Finalmente, el Tribunal Oral Federal 4 le concedió esta tarde el arresto domiciliario a Lázaro Báez, que lleva cuatro años y cinco meses en la cárcel de Ezeiza. El empresario irá a vivir a una casa en el country Ayres del Pilar. Además deberá usar una tobillera electrónica y presentarse en Tribunales cada 15 días, tal como le había impuesto el juez Sebastián Casanello, en marzo de este año, cuando le otorgó la domiciliaria en la causa que investiga la compra del campo “El Entrevero”, en Uruguay.
Esta mañana, la Sala IV de Casación hizo lugar a un recurso de casación interpuesto por la defensa de Báez y le ordenó al TOF 4 que haga efectiva la domiciliaria.
Finalmente, pasadas las 15 horas, los jueces Néstor Costabel, Daniel Obligado y Jorge Luciani dispusieron el arresto domiciliario aunque cuestionaron el contenido de esa resolución: “No compartimos las críticas efectuadas por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal a la resolución impugnada, siendo que la opinión de los suscriptos ya ha sido debidamente expresada en la resolución de fecha 4 de agosto pasado, a cuyas consideraciones nos remitimos por cuestiones de brevedad”.
En esa línea, el fallo agrega que “no existe otra posibilidad más que hacer efectivo el arresto domiciliario dispuesto por el Juzgado instructor, aun cuando hasta el momento no se ha depositado la caución real fijada”.
La interna judicial sobre la libertad de Báez arrancó el 8 de julio, con un fallo de la Cámara de Casación en la causa conocida como M&P, donde Báez está acusado de una maniobra de lavado de dinero de más de $125 millones. Desde entonces, el TOF viene rechazando sistemáticamente la libertad domiciliaria.
Hace dos semanas, el TOF ratificó que Báez debía pagar una fianza de más de $386 millones para salir de la cárcel de Ezeiza. “Estar a lo dispuesto por este Tribunal el 4 del corriente mes y año con relación al pedido de arresto domiciliario en el marco del legajo no. 3017/2013/TO4/3″, dice esa resolución, donde además fijó el monto de la caución en $386.578.500, siguiendo la pauta que le impuso Casación.
Originalmente, el Tribunal Oral Federal 4 le había fijado una fianza en $635 millones, pero el fiscal Abel Córdoba determinó que se tenía que tomar en cuenta la cotización oficial del dólar y no la del dólar “blue”. La cifra establecida, unos USD 5,5 millones, surgía de la diferencia entre los USD 10.400.000 que se habían depositado en una cuenta de Bahamas a nombre de Kinski SA y el dinero que la Justicia logró congelar, algo más de USD 4,5 millones.
Pese a los rechazos del TOF, la defensa de Báez volvió a apelar argumentando que el empresario integra “al menos cinco grupos de riesgo respecto de la pandemia de COVID-19, circunstancia que, en las condiciones de su detención, se traduce en un mayor peligro para su vida e integridad física”.
El fiscal ante la Cámara de Casación Javier de Luca manifestó que “el plazo legal de la prisión preventiva dictada respecto de Lázaro Antonio Báez se encuentra superado pues el encarcelamiento preventivo ha superado en más de un año el límite legal...”.
Báez está detenido desde el 5 de abril de 2016 en Ezeiza, con los plazos máximos de la preventiva ampliamente superados, y está siendo juzgado por “la ruta del dinero K” y la causa de Vialidad. En el primer juicio, su defensa terminó su alegato y buscó despegar a los cuatro hijos del empresario diciendo que eran “víctimas de una persecución”.
El juicio podría tener sentencia antes de fin de año. La Fiscalía pidió que sea condenado a 12 años de cárcel y que pague una multa de $2.121 millones. También habrá decenas de bienes decomisados, siempre que haya condena. El empresario también acumula tres pedidos de penas de entre 8 y 9 años de cárcel de las tres querellas.
En el tramo final del juicio, ocurrieron una serie de hechos confusos. Primero uno de los abogados de Leandro Báez denunció un robo y el viernes a la noche una persona baleó el frente de la casa del menor de los Báez. El sábado a la noche, tal como reveló Infobae, el empresario se comunicó con su hijo para saber detalles del misterioso episodio.
En ese contexto, la Sala IV de Casación, integrada por Mariano Borinsky y Javier Carbajo, insistió hoy en que Báez debía dejar la cárcel. “Los jueces de la instancia anterior se abocaron a decidir acerca de la pertinencia, o no, del arresto domiciliario ya concedido a Lázaro Antonio Báez por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 7, por resolución que se encuentra firme”. Y agregó: “Se advierte que luce contradictorio el criterio de análisis del a quo en punto a valorar circunstancias propias de cada legajo para resolver las distintas cautelares fijadas de acuerdo con su objeto y riesgos procesales y, al mismo tiempo, extrapolar sin más la petición del acusado de un legajo a otro, máxime si tal circunstancia deriva en la revisión de una decisión que se encontraba firme, lo que revela un exceso de jurisdicción”.
En otro pasaje, el fallo de Casación cuestiona duramente al TOF 4: “La solución adoptada por el a quo lesiona irremediablemente el principio acusatorio pues, sin que ninguna parte lo haya requerido, deja sin efecto una decisión consentida por ellas y convalidada por la jurisdicción”.
La propiedad donde vivirá el dueño de Austral Construcciones está en el barrio Ayres del Pilar, en el kilómetro 43,5 de la Panamericana. Es una casa con techos de tejas, unos 250 m² cubiertos, un lote de más de 800 m² y una pileta de 6x4.
La casa está a nombre de la empresa Badial SA y se identifica como N37, dentro de la comunidad conocida como “La Arboleda”. Tal como contó Infobae, estuvo vacía durante mucho tiempo pero comenzó a reacondicionarse justo antes de la cuarentena. ¿Por qué? El 18 de marzo, el juez federal Sebastián Casanello le otorgó la prisión domiciliaria a Báez en la causa que investiga la compra del campo “El Entrevero”, en Uruguay. En ese momento, la casa todavía no tenía luz ni gas.
En julio, cuando trascendió que Báez podría vivir en esa vivienda, los vecinos de Ayres salieron a protestar. Sin embargo, en ese momento el directorio del barrio emitió un comunicado en el que destaca que se respetará “lo que disponga la Justicia, siempre que no vulnere las normas vigentes”.