Causa Cuadernos: la Sala III de Casación confirmó el procesamiento de Cristina Kirchner por la cartelización de la obra pública

La decisión la tomaron los jueces Liliana Catucchi, Eduardo Riggi y Guillermo Yacobucci

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Cristina Kirchner en el Senado
Cristina Kirchner en el Senado (foto REUTERS/Agustin Marcarian)

Una sala de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles el procesamiento por cohecho (coimas) de la vicepresidenta Cristina Kirchner, en una del ramillete de causas que se abrió a raíz de la aparición de los cuadernos de Oscar Centeno. En este caso es la causa por la “cartelización de la obra pública”, en donde se estableció que funcionarios entre 2003 y 2015 montaron un sistema de “recaudación de fondos para recabar dinero ilegal con el fin de enriquecerse ilícitamente” del que participaron los empresarios pagando coimas. Allí también están procesados un importante grupo de empresarios.

Se trata de la primera decisión de relieve contra Cristina Kirchner desde que llegó a la vicepresidencia, resaltaron a Infobae fuentes judiciales. Si bien en términos concretos no modifica el escenario, porque el expediente ya había sido elevado al Tribunal Oral Federal 7 por el juicio oral, lo cierto es que aún quedaba este recurso pendiente que deja firme el procesamiento.

La decisión la tomaron los jueces de la Sala III, a cargo de Liliana Catucchi, Eduardo Riggi y Guillermo Yacobucci. El fallo se firmó cuando otra Sala, la I, con Ana María Figueroa a la cabeza, decidió revisar las declaraciones de los “arrepentidos” en el expediente principal y reclamar las grabaciones de esas confesiones. Hoy, también el fiscal de Casación Raúl Pleé reclamó dejar sin efecto esa medida.

No es un dato al pasar. El año pasado, hubo una “guerra abierta” en Casación sobre qué sala se quedaba con la causa cuadernos. Es que como el juez Claudio Bonadio abrió la causa de los cuadernos, adjuntándola a la causa Gas Licuado, que ya existía; y después fue declarando conexos expedientes que ya existían o que se abrían con las revelaciones de los arrepentidos, hubo idas y vueltas sobre a quién le correspondía intervenir en la revisión del caso.

Ana Maria Figueroa, jueza de
Ana Maria Figueroa, jueza de Casación (NA)

Finalmente, la Sala I, con la presidencia de Figueroa y Daniel Petrone y Diego Barroetaveña como vocales, se quedó con el capítulo Centeno. La Sala III, en cambio, se quedó con el resto de los expedientes.

Ahora, los jueces de la Sala III resolvieron confirmar el procesamiento de Cristina Kirchner, al declarar inadmisible el planteo de la defensa. Catucci, Riggi y Yacobuchi analizaron la apelación presentada por la defensa de la hoy vicepresidenta al fallo que dictó el 29 de octubre de 2019 la Sala I de la Cámara Federal, a cargo de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, hoy en la mira por los traslados.

En ese fallo se confirmó la ampliación del procesamiento de CFK, que se había dispuesto originalmente en el expediente Centeno, “en cuanto la responsabiliza por 175 supuestos de cohecho pasivo, en calidad de coautora, todos ellos en concurso real” y se “atuvo a la prisión preventiva impuesta en la causa conexa 9.608/18”. "Además en esa resolución la Cámara Federal confirmó parcialmente “el embargo decretado a Cristina Elisabet Fernández cuyo monto redujo a 200 millones de pesos”.

En esa causa también están procesados el ex ministro de Planificación Julio de Vido y el ex secretario de Obras Públicas José López, el financista Ernesto Clarens y medio centenar de empresarios, entre los cuales figuran Ángelo Calcaterra (primo del presidente Mauricio Macri), Aldo Roggio, Carlos Wagner, Juan Chediack, Cristóbal López, Fabián de Sousa y Gerardo Ferreyra. Buena parte de los hombres de negocios procesados por el juez Claudio Bonadio confesaron como arrepentidos haberse beneficiado del sistema de cartelización por el cual se fraguaban las licitaciones y se pagaban coimas. Hubo otros que lo negaron.

El fallo de Casación

En el centro de la
En el centro de la foto, los jueces Liliana Catucci y Eduardo Riggi, que deben resolver en la Sala III. A sus costado, los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, que intervienen en la sala I.

Contra esa decisión, los defensores de la ex presidenta fueron a Casación. “Considerando que la parte quejosa no logró refutar en forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló el a quo como objeción al recurso que intentó –dijeron los jueces–. En efecto, los argumentos de la impugnante, lejos de contrarrestar los fundamentos expuestos por el tribunal de la instancia anterior, evidencian sólo una opinión diversa sobre el asunto traído en examen, razón por la cual la presentación directa no logra superar la barrera de admisibilidad”.

El fallo aseguró: “La defensa intentó discutir por esta vía elementos de prueba suficientes para avalar el tipo de pronunciamiento que pretenden atacar y que fueron acabadamente tratadas por la Alzada, sin cuestionamientos que pudieran perfilar una cuestión federal. Más aún cuando es el debate la etapa donde las partes tienen la oportunidad de discutir la prueba producida”.

“Es por ello que la decisión impugnada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena”, se aseguró.

A criterio de Casación, la resolución de Bruglia y Bertuzzi “ha satisfecho la garantía establecida en los artículos 8.1 y 8.2 h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el artículo 14, inc. 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ambos incorporados a la Constitución Nacional”. “Al no haber podido los codefensores particulares acreditar fundadamente la existencia de una cuestión federal de entidad suficiente, ni la concurrencia de alguna circunstancia que imponga la habilitación de la competencia de esta Cámara Federal de Casación Penal como tribunal intermedio, conforme las pautas sentadas por la Corte”, se declaró inadmisible el pedido de la defensa de Cristina Kircnner.

(NA)
(NA)

Esta causa, conocida como la cartelización de la obra pública o “la camarita”, como le dicen los abogados defensores, comenzó por los dichos de arrepentidos. Carlos Wagner, quien fue detenido al comienzo de la causa de los cuadernos, pidió un acuerdo con los fiscales Carlos Stornelli y Carlos Rívolo para confesar que había organizado la cartelización de la obra pública durante el kirchnerismo. Desde su rol como presidente de la Cámara Argentina de la Construcción (CAC), explicó cómo armó un sistema para pagar coimas por las obras públicas que no eran sometidas a procesos de licitación sino que las propias empresas decidían los ganadores de los millonarios contratos. Involucró en ese esquema de negocios oscuros al ex ministro de Planificación Julio De Vido, quien negó la acusación.

Otro arrepentido que dio información fundamental para explicar la cartelización de la obra pública fue el financista Ernesto Clarens. Es que las coimas acordadas por los funcionarios y los empresarios se pagaban en sus oficinas. Eso lo admitió tanto Clarens como algunos otros empresarios. El financista confesó que cobró dinero en pesos, lo pasó a dólares y lo entregó a Daniel Muñoz, quien fuera secretario privado de Néstor Kirchner. Clarens –citado a indagatoria– también entregó planillas que –según dijo– le dieron en la Dirección Nacional de Vialidad y en las que constaban los ganadores de cada licitación y los porcentajes que cada empresa debía pagar de coimas.

Julio De Vido, Cristina Kirchner
Julio De Vido, Cristina Kirchner y José López (Télam)

José López, ex secretario de Obras Públicas durante los 12 años de gobierno kirchnerista, confesó haber participado de la maniobra y aseguró que le explicó en enero de 2011 la situación a la entonces presidente Cristina Kirchner. Más tarde, volvió a declarar vinculando a los empresarios.

La ex presidente había dicho en su declaración que en esta causa se daban las mismas irregularidades de la “causa de las fotocopias”, en donde “no se realizó sorteo alguno para designar al juez que debía entender en el caso y el expediente se formó con copias de las supuestas confesiones de algunos arrepentidos, a la cual se agregaron, para juntar papeles, impresiones de actos de gobierno e informes irrelevantes referidos a más de cien empresas contratistas del Estado”.

“En este proceso se estarían investigando presuntos pagos ilegales efectuados por empresas vinculadas a la obra pública civil. Aquí se me acusa, una vez más, de haber liderado una supuesta asociación ilícita y tampoco se precisa cuál habría sido mi participación en los cientos de presuntos actos delictivos a los que genéricamente se hace referencia en el expediente. Todo se resume al supuesto carácter de jefe de tal imaginaria asociación, de la que no existe por cierto evidencia alguna”, afirmó. Y añadió: “En estas condiciones, como ya lo advertí, desarrollar el derecho de defensa en juicio resulta imposible, debiendo limitarme naturalmente a señalar que se trata de una nueva imputación calumniosa en mi contra”.

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