Los tres acusados en la causa de corrupción más antigua del país fueron absueltos hoy después de ser juzgados por la administración fraudulenta de 190 millones de dólares en la construcción de la represa hidroeléctrica Yacyretá. Llamado “el monumento a la corrupción”, el expediente se inició en 1989.
El Tribunal Oral Federal 4, integrado por los jueces Gabriela López Iñíguez, Néstor Costabel y Daniel Obligado, absolvió a los empresarios Guillermo Henin, Gianfranco Rizzo y Robert Ortega, para quienes la fiscalía y la querella habían pedido que recibieran una condena de hasta seis años de prisión.
Antes del veredicto y en un hecho inusual en tribunales, dos de los jueces leyeron un texto en el que hablaron sobre “una severa degradación de las pruebas” que llegaron a juicio por el paso del tiempo. Hicieron referencia a que recibieron la causa 28 años después de su inicio con testigos muertos, otros que no recordaban los hechos y documentación carcomida y amarillenta perdida en cajas de viejos archivos.
En su veredicto, el juez Costabel consideró prescripta la causa mientras que sus colegas López Iñíguez y Costabel rechazaron los pedidos de nulidad de las defensas y absolvieron a los acusados.
Lo que se juzgó fue el cobro ilegal del 15 por ciento de reembolsos impositivos por el hormigón que se usó para la construcción de la represa y el 25 por ciento de la importación de neumáticos. El fraude al Estado fue de 191.004.275,394 de dólares.
Yacyretá es la obra civil más grande del país. Se trata de la represa para la generación de energía eléctrica que une a la Argentina desde la provincia de Corrientes, a través del río Paraná, con Paraguay. Se comenzó a gestar en 1973, en el tercer gobierno de Juan Domingo Perón, y se inauguró en 1994 en la administración de Carlos Menem.
La denuncia que dio inicio a la causa la presentó el 14 de octubre de 1989 el contador Antonio Casanova y recién llegó a un Tribunal Oral en 2017 con la acusación a los tres empresarios que intervinieron en la compra de los insumos: Henin, director de Dicmar SA, Rizzo, representante de Impregilo SA, una de las empresas contratadas, y Ortega, a cargo de las adjudicaciones.
En los 25 años anteriores la causa sufrió los vaivenes y manejos de la Justicia: primero fue declarada prescripta y la Cámara Federal confirmó una parte de esa prescripción pero ordenó que se investigue el resto. Luego los acusados fueron procesados. Después sobreseídos y nuevamente procesados.
El juicio comenzó en octubre del año pasado. En marzo se postergó por la pandemia del coronavirus y se reinició de manera virtual en junio. Entre otros declaró como testigo el fallecido Pino Solanas, autor del libro Yacyretá: crónica de un despojo. Lo hizo desde Francia donde era embajador de la UNESCO y donde contrajo covid-19, causa de su muerte a principio de mes.
En sus alegatos, tanto el fiscal Abel Córdoba como la querella a cargo del abogado José Ubeira pidieron que los acusados fueran condenados por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. La Fiscalía solicitó penas de entre cuatro y cinco años de prisión y la querella de entre cinco y seis años. Por su parte, las defensas reclamaron la absolución.
En el veredicto que se leyó esta tarde por videoconferencia, Costabel consideró prescripta la causa. Sus colegas López Iñíguez y Obligado rechazaron los pedidos de prescripción, de que se dicte el plazo razonable por el transcurso del tiempo y la nulidad de los alegatos de la fiscalía y la querella. Luego absolvieron de culpa y cargo a Ortega y por el beneficio de la duda a Rizzo y Henin, informaron a Infobae fuentes judiciales. El tribunal levantó también las inhibiciones que tenían los bienes de los acusados y el próximo 2 de marzo dará a conocer los fundamentos de su decisión.
Pero antes del veredicto, la jueza López Iñíguez leyó un texto elaborado junto con su colega Obligado sobre cómo afectó el paso del tiempo al juicio oral.
Allí, la magistrada sostuvo que el de Yacyretá no fue un expediente judicial normal y como ejemplo de eso señaló que en 1989 no existía “Comodoro Py” como edificio judicial y que se investigó bajo el viejo Código Procesal Penal de la Nación. “Es por ello que este Tribunal ha asumido, desde que la causa llegó a sus manos, la íntegra y total responsabilidad que le corresponde, a fin de honrar los compromisos internacionales suscriptos por la República Argentina para combatir, erradicar y sancionar la corrupción, lo que en esta causa concreta se demostró por los enormes esfuerzos realizados para poder llevarla hacia un juicio oral, público, célere y transparente, donde todos los hechos pudieran ser ventilados de modo abierto”, señalaron los jueces.
Pero agregaron que “el modo bajo el cual se llevó adelante la causa ‘Yacyretá’, referidos a los cobros de reembolsos del hormigón y de neumáticos, representa posiblemente el fracaso de todo aquello que la Justicia debería poder ofrecer a la sociedad y redundó de modo irremediable en una severa degradación de las pruebas a la que este Tribunal se enfrentó: testigos que fallecieron; otros que ya no recordaban prácticamente nada relevante de los hechos, o que debieron ser interrogados en relación con documentación de dificilísima compulsa por estar acumulada en cajas viejas, desorganizadas, llenas de amarillentos expedientes muchas veces incompletos o carcomidos”. Como ejemplo de eso citaron que Pino Solanas pudo declarar poco antes de morir.
“Así, es un hecho irrefutable que la causa llegó a nuestras manos con veintiocho años de duración; no obstante lo cual, conforme lo reconocieran incluso las partes en sus alegatos, este Tribunal aplicó su máximo esfuerzo para hacer efectivos los compromisos internacionales suscriptos por la Nación, y de ese modo honrar la obligación de investigar y juzgar hechos de esta naturaleza”, concluyeron los jueces López Iñíguez y Obligado, quienes hicieron referencia a “la erosión causada por el transcurso del tiempo sobre el plexo probatorio”.
Las absoluciones pueden ser apeladas por el fiscal Córdoba y la querella para que sean revisadas y revocadas por la Cámara Federal de Casación Penal ya que en el juicio pidieron que los acusados fueran condenados.
Este es el segundo juicio que sea hace por Yacyretá. En 2013, el Tribunal Oral Federal 6 condenó a seis ex funcionarios a penas de entre cuatro y tres años de prisión, entre ellos al ex subsecretario de Industria de la Nación Miguel Ángel Cuervo, quien estuvo preso. Fue por el reintegro ilegal de 17 millones de dólares a la empresa italiana Ansaldo Energía Spa por la compra de cinco turbinas para la represa por 70 millones de dólares.
A pesar de que la causa ya lleva 31 años, se sigue investigando. Los ex funcionarios de la Secretaría de Industria que firmaron los contratos con los empresarios hoy absueltos continúan con una causa abierta a cargo del juez federal Daniel Rafecas.
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