Marcelo Aguinsky es juez en lo Penal Económico desde hace 27 años y ha visto muchas moratorias y sus consecuentes amnistías tributarias que fueron determinadas por gobiernos de distintos signos políticos. Le toca investigar los casos de contrabando y evasión tributaria. Tiene a su cargo-entre otras- la acumulación de causas judiciales conocida como la “mafia de los contenedores”.
Allí se investigó una banda de cuasi empresarios y “buscavidas” que movían influencias en la Aduana para, a partir de la modificación de documentación oficial, lograr liberar contenedores que estaban retenidos en el Puerto de Buenos Aires. Cobraban por hacer el trámite asociados con los funcionarios públicos que facilitaban las operaciones ilegales. De esa manera entraban al país contenedores que no debían entrar.
Las maniobras eran múltiples y había varias bandas dedicada a los mismo. Algunas bandas traían telas, otras artículos de bazar, otros contenedores multirrubro de artículos de “todo por dos pesos”. Ingresaban al país algunos contenedores con ciertos productos pero se declaraba que traían otros. En otros contenedores se hallaron prendas que llegaban al país y en las etiquetas decía “Hecho en Argentina”. Por la suma de todos los casos hay más de 150 procesados y se dictaron embargos e inhibiciones de bienes por más de 158 mil millones de pesos.
Los contenedores con mercadería de contrabando eran traídos a la Argentina por importadores. Es decir empresarios locales que contaban con el “arreglo” en la Aduana para que el contenedor entrara. Ellos pagaban una coima y si no los descubrían, el negocio era redondo. Habían abonado por ingresar mercadería que tenía un valor bajo y pagaba pocos impuestos pero en realidad lo que venía en los contenedores era mucho más caro. Como producto de las investigaciones que acumuló Aguinsky se incautaron 1200 contenedores.
Algunos de los empresarios argentinos que han sido procesados después de una larga investigación fueron beneficiados por la nueva -otra más- moratoria y amnistía tributaria. Es decir que mediante un pago establecido en 120 cuotas en pesos los que por ejemplo intentaron ingresar al país un contenedor de telas, hacen extinguir la acción penal. Esta vez se estableció el procedimiento por la ley 27.541 aprobada en diciembre pasado que se votó para intentar reactivar el sistema productivo en el marco de la emergencia pública declarada en “…materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social…”.
Aguinsky tuvo que resolver el pedido de un importador de telas que había sido procesado por el delito de tentativa de contrabando agravado en 2018. La Ley establece que hasta que no haya condena firma-algo que en la Argentina puede tardar años- se puede extinguir la acción penal a través de un pago en cómodas cuotas. Y después de realizar todos los pasos previstos por el procedimiento, Aguinsky sobreseyó al importador de telas que se comprometió a pagar su deuda en una sola cuota. La ley establece que se termina el caso penal cuando el evasor amnistiado termina de pagar su deuda.
Pero el sobreseimiento firmado por Aguinsky tiene muchas críticas al sistema por el cual se investiga contrabando y tarde o temprano llega un perdón para los que cometieron delitos.
El juez -en una resolución a al que accedió Infobae- dijo que “…como he indicado en distintas oportunidades, los obstáculos que acarrea este tipo de expedientes, donde deben esclarecerse delitos complejos y maniobras estructuradas, deparan una tarea extremadamente ardua para los investigadores. Nuestra materia exige que busquemos la verdad jurídica objetiva, para lo cual se requiere de un proceso de conocimiento que reconstruya progresivamente, mediante criterios de la ciencia del derecho, un hecho del pasado traído a juzgamiento. Paralelamente, ante la escasez de recursos para equilibrar las cuentas públicas, gobiernos de distintos signos políticos recurren sin remordimientos a moratorias y amnistías fiscales que impactan decididamente en aquellas investigaciones. Así, los recursos invertidos en los tribunales para que hagan su trabajo se ven desaprovechados y, peor aún, los procesos terminan en la nada. Un contrasentido que sólo encuentra fundamento en la consagración legal de emergencias permanentes”.
El juez en los Penal Económico agregó que “Ante esas contramarchas quienes verdaderamente quedan en emergencia son los propios jueces, que son cuestionados por la ineficiencia del sistema. En ese contexto, es lógico que la gente piense que los magistrados no sirven para nada y que además les cuestan mucho dinero a los contribuyentes. Lo expuesto exhibe claramente el caleidoscopio normativo y político que debe administrarse para que el quehacer jurídico llegue a un debate oral y público en el cual puedan determinarse las correspondientes responsabilidades. Sólo comprendiendo la interminable serie de fuerzas contrarias que tensionan el sistema, tendremos alguna chance de reconstruir y afianzar la fe popular en la justicia, al menos en la persecución de los delitos tributarios”.
Aguinsky se explayó sobre los cuestionamientos al accionar de la justicia: “…como lo he señalado ya en un precedente del año 2002, entiendo que la crítica opinión generalizada que estima que se dictan tan poca cantidad de sentencias es errónea y debe virar radicalmente...La realidad descripta demuestra que esa escasa cantidad de sentencias no debe verse como resultado de una actividad judicial ineficiente, sino -por el contrario- como consecuencia de una tarea casi milagrosa por haber podido salvar todo ese conjunto de limitaciones con que otros poderes del Estado han ido minando su camino…Es evidente que los acontecimientos invariablemente se reeditan en la legislación penal-económica, en una suerte de carrusel normativo sin fin”.
El juez repasó los casos de perdones que se concretaron en los últimos años: “Que, en resumen, nuestra historia reciente demuestra que la atribución concedida por la Constitución Nacional al Congreso de la Nación de otorgar amnistías fiscales, lejos de constituir un remedio excepcional se ha ido naturalizando. Así se pretende regularizar bienes que yacen fuera del alcance de la recaudación del Estado, necesitado de recursos y activos líquidos para afrontar los gastos y solventar sus objetivos. Colateralmente las investigaciones se ven obstaculizadas por aquel accionar disruptivo fagocitado por políticas públicas que, durante el desarrollo de un proceso judicial, resuelven preponderar la recaudación fiscal por sobre la persecución de los ilícitos”.
Aguinsky halló un modo irónico de calificar el trabajo que hacen los jueces:”En ese escenario, la discordancia normativa pareciera ser el actor principal: por un lado, se cantan loas a la lucha contra la criminalidad económica y, por el otro, se ofrece a sus responsables una promoción tributaria con perdón de penas incluido. Una suerte de derecho penal del miedo en el que los jueces trabajan de `asustadores legales´”.
El juez concluyó: “En consecuencia, los preceptos del Derecho Penal Económico se ven desautorizados y relativizados en pos de un salvataje que, a decir verdad, tampoco se logra alcanzar. Las sucesivas novaciones fiscales terminan atomizando la materia y desalentando a los buenos contribuyentes, por cuanto es razonable prever que tarde o temprano habrá una nueva invitación fiscal que neutralizará las consecuencias penales de la criminalidad económica. Así, sus axiomas quedan vigentes solo transitoriamente. En este contexto, el desafío de los magistrados es concluir las investigaciones en el menor tiempo posible, previendo que ulteriores amnistías fijarán, en los hechos, los plazos del proceso. De lo contrario la actividad judicial terminará sirviendo de material para que el Estado proyecte otro remedio fiscal”. Aguinsky sobreseyó al empresario, pero antes de hacerlo, expuso sus críticas.
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