Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi presentaron una denuncia ante la Comisión Interamerciana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado argentino por el trámite que se inició en el Consejo de la Magistratura y que provocó que fueran removidos como integrantes de la Cámara Federal, a donde habían llegado trasladados durante el gobierno de Mauricio Macri, según la presentación a la que accedió Infobae.
En el mismo trámite, le solicitaron al organismo internacional una medida cautelar que frene la tramitación del concurso abierto en el Consejo de la Magistratura para designar a nuevos jueces en esos puestos. Puntualmente reclamaron que hasta que la CIDH no se pronuncie sobre los cargos en los que fueron destituidos se suspenda la tramitación del concurso que tiene fecha para el próximo 26 de febrero.
“Hemos sido removidos por la política de nuestros cargos de Jueces de la Cámara Federal de la Ciudad de Buenos Aires, vitales para quienes manejan actualmente el sistema del poder, por motivos que en forma individual o combinada generaron un esquema ficcional del que se valieron las actuales autoridades del Estado Argentino para desalojarnos en forma expedita de los cargos que detentábamos. Fueron actos en apariencia lícitos con un vicio originario de ilegalidad (centrado en el Consejo de la Magistratura de la Nación), montados desde la estructura máxima del poder del Estado y perfectamente coordinados. Mediante esta ilícita acción, violaron las garantías de inamovilidad y estabilidad de la que gozábamos. Los motivos pueden ser varios, sin descartar la venganza, búsqueda de impunidad o simplemente obtener cargos del esquema central del poder judicial”, aseguraron.
Bruglia y Bertuzzi quedaron en el ojo de la tormenta cuando en julio pasado el representante del Poder Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura Gustavo Ustarroz pidió la revisión de una decena de trasladados que consideraba irregulares. Allí figuraban los nombres de los dos jueces que habían integrado el Tribunal Oral Federal 4 y que, en la gestión macrista, habían sido trasladados por el entonces consejo de la Magistratura a la Sala 1 de la Cámara Federal, un tribunal clave a la hora de decidir el futuro de las causas que se investigan en Comodoro Py.
El caso parecía terminado con el fallo de la Corte Suprema que, vía per saltum, decidió terminar con el sistema de traslados: Bruglia, Bertuzzi pero también el resto de los jueces trasladados debían ganar un concurso y conseguir el acuerdo del Senado si querían ser titulares de un tribunal, dijo la Corte. Por eso, indicó que debía abrirse un concurso para los cargos de la Sala I de la Cámara Federal, e impidió de esta manera que se pudieran sumar sus vacantes a un concurso ya abierto.
El fallo de la Corte enojó al oficialismo. Incluso, el presidente Alberto Fernández ha venido criticando a la Corte Suprema después de otro fallo que confirmó la condena al ex vicepresidente Amado Boudou. Y allí cuestiona cuál era la trascendencia para que la Corte interviniera en el caso del traslado de “tres ignotos jueces” (el tercero es Germán Castelli, integrante del Tribunal Oral Federal 7 que lleva la causa de los cuadernos y que también llegó allí por un traslado) y no en el de un ex vicepresidente, condenado por un caso de corrupción.
Pero ahora, Bruglia y Bertuzzi fueron a la CIDH. A lo largo de 116 páginas, los jueces hicieron una descripción de cómo se gestó la decisión en el Consejo de la Magistratura (”Quien inició el trámite fue el representante del Presidente de la Nación, clara demostración del interés oficial en la remoción”, dijeron), la remisión de sus traslados al Senado (”Lo que ilegalmente se decidió, también con la colaboración del juez converso, fue que debían pasar nuestros pliegos por el Senado, con amplísima mayoría de senadores oficialistas, para que dieran su consentimiento. Algo impensado”), el trámite en la Cámara Alta (”El siguiente paso del proceso fue en el Honorable Senado, como el anterior, revestía requisitos formales de tiempo que se ejecutaron como si un castigo demoníaco fuera a caer sobre quien perdiera o demorara un día en el trámite. Y así no fue, todo se realizó en tiempo récord, muchas veces con exclusividad”), y el decreto que los removió ( “Trámite final en el Poder Ejecutivo, que firmó el decreto de remoción en horas y como ya se había cerrado la posibilidad de publicarlo el día siguiente en el boletín oficial, debió implementar un suplemento especial que ordenó imprimir el mismo día del original”)
“Es difícil pensar que el Presidente de la República Argentina no se encontraba especialmente inquieto o constreñido para desalojarnos de los despachos. Todo este primer segmento, en plena cuarentena oficial por la pandemia, momento de mayor rigor, con las actividades suspendidas salvo las esenciales, duró unas diez semanas. Plan completo”, sostuvieron.
Según la presentación, “La segunda etapa fue la judicial, en un primer momento en el fuero Contencioso Administrativo Federal, fuertemente ligado a los intereses más primordiales de cualquier partido gobernante, vital e indescifrable, complejo para el entendimiento general, simple para el conocedor avezado”.
Y luego “llegamos a la Corte, la Suprema de Justicia de la Nación, diremos que con muchas expectativas ya que dos años atrás ya había resuelto lo que debía ser objeto de pronunciamiento aquí, imposible otra solución que no sea contradictoria e inexplicable. Así fue que dijimos que la Justicia iba a ser superior a la política. Un viejo anhelo que creíamos íbamos a ver realizado en causa propia. Vienen a la memoria algunas caras - ante esas frases- que con mirada irónica, casi burlona, y una sonrisa de compasión, nos gesticulaban diciendo algo así como ‘es la política’….”. Los jueces recordaron que “dos o tres semanas antes del fallo definitivo se publicó, un domingo, en un diario de mucha difusión, que la Suprema Corte dictaría un fallo acomodado a tratar de complacer -parcialmente- a las partes con una tercera posición salomónica, ordenando nuestra restitución a los cargos que ocupábamos, pero en forma transitoria, hasta que se nombrara a los titulares”.
“Nos pareció increíble, jurídicamente imposible, por todas las razones que en el presente desarrollaremos, y descartamos esa posibilidad porque era, como pocos casos en el derecho, una situación ya específicamente resuelta por esta misma Corte y que no admitía variables. Pasaban los días y la versión se iba extendiendo, facilitada por algún experto en comunicación de la Corte, que hasta buscó la forma que nos llegara la noticia como un cierto éxito para nosotros. Incluso se repartieron volantes entre el periodismo tratando de realizar una suerte de apología en tanto se establecería un freno al poder del Estado. El fallo es de una originalidad asombrosa, desconcertante. Debemos volver al principio, a lo que era la materia a decidir por la Justicia, donde se va a entender el razonamiento que queremos defender y lo sesgado de lo finalmente decidido”, afirmaron.
Allí añadieron: “¿Por qué causa sorpresa el fallo de la Corte? Debido a que resuelve sobre temas no planteados y no decide sobre lo que debía hacerlo. Precisamente la conmoción, la sorpresa, es lo que indica temperatura alta en el indicador de la congruencia”.
En ese sentido, la presentación afirmó: “la resolución que el Consejo de la Magistratura votó y aprobó dio inicio al centralizado plan de destitución, perfectamente coordinado y con los roles divididos, ejecutado desde la estructura misma del Estado, que culminó con una destitución política de naturaleza ilícita”.
Para Bruglia y Bertuzzi, “está muy claro que el Consejo de la Magistratura nunca puso en duda el carácter permanente del instituto del traslado, no podría haberlo hecho ya que a nadie sensato se le podía ocurrir que setenta años de historia no eran suficientes, todo el Poder Judicial de la Nación sabía que los traslados eran definitivos, ni un solo juez pudo pensar ni se le ocurrió lo contrario. A nadie. Hacía veinte años que el Consejo de la Magistratura estaba haciendo traslados. Y apenas se producía concursaba las vacantes que dejaban los jueces trasladados. Todos los presidentes de las últimas siete décadas lo hicieron. Todos sabíamos que eran permanentes y habían pasado muchos casos por la Corte, que tampoco había controvertido o cuestionado ese carácter”. Y resaltaron: “nadie, ni siquiera los vociferantes y pletóricos de inquina empleados letrados que constantemente nos agraviaban por determinados circuitos de comunicación, nunca llegaron siquiera a pensar que el traslado podía tener el carácter de transitorio”.
Afirmaron así que “esta confusión de la Corte marca un drástico vicio en la estructura misma de la resolución al pronunciarse sobre un hecho que no fue materia de conflicto ni de ejercicio del derecho de defensa” y sin pronunciarse sobre “la única cuestión que sometimos a su conocimiento: la nulidad de la resolución del Consejo de la Magistratura por afectar seriamente la seguridad jurídica”.
Y por ello piden a la CIDH su intervención frente al concurso abierto para ocupar con titulares los dos cargos que están ocupando en la Sala I. A criterio de los jueces, todo este escenario “contribuye a alimentar el clima de inestabilidad institucional al afectar inexorablemente la prestación del servicio de justicia, frente a la lentitud que se observa en el trámite de los concursos en general”. Con el añadido de que la posibilidad de llevar a cabo en esos casos las designaciones ‘definitivas’ recaerá en el actual gobierno, lo cual supone un cúmulo extra de vacantes que le permitirá excepcionalmente nombrar en a los candidatos que habrán de ocuparlos de aquí en adelante”, se agregó.
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