Memorándum con Irán: la Fiscalía reclamó avanzar con el juicio oral contra Cristina Kirchner

Se trata de la causa que nació con la denuncia de Nisman y en la que está acusada la vicepresidenta, Zannini, Mena, Parrilli, D'Elía y Esteche, entre otros. El funcionario judicial se pronunció además sobre una polémica originada en torno a Ronald Noble

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(NA)
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El fiscal federal Marcelo Colombo reclamó avanzar con el juicio oral en la causa del Memorándum con Irán, en donde está acusada la vicepresidenta Cristina Kirchner y otros funcionarios del Gobierno. Lo hizo al rechazar un planteo de Carlos Zannini, el ex secretario de Legal y Técnica del kirchnerismo y actual Procurador del Tesoro, para que se anule su procesamiento y la elevación a juicio. El pedido había sido acompañado por otros acusados, como el viceministro de Justicia Juan Martín Mena. La ex jefa de Estado, en tanto, no opinó.

La implicancia de los hechos investigados imponen avanzar rápidamente a la instancia de debate para que sea allí, con la publicidad y amplitud probatoria que esta etapa garantiza, se resuelvan definitivamente las imputaciones”, sostuvo el dictamen de Colombo al que accedió Infobae. Y reclamó así que el TOF 8 convoque a las partes a la audiencia preliminar para definir la prueba -que la fiscalía ofreció hace ya dos años- de cara al debate.

Este pronunciamiento del Ministerio Público tuvo lugar en el marco de la polémica en torno al rol de Ronald Noble, el ex directivo de Interpol en la causa. Las defensas lo quieren como testigo. Las querellas lo tratan de acusado.

En un dictamen al que accedió Infobae, Colombo sostuvo que “no existe imputación formal” contra Ronald Noble, el ex director de Interpol quien aseguró que, con la firma del Pacto con Irán, nunca estuvieron en riesgo las alertas rojas de los iraníes acusados en la causa AMIA. El fiscal espera oírlo como testigo en el juicio oral.

Según aseguró, a lo largo del proceso “los representantes del Ministerio Público Fiscal trataron a Noble como testigo, solicitaron que fuera oído como tal, y por todas estas razones, es que bajo esa calidad también nosotros hemos solicitado su convocatoria, al momento del ofrecimiento de prueba que presentamos dos años atrás y que aún se encuentra sin proveer” por el Tribunal Oral.

El TOF a cargo del caso está en manos de los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado. Con esta decisión, el tribunal debe resolver qué responden al planteo de Zannini y el reclamo de la fiscalía de avanzar con la selección de la prueba de cara al juicio oral.

Alberto Nisman
Alberto Nisman

La causa

La causa nació con la denuncia que hizo Alberto Nisman cuatro días antes de aparecer con un tiro en la cabeza en el baño de su departamento. Fue en enero de 2015. En aquel momento, la denuncia de Nisman fue desestimada por el juez Daniel Rafecas, con el aval de la Cámara Federal. En 2016, se hizo una denuncia contra Cristina Kirchner y los legisladores que votaron el Memorándum. La Sala IV de la Cámara Federal de Casación avaló la reapertura de la denuncia de Nisman. Tras un breve paso por las manos del juez Ariel Lijo, la denuncia se concentró en el juzgado de Claudio Bonadio.

El 7 de diciembre de 2017, el juez Bonadio procesaba y ordenaba la detención de Cristina Kirchner, el ex canciller Héctor Timerman, el ex secretario Legal y Técnico Carlos Zannini, el piquetero Luis D’Elía, el ex jefe de Quebracho Fernando Esteche y el lobista iraní Jorge Khalil. Sin prisión preventiva, fueron procesados el ex secretario general de la Presidencia Oscar Parrilli, hoy senador; la ex procuradora del Tesoro Angelina Abbona; el ex funcionario del Ministerio de Justicia Juan Mena, que hoy es viceministro de ese área; el diputado nacional Andrés Larroque, ahora a cargo de Desarrollo Social en la provincia de Buenos Aires; el ex vicecanciller Eduardo Zuain y el agente de inteligencia Alan Bogado.

A todas las acusaba de encubrimiento y traición a la Patria. Cristina Kirchner no fue presa porque en octubre de 2017 se había convertido en senadora y tenía fueros. Precisamente, sobre eso habló la ex presidente en su indagatoria en el juicio oral en la causa de Vialidad. En tanto, a Timerman se le concedió la prisión domiciliaria por razones de salud.

La Cámara Federal confirmó los procesamientos (sin la figura de traición a la Patria) y las detenciones ese mismo diciembre de 2017. En enero, el entonces juez Sergio Torres le concedió la libertad a Timerman para que pudiera viajar al exterior a tratarse. El caso pasó rápidamente a un tribunal oral. El 24 de marzo de 2018, fueron liberados Zannini, D’Elía y Khalil por orden del TOF y con aval de la fiscalía porque no había riesgos de fuga ni entorpecimiento. El único que quedó preso fue Esteche, ex líder de Quebracho, por una condena previa. Sin embargo, salió en libertad después de las PASO cuando estaba por cumplir dos años de preventiva.

El 30 de diciembre de 2018 falleció Héctor Timerman. La Corte Suprema confirmó en marzo de 2019 la prisión preventiva de la ex presidenta, al rechazar un recurso extraordinario porque no se trataba de una sentencia definitiva). La defensa de Cristina Kirchner nunca solicitó la excarcelación, como otros acusados.

En diciembre pasado, sin embargo, el TOF hizo caer esa orden de detención, nunca ejecutada porque CFK tenía fueros como senadora. Según el TOF, no existen elementos para hacer pensar en entorpecimiento de la investigación o una fuga por parte de Cristina Kirchner. Pero además, dijeron los magistrados, aquí se da “la circunstancia extraordinaria de que la aquí imputada ha sido recientemente investida como Vicepresidenta de la Nación”.

El planteo

(Gustavo Gavotti)
(Gustavo Gavotti)

La defensa de Zannini, a cargo del abogado Mariano Fragueiro Frias, había reclamado la nulidad del juicio oral el 19 de mayo pasado. Allí sostuvo que para que una causa sea elevada a juicio es necesario que esté completa la instrucción, con el fin de garantizar el derecho de defensa porque es imposible defenderse de algo que no se conoce. Y resaltó que aún quedaba pendiente en instrucción la parte de la investigación que apunta al ex titular de Interpol, Ronald Noble. También sostuvo que si alguien tiene que investigar a Noble es la Corte Suprema de Justicia por su rol diplomático.

El juez Bonadio habían planteado la imputación de Noble en la causa por el pedido de la querella. El fallo de la Cámara Federal, que confirmó los procesamientos, ratificó avanzar sobre esa pista. Sin embargo, a criterio de la defensa, Noble es un testigo que demostraría que las alertas rojas no estuvieron en peligro con la firma del Memorándum.

El TOF 8 recibió el planteo en medio de la pandemia. También la Cámara Federal que ratificó que Noble permanecía imputado en la causa que condujo Bonadio y hoy lleva el juez Marcelo Martínez De Giorgi. A fines de junio, Interpol Argentina le envió a Martínez de Giorgi un documento en el sostuvo que sólo el juez de la causa AMIA, el recientemente renunciado Rodolfo Canicoba Corral, podía solicitar que se dieran de baja las alertas rojas.

Se cayeron todas las mentiras”, escribió Cristina Kirchner en sus redes sociales. “Law fare al palo”, aseguró. El informe de Interpol también se agregó al capitulo del juicio oral. El TOF 8 pidió la semana pasada a las partes que se pronunciaran sobre el pedido de nulidad que solicitó Zannini

La DAIA y Luis Czyzewski y Mario Averbuch -los familiares de las víctimas que se presentaron como querellantes- reclamaron que se rechace el pedido de Zannini. “Noble no fue imputado para evitar su declaración como testigo -como ahora afirma alegremente la defensa, con el propósito de imponerlo a V.E. bajo esa modalidad-. Fue imputado hace 2 años y 8 meses, por las razones expuestas en el fallo de Cámara, que las defensas jamás discutieron ni recurrieron”, sostuvieron los abogados Tomas Farini Duggan y Juan José Avila.

A contrapelo, las defensas de la mayoría de los acusados acompañó a Zannini. “Estamos ante la surreal situación en la que una serie de personas está imputada hace más de cuatro años, y a la espera de un juicio oral, por la supuesta intención de levantar órdenes de captura de INTERPOL cuando ese mismo organismo afirma contundentemente no solo que dicha voluntad nunca se manifestó, sino que las autoridades argentinas siempre mostraron interés en su mantenimiento y comunicaron que no tenían competencia para decidir sobre ellas. Más aún, la propia INTERPOL afirma que Argentina tampoco tuvo incidencia alguna en las ‘leyendas’ sobre las órdenes de captura, sobre las que tanto insistieron los acusadores y el instructor”, sostuvo Mena en el escrito al que accedió Infobae.

Pero en ese contexto opinó la fiscalía. “La piedra angular de esos planteos es la imputación que se habría realizado en los testimonios de la causa a funcionarios de Interpol por su presunta intervención en los hechos y el giro que habría tenido la investigación”, resumió Colombo.

Fiscal Marcelo Colombo (foto: Procuración
Fiscal Marcelo Colombo (foto: Procuración General de la Nación)

Sobre eso aseguró: “En la denuncia que dio origen a la causa, el Fiscal Alberto Nisman ponderó la actuación de Interpol y específicamente la de su ex Secretario General, Ronald Noble. Según se lee allí, el actuar de Noble fue el que impidió que las circulares rojas perdieran vigencia”. También recordó que el fiscal del caso Gerardo Pollicita había pedido la testimonial de Noble, apoyado por la DAIA.

“La causa llegó a juicio con una plataforma fáctica determinada por los requerimientos de elevación a juicio de todos los acusadores –público y particulares-, en los que no se asignó responsabilidad penal en los hechos a ningún miembro de Interpol. Noble, reitero, no aparece formalmente bajo calidad de imputado en ninguno de los requerimientos de elevación a juicio efectuados ni por acusadores privados, ni por el Ministerio Público”, sostuvo Colombo. En ese marco, rechazó el planteo de Zannini y pidió avanzar rápidamente, con Noble como testigo.

No existe hoy ninguna razón que impida su testimonio, sino por el contrario preceptos legales que prescriben su producción en el debate, cuando como en el caso ha sido solicitado por las partes. No debe perderse de vista que, una vez superada el examen sobre su pertinencia y utilidad, el tribunal tiene el deber de interrogar a los testigos bajo juramento de decir verdad, el testigo la obligación de testificar y toda persona posee capacidad de atestiguar sin perjuicio de la valoración que el tribunal se reserve en función de las reglas de la sana crítica”, aseguró.

En su planteo, Colombo afirmó que el primer pedido de indagatoria a Noble fue realizado el 23 de febrero de 2018, es decir un mes después de que una querella formulara el requerimiento de elevación a juicio en el que en su descripción de los hechos y sin que hubiera ocurrido “ningún hecho o circunstancia que permita entender el cambio de criterio”. A criterio del fiscal, la resolución de la Cámara Federal, cuando confirmó los procesamientos, fue crítpica y “no incluyó esa supuesta ‘orden'” de investigar a Noble ”ni en sus argumentos ni en su parte dispositiva”. “Difícil se torna la cuestión también cuando se quiere identificar la concreta imputación penal que en los hechos esa querella pretendió asignarle a Noble en esa presentación”, añadió.

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