lleva puesta nuestra Constitución. Lo único que obliga a un país, es a lo que el propio país se obliga. Nuestro país se ha obligado, y esto es muy bueno para los estándares más altos de protección de la vida desde el momento mismo de la concepción y lo ha hecho con los tratados internacionales que ha firmado”, explicó.
Seguí leyendo: