Rechazaron otro pedido de Ricardo Jaime para obtener el beneficio de la prisión domiciliaria

La fiscal Gabriela Baigún había dictaminado a favor de la morigeración de la detención con una pulsera electrónica

Ricardo Jaime (NA)

El Tribunal Oral Federal 6 que enjuicia a Ricardo Jaime por cuatro delitos de corrupción rechazó nuevamente el pedido de prisión domiciliaria realizado por el ex secretario de Transporte del kirchnerismo. El ex funcionario se encuentra detenido con prisión preventiva por orden de ese Tribunal desde abril de 2016 cuando ordenó su detención el juez Julián Ercolini. Su prisión preventiva fue renovada en varias ocasiones.

El último pedido de Jaime, presentado a mediados de diciembre, se basaba en dos cuestiones. La defensa de Jaime argumentó que habían sido detectados varios casos de Covid-19 en la cárcel de Ezeiza donde cumple su detención.

El segundo argumento presentado por Jaime se relaciona con el cuidado de su madre nonagenaria. El ex funcionario pidió cumplir prisión domiciliaria en el departamento de Córdoba Capital donde vive María Margarita Silvestre, su madre de 90 años de edad. Jaime argumentó que nadie podía cuidar a la anciana que una salud muy delicada.

Explicó que su hermano Eduardo Daniel -también imputado como testaferro- murió hace meses en Brasil. Y que su hermano Roberto René estaba en muy malas condiciones de salud. La presentación de Jaime y el rechazo por parte del Tribunal se hicieron antes de que Roberto René falleciera. Según publicó la familia del ex funcionario detenido en la cuenta de Twitter desde la que reclaman su libertad, Roberto René Jaime falleció este sábado 19 de diciembre.

Gabriela Baigún, la fiscal del juicio que acusa a Jaime y a sus testaferros dictaminó en favor de la prisión domiciliaria bajo un sistema de monitoreo con la pulsera electrónica para que el ex secretario de Transporte cuide a su madre.

Jaime el día del inicio del juicio, de fondo la fiscal Baigún (Adrián Escandar)

La fiscal explicó en su dictamen al que accedió Infobae que “debe señalarse que, en un caso como el presente, el arresto domiciliario posee un fundamento eminentemente humanitario, con arreglo al cual tienden a protegerse los derechos de una persona que merece una especial tutela en razón de su edad y condición médica, es decir, la Sra. Silvestre, quien no debe ser afectada a raíz de la medida cautelar impuesta a Jaime, como corolario del principio de no trascendencia (art. 5.3 de la CADH). Así, las razones que sostienen la prisión preventiva oportunamente dictada no desaparecen, sino que, en el marco de la ponderación que aquí se propicia, el interés estatal en que aquella se mantenga en la modalidad penitenciaria cede frente a la constatación de que el arresto domiciliario permite, simultáneamente, resguardar la salud de la Sra. Silvestre y garantizar los fines del proceso”.

Y agregó: “Destaco que otorgar a Jaime el arresto domiciliario a escasos 4 meses de que venza la prórroga de la prisión preventiva que viene cumpliendo hace ya 4 años y 8 meses constituye la única vía posible a tal efecto. Ello, en tanto se asegure que el nombrado se encuentre imposibilitado de acceder y/o movilizar sus bienes, así como de poner en riesgo el normal desarrollo del proceso, debiendo implantarse, a tal fin, un dispositivo electrónico de control que le impida el egreso del domicilio”.

Los jueces del Tribunal votaron por no otorgarle la prisión domiciliaria a Jaime. Antes de resolver glosaron en la resolución a la que accedió Infobae, todas las veces anteriores que rechazaron el pedido de Jaime y las confirmaciones de sus decisiones por parte de la Cámara Nacional de Casación Penal. Consideran que siguen vigentes los “riesgo procesales” de fuga o interferencia en la investigación.

Los jueces Julio Panelo, Fernando Canero y José Martínez Sobrino analizaron primero la situación planteada por Jaime a partir del riesgo de contraer Covid-19 en la cárcel. En la resolución a la que accedió Infobae los jueces dijeron que “… de conformidad a lo informado por la Unidad 31 del Servicio Penitenciario Federal en el informe fechado el 11 de diciembre de 2020 , si bien fueron detectados nuevos casos de contagio del virus en la población carcelaria, éstos lo fueron en internos alojados en otro pabellón, aplicándose inmediatamente los protocolos sanitarios previstos por la autoridad penitenciaria, sin que Jaime registre ninguna sintomatología que hiciera sospechar su contagio”.

Respecto del pedido de Jaime para cuidar a su madre de 90 años, los jueces señalaron que la mujer cobra una jubilación y una pensión que le permiten pagar las dos cuidadoras que tiene. Y que tiene cuatro nietas que viven cerca y podrían encargarse de sus necesidades. Dos hijas de Roberto Jaime y una de Ricardo Jaime viven en la Capital cordobesa. En tanto Julieta Jaime, hija del ex funcionario e imputada como testaferro de su padre en el juicio, vive en Carlos Paz a 37 kilómetros de la casa de su abuela. Los jueces también señalaron que la cuñada de Ricardo Jaime tiene una buena relación con su suegra.

A partir de la información volcada en el expediente los jueces concluyeron que “no resulta ser Ricardo Jaime la única persona sobre la cual pueden recaer los cuidados demandados por la Sra. Silvestre, sino que son justamente los integrantes de dicho grupo familiar, integrado por sus nietas mayores de edad –incluidas Julieta y Jimena Jaime-, que tienen los deberes de asistencia derivados de la normativa civil que regula las relaciones de familia (art.671 inciso c del Código Civil y Comercial de la Nación)”.

Jaime, con dos condenas firmes por casos de corrupción y a la espera de la revisión de Casación de la pena que le impusieron por su responsabilidad en la Tragedia de Once, seguirá detenido en Ezeiza.

Manuel Vázquez, testaferro de Jaime junto a su abogado Andrés Gramajo (de corbata) en la audiencia del juicio por Zoom

Hoy se desarrolló la última audiencia de 2020 del juicio en el que Jaime, sus familiares y algunos allegados a los negocios oscuros que se hicieron en la secretaría de Transporte del primer kirchnerismo, son juzgados por enriquecimiento ilícito. La fiscal Baigún había imputado la semana pasada a Manuel Vázquez y su hijo Julián por varios hechos que quedaron al descubierto en el juicio relacionados con una empresa llamada Delome. Esa firma, presidida por dos prestanombres contratados por Vázquez realizó varias adquisiciones que para la fiscalía eran bienes de Jaime.

Delome compró dos autos que luego les vendió a otras firmas vinculadas a Jaime. Le adquirió un departamento a la ex mujer de Jaime, Silvia Reyss y luego le extendió un poder de representación a Agostina Jayo, una de las hijas de Reyss. La fiscalía sostiene que esos bienes eran de Jaime y que Delome actuó como una sociedad pantalla para blanquearlos. Esa sociedad casi sin movimiento económico financiero fue también la que compró la radio LV2 y el diario La mañana de Córdoba, los medios con los que Jaime intentó influir en la política de la provincia mediterránea donde encabezaba el kirchnerismo local.

Los Vázquez se negaron a declarar por la nueva acusación y su abogado, Andrés Gramajo, planteó su oposición a los cargos y señaló que sus defendidos no habían sido ni indagados ni procesados durante la instrucción del caso por esos hechos y que las nuevas imputaciones “violan el principio de congruencia”. Pidió que se citaran a varios testigos para que puedan contrastar con la acusación de la fiscal.

La audiencia de esta mañana fue la que sirvió de cierre para el juicio durante 2020, el juez Panelo, presidente del Tribunal, a través de la plataforma Zoom anunció un cuarto intermedio hasta el 1 de febrero de 2021. Antes de dar por finalizado el debate, saludó a todos y todas por las fiestas que se avecinan.

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