La semana pasada, con la atención pública repartida entre las fiestas de fin de año, las vacunas contra el COVID-19 y el debate por la despenalización del aborto, una treintena de diputados de Juntos por el Cambio acompañó con su firma el proyecto del diputado Álvaro de Lamadrid para reformar la histórica ley 23.551 de Asociaciones Sindicales.
Entre las novedades se encuentran la prohibición de los cargos dirigenciales “heredados”, la exigencia de declaraciones juradas de los gremialistas y de sus parientes hasta de cuarto grado, reducción de la duración de los cargos, el fin de las reelecciones eternas, prohibición de postulaciones para condenados por corrupción, hurto, robo o estafas, la obligación para los delegados gremiales de cumplir con un mínimo de horario laboral y pone a la Sindicatura General de la Nación como organismo contralor.
Si bien en una primera lectura podría notarse que puede tratarse de otro proyecto más que dormirá eternamente hasta que el viento sople hacia mejores aguas para la oposición, al leerlo con detenimiento nos podemos encontrar con puntos en común con otros proyectos redactados y presentados en otra era antropológica de la Argentina: seis años atrás.
Con Hugo Moyano enemistado con la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner, no sólo proliferaban las marchas en protesta contra el Impuesto a las Ganancias, sino que también se llevaba a cabo una guerra fría entre los principales dirigentes sindicales puertas dentro de la Confederación General del Trabajo (CGT). En ese contexto, y con la Central de Trabajadores de Argentina fraccionada con el ala de Pablo Micheli cercana a Moyano, es que se presentaron varios proyectos de ley, uno de los cuales fue encargado por la misma CTA que eliminaba la carrera sindical y el sistema de personerías gremiales.
Además, la CTA entonces opositora proponía que los empleadores no financien a los sindicatos a través de descuentos obligatorios, aunque sí habilitaba los aportes voluntarios.
Facundo Moyano, hijo del histórico líder camionero y ya entonces diputado nacional, presentó tres proyectos de ley distintos respecto al sindicalismo, entre los que se contaban beneficios tributarios, y uno en particular que debió haber llamado la atención de varios pero que pasó desapercibido: el proyecto de Código Electoral Sindical, idéntico nombre que el buscado por Hugo Barrionuevo, sindicalista y tercer ministro de Trabajo de Raúl Alfonsín. Al igual que la CTA, el proyecto apuntaba a modificar los estatutos de los sindicatos para eliminar las trabas que frenan a los opositores en el momento de presentarse a elecciones.
Hay sindicatos donde la Junta Electoral es elegida por el Congreso interno y donde la primera minoría necesita obtener el 20% de los votos para contar con un representante. En muchos otros gremios es requisito para integrar la plana mayor haber sido miembro de la plana mayor. Y ni que hablar de que en la mayoría de los sindicatos de alcance nacional rige la norma de que para poder competir por la conducción nacional es necesario contar con representación en todas las seccionales de la Argentina.
Tanto la CTA como el Moyanismo iban en la misma dirección. Y tanto la CTA como el Moyanismo hablaron primero de limitar los períodos al frente de los sindicatos a solo dos términos con reelección única. Y tanto la CTA como el Moyanismo eliminó este punto al momento de presentar el proyecto.
Pero también ambos polos obreros opositores al kirchnerismo del segundo mandato de Cristina entendieron que no se podía dejar las atribuciones de reconocimiento y conflictos sindicales en manos del ministerio de Trabajo dado que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo prohíbe. Así fue que coincidieron, también, en proponer que fuera el Poder Judicial el responsable de esa tarea.
El nuevo proyecto presentado por Juntos por el Cambio pretende limitar los mandatos a no más de dos, reelección mediante, pero agrega que no pueden ser sucedidos tampoco por ningún familiar o pareja.
Desde el moyanismo tildaron el flamante proyecto de “locura” y “anticonstitucional” a pesar de que la Constitución nada dice de los mandatos sindicales, sólo garantiza la autonomía y libertad sindical. De hecho, la norma que rige a los sindicatos es una ley emanada por el Congreso Nacional, donde sectores sindicales han propuesto modificar el sistema de elecciones, puntualmente el proyecto de Facundo Moyano. El rechazo al actual intento de Juntos por el Cambio también fue acompañado por Héctor Daer y Armando Cavalieri.
“Garantizar la imparcialidad en la revisión de conflictos en los procesos electorales sindicales es una deuda pendiente que tiene la democracia para con las organizaciones sindicales y los trabajadores por estas representados que nuestro proyecto de Ley busca”, afirmó Facundo Moyano en su presentación de proyecto de 2015 y agregó que “no cabe ningún tipo de dudas que la alternativa deseable y que se debe promover es la participación y competencia libre y transparente en un proceso democrático” ya que “esta es, sin temor a equivocarnos, la opción más saludable, puesto que no sólo garantiza la democracia en la actividad sindical, sino que va en el sentido establecido por nuestra Ley de Asociaciones Sindicales dado que evita la atomización de las organizaciones sindicales y del movimiento obrero”.
Fue en ese mismo texto que el diputado advirtió que “en la realidad se verifica la existencia de una gran cantidad de estatutos sindicales con cláusulas que restringen la participación, y que ello constituye en los hechos el mayor obstáculo a la libre expresión democrática, pudiendo significar incluso una herramienta de proscripción y de perpetuación ilegítima en el poder”. Por si quedaba alguna duda de que sabía en dónde se metía, el texto del diputado afirmó que “esta consideración no implica en modo alguno cuestionar la indiscutible autonomía sindical que poseen las organizaciones sindicales para redactar los propios estatutos que rigen su vida interna” pero que “no obstante, consideramos que, si bien la Autonomía Sindical es un principio supremo que debe respetarse como tal, también lo es el de la Democracia Sindical, y es por ello que debemos encontrar un punto en el cual compatibilizar y armonizar ambos”.
Mil intentos
Desde el retorno de la democracia el rol del sindicalismo y el debate acerca de la modernización de su sistema ha dado vueltas por los despachos legislativos en más de una ocasión. De hecho, tan temprano fue el primer proyecto que el 21 de diciembre de 1983 el presidente Raúl Alfonsín envió al Congreso un proyecto para reordenar los sindicatos. El texto era empujado por Antonio Mucci, ministro de trabajo e histórico sindicalista no peronista.
El efecto fue totalmente contrario al deseado: absolutamente dividida y con atomizaciones producto de intervenciones y prohibiciones, la CGT a duras penas sobrevivía divida –para variar– en dos facciones y cada una de ellas lo suficiéntemente atomizadas como para que el radicalismo se sintiera tentado a creer que era la oportunidad. En sus argumentos, el proyecto decía buscar la garantía de la representación de las minorías opositoras en cada gremio, además elecciones transparentes las flexibilidad al momento de ser candidato.
Sin embargo, lo que el propio radicalismo calificó de una pequeña falta de timing político –se le consultó a los sindicatos luego de que el proyecto naufragara en palacio legislativo– logró la reunificación de la CGT en menos de un mes. Y tan solo dos meses después de presentado el proyecto, Alfonsín fue acusado de querer intervenir los sindicatos, ante lo cual el entonces presidente se escudó en que, si los partidos políticos son controlados por la justicia electoral para garantizar la democracia interna, por qué no puede ocurrir lo mismo con los sindicatos.
Para marzo, el proyecto quedaba en el olvido en el Senado y un mes después renunciaba el ministro Mucci. Y no quedó solo ahí: bajo la conducción de Saúl Ubaldini, se llevaron adelante 13 paros generales contra la administración de Alfonsín hasta que el presidente cedió el ministerio de Trabajo a Carlos Alderete, líder de Luz y Fuerza. Nunca más un paro y hasta se logró la sanción de otra ley más a tono con la realidad argentina: reducción de las minorías, requisitos pétreos para las candidaturas y una injerencia nula de fiscalización externa. Esa es, con algunas modificaciones, la ley vigente.
Va de vuelta
En 2016, con su proyecto cajoneado en la Cámara de Diputados y Mauricio Macri en la presidencia, Facundo Moyano decidió predicar con el ejemplo y desobedecer el mandato paterno: no se presentó a elecciones para un tercer mandato consecutivo en el sindicato de trabajadores de peajes. Al respecto, declaró en ese entonces que “el destino de las organizaciones sindicales depende de los trabajadores y para eso debe haber democracia sindical”.
¿A qué se refería con democracia sindical? A que “un dirigente no puede ser elegido por 300 personas cuando representa a 100.000” y que “democracia sindical es limitar los mandatos”. Lo único que conservó como positivo del modelo tradicional sindicalista vernáculo es la organización de los trabajadores por rama de actividad que “es la que le da más fortaleza a la hora de negociar con la otra parte”.
Cuando Facundo comenzó a cranear su proyecto de ley, su padre le dio el visto bueno a pesar de la idea original de limitar los mandatos. Hugo Moyano lo veía como una forma de sacarse de encima a varios de sus históricos enemigos y estaba dispuesto a dar un paso al costado teniendo a Pablo como heredero natural en el sindicato y bien flanqueado por todos sus históricos asesores.
Hoy el padre de Facundo se encuentra fuera de la CGT y el proyecto de Facundo aún le sirve, no así el presentado por la oposición. Habrá que esperar a las sesiones ordinarias para saber si la idea avanza, aunque la historia parece tener su juicio ya hecho.
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