La Cámara Federal porteña determinó este viernes que la causa por el espionaje ilegal que se sustancia en Lomas de Zamora debe instruirse en Comodoro Py. Lo hizo al hacer lugar a un pedido de la defensa de Gustavo Arribas, y que había sido apoyado por el fiscal Carlos Stornelli, por entender que la vigilancia que se desarrolló sobre Cristina Kirchner frente al Instituto Patria y en su casa, debía ser analizado por la Justicia federal porteña.
La jueza María Eugenia Capuchetti había rechazado el planteo, pero la apelación llegó a la Cámara Federal y el juez Mariano Llorens firmó una resolución en donde instó a la magistrada a reclamar el expediente a su colega de Lomas de Zamora, Juan Pablo Augé.
La decisión llega justo cuando Augé había dispuesto el llamado a indagatoria de Arribas, de su segunda, Silvia Majdalani, y del ex secretario de Mauricio Macri, Dario Nieto, junto a un grupo de una veintena de espías y la ex funcionaria de Casa Rosada, Susana Martinengo, por integrar una asociación ilícita que, desde la AFI, llevó adelante espionaje político a dirigentes de la oposición y de Cambiemos, gremialistas, jueces, periodistas y hasta a la cuñada del propio ex presidente, Florencia Macri.
Ahora, Capuchetti girará el pedido de Augé, quien debe resolver si acepta el planteo y se la manda o si entiende que el caso debe seguir bajo la órbita de Lomas de Zamora, donde la interventora de la AFI, Cristina Caamaño, había llevado la denuncia cuando la formuló en febrero pasado. En este segundo escenario, se abrirá un problema de competencia que podría llevar a poner freno a la causa hasta que el tema se dirima.
El pedido de Arribas se hizo en el marco de la causa del Instituto Patria, pero cualquier decisión arrastrará inevitablemente el expediente llamado “Verdura”, por el apodo del narcotraficante que fue la punta del iceberg para que el juez Federico Villena develara las vigilancias y seguimientos a Cristina Kirchner, Horacio Rodríguez Larreta, Diego Santilli, Nicolás Massot, Emilio Monzó, el juez Martín Irurzun o el gremialista Hugo Moyano. A esa causa también está atado el espionaje a los presos K.
Cuando la vicepresidenta Cristina Kirchner fue a inaugurar la ronda de citaciones en este expediente, grabó un video en donde planteaba específicamente sus acusaciones de lawfare y cuestionaba a Comodoro Py.
Arribas sostuvo que el caso debía ser analizado en Comodoro Py porque en CABA era donde tenía asiento la Agencia Federal de Inteligencia y donde "de los tres instrumentos calificados como ideológicamente apócrifos, dos habían sido presentados en la Ciudad de Buenos Aires, mientras que el restante, si bien había sido entregado a una judicatura en Lomas de Zamora, sus efectos se habían producido en esta urbe".
Stornelli acompañó el pedido, pero la jueza Capuchetti sostuvo que debía continuar en Lomas de Zamora. Stornelli apeló y el fiscal de Cámara Agüero Iturbe acompañó la postura.
El juez Llorens, sorteado para intervenir, se excusó inicialmente porque su primo, el ex funcionario de Planificación Rafael Llorens, se había presentado como víctima del espionaje en la cárcel. Sin embargo, su colega Pablo Bertuzzi rechazó la excusación. “Mi ánimo se encuentra incólume a los fines de resolver los recursos impetrados y de ese modo garantizar la imparcialidad que siempre guió mis pronunciamientos”, dijo Llorens.
Así, Llorens analizó el tema e hizo lugar a la apelación. “La inteligencia ilegal denunciada se realizó sobre el Instituto Patria y sobre el domicilio de la Dra. Fernández de Kirchner, por agentes y directivos de la entonces Agencia Federal de Inteligencia, es decir, sitios y personas vinculados a esta jurisdicción. Y si bien no se desconoce que algunos de los actos fueron desarrollados en el ámbito de Lomas de Zamora, así como en otros sitios ajenos a la Ciudad de Buenos Aires, advierto con claridad que el núcleo de las acciones jurídicamente relevantes se llevaron a cabo en este ámbito y es aquí, entonces, en donde el trámite debe proseguir”, afirmó.
El juez añadió: “Lo que se resuelve en este decisorio, ceñido a la competencia territorial de la causa 5056/2020 del registro ya reseñado, no va en detrimento ni menoscaba la hipótesis delictiva barajada en la jurisdicción de Lomas de Zamora”.
Y afirmó: “Considero importante subrayar que no obsta a los criterios de competencia que han sido señalados a lo largo de esta resolución la presunta cobertura jurisdiccional que pudo haber sido brindada por el entonces magistrado a cargo, Dr. Villena, ya que no puede pasarse por alto, también en clave de asignación de competencia, que los efectos de ese respaldo se habrían evidenciado en expedientes radicados en esta ciudad”.
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