Senado: la oposición exigió al kirchnerismo que la audiencia para revisar el traslado de los jueces se realice de forma presencial

Juntos por el Cambio asegura que la modalidad por videoconferencia no es legal y que los ciudadanos no pueden participar ni hacer llegar sus observaciones

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Luis Naidenoff, presidente del interbloque de senadores de Juntos por el Cambio
Luis Naidenoff, presidente del interbloque de senadores de Juntos por el Cambio

Los jefes del interbloque de Juntos por el Cambio reclamaron en el Senado que se frene la audiencia pública convocada por la comisión de Acuerdos para rever los traslados de una decena de jueces durante las gestiones de Mauricio Macri, Cristina Kirchner y Eduardo Duhalde que ahora el peronismo busca apartar.

El tema ya había generado polémica cuando el oficialismo avanzó con el trámite a pesar de una orden judicial en contra. Ahora, con la firma de los senadores Luis Naidenoff y Humberto Schiavoni la oposición alertó que el modo “remoto o virtual mediante videoconferencia” no está previsto en el reglamento parlamentario para el caso de una audiencia pública.

“No es legítimo convocar a una audiencia pública sin respetar el reglamento vigente, cuya modificación o apartamiento requiere de las dos terceras partes de los miembros de la Cámara”, consideraron los senadores. Y agregaron que la convocatoria, para analizar los casos de los jueces Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi, Zunilda Niremberger, Germán Castelli, Juan Manuel Iglesias, Eduardo Farah, Esteban Hansen, Federico Villena, Enrique Velázquez y María Verónica Skanata “es improcedente y legalmente nula”.

Naidenoff y Schiavoni advirtieron también que en el caso de la audiencia pública debe considerarse la participación de ciudadanos, además de los seandores. “No se ha aprobado ninguna modificación del reglamento ni se ha consensuado entre los distintos bloques modalidad alguna de funcionamiento remoto o virtual por medios telemáticos”, cuestionaron.

Por otra parte el llamado a audiencia “no cumple con el requisito de haber sido publicada con no menos de quince días corridos de antelación respecto de la realización de la misma. Véase que el plazo de 15 días comienza a correr el día 21/08/2020 a las 0 horas y finaliza el día 04/09/2020 a las 24 horas”, recalcaron. “La convocatoria a la Audiencia Pública referida no respeta el plazo de 15 días corridos desde la publicación hasta la fecha de la audiencia, toda vez que el día 4/09/2020 a las 10:30 hs, el plazo de 15 días corridos no ha concluido aún”, subrayaron.

Anabel Fernández Sagasti, presidenta de la Comisión de Acuerdos
Anabel Fernández Sagasti, presidenta de la Comisión de Acuerdos

En tercer lugar, le informaron a la presidenta de la comisión de Acuerdos, Anabel Fernández Sagasti, que ”estamos recibiendo reclamos de Ciudadanos que no han podido hacer llegar sus observaciones en el plazo que está corriendo, toda vez que la casilla de correo acuerdos@senado.gob.ar consignada en el edicto de convocatoria como único medio para hacerlas llegar, se encuentra saturada y sin capacidad de recibir nuevos correos”. Infobae hizo la prueba y efectivamente los mails son rechazados en forma automática.

Juntos por el Cambio señaló que de esta manera se impide el envío de observaciones “en un procedimiento no previsto por nuestro Reglamento, que ha dejado en evidencia la falta de seguridad, transparencia, y confianza que la relevancia institucional del proceso de acuerdo a los jueces federales requiere”.

En cuarto lugar insistieron en que el Senado no tiene competencia para considerar los pliegos de los diez jueces: “Los pliegos incluidos en la audiencia pública en cuestión, consisten todos en jueces federales que han sido trasladados por un Decreto del Poder Ejecutivo de la Nación, conforme al procedimiento vigente al momento del traslado. Estos decretos del PEN se encuentran vigentes. Es por ello que el Senado no puede avanzar en el tratamiento de pliegos, años después de que estos jueces federales se encuentran cumpliendo funciones en sus respectivas jurisdicciones y sin que alguien hubiera objetado los mismos en el plazo y la forma pertinente”.

Finalmente explicaron que “estos traslados constituyen actos jurídicos firmes y consentidos y el único poder del estado con competencia para declararlos nulos y retrotraer alguna situación, es el Poder Judicial de la Nación” por lo que alertaron: “Que el Senado se preste a interferir en la estabilidad de jueces federales, encontrándose firmes y consentidos los actos de traslados por los cuales estos mismos jueces están ejerciendo la jurisdicción desde hace años en sus actuales posiciones, vulnera el procedimiento constitucional previsto para la designación de jueces, el principio constitucional de legalidad, la división de poderes, la garantía de inamovilidad de los jueces y afecta la garantía constitucional de juez natural”.

En conclusión, los senadores, jefes del interbloque opositor y de los bloques de la UCR y el PRO, solicitaron no avanzar “en un procedimiento que se encuentra viciado de nulidad desde su origen” y que se deje sin efecto la audiencia pública.

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