Las 10 críticas a la reforma judicial de la asociación de derecho que integra Carlos Beraldi

"El proyecto atrasa y opera contra todos los objetivos predicados" por el Ejecutivo, sostuvo la entidad que nuclea a los profesores de derecho penal procesal

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La Facultad de Derecho de la UBA
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La Asociación Argentina de Profesores de Derecho Procesal Penal cuestionó en duros términos la reforma judicial que impulsa el Gobierno de Alberto Fernández porque entiende que la iniciativa “atrasa y opera contra todos los objetivos predicados” por el propio Poder Ejecutivo para mejorar la justicia. Lo curioso es que la entidad tiene entre sus miembros al penalista Carlos Beraldi, el defensor de la vicepresidenta Cristina Kirchner, que integra la comisión de juristas que armó el jefe de Estado para, a la par de la discusión de la reforma en el fuero federal, analizar el funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio Público y el Consejo de la Magistratura.

“Como Asociación dedicada a la especialidad, sin duda acompañamos los objetivos del proyecto, que muy sucintamente son: a) Mejorar una justicia federal problemática; b) crear una estructura orgánica de Magistrados y funcionarios que acompañe la reforma del nuevo Código Procesal Penal Federal y c) transferir las competencias no federales a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, se expresó. “Sin embargo, el proyecto atrasa y opera contra todos los objetivos predicados”.

“¡¡¡No podemos permitirnos tales errores!!!”, escribió textualmente la entidad que preside Daniel Cuenca. Es que, se señaló, “lo más paradójico del proyecto es que todos estos problemas se presentan pese a que en nuestro país la mayor parte de las provincias han transformado sus sistemas hacia el proceso acusatorio”. Así como está planteada, con esta reforma “solo asignaremos muchos recursos para no cambiar nada o, peor aún, enterrar la posibilidad de contar, de una vez por todas, con un sistema acusatorio modelo a nivel nacional”.

El abogado Carlos Beraldi, defensor de Cristina Kirchner e integrante de la comisión de juristas convocados por Alberto Fernández (Franco Fafasuli)
El abogado Carlos Beraldi, defensor de Cristina Kirchner e integrante de la comisión de juristas convocados por Alberto Fernández (Franco Fafasuli)

Aquí los diez puntos críticos que advierten los profesores de derecho procesal sobre la reforma:

1) La justicia federal ha sido criticada por su falta de eficiencia y transparencia; por ello no se entiende de qué modo puede mejorar su servicio sumando a los 12 jueces federales, otros 10 provenientes de Penal económico, fuero este que también adolece de graves deficiencias. Más que solucionar, puede esperarse la multiplicación de problemas.

2) A estos 23 jueces se sumarían otros 23 creados por el proyecto, totalizando 46 jueces federales para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; este aumento de magistrados se dispone sin analizar un flujo de casos que lo justifique, pese a los grandes costos que implica.

3) Si la imparcialidad de los jueces federales ha sido entendida como problemática, por qué razón puede suponerse que el nombramiento de 23 jueces “subrogantes” podría mejorar el sistema. La subrogancia, que ya fuera criticada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, implica una dotación de Magistrados que pueden resultar influenciables, en la medida que pretendan ganar el concurso para el cargo al que están subrogando.

4) También atrasa la estructura orgánica propuesta; aumenta de 12 a 46 el número de magistrados que, en realidad, debieran dejar sus funciones de instrucción (la más costosa en recursos humanos), para limitarse al control de la investigación fiscal (principio básico del sistema acusatorio).

5) Peor aún, se dota a todos estos juzgados de numerosos empleados y funcionarios, cuando ya no tendrían actividades jurídicas, pues los jueces en el sistema acusatorio no investigan y, además, en el nuevo modelo procesal se resuelve en forma inmediata en audiencias presenciales (es decir, lo hace solo el juez frente a las partes sin la intermediación de funcionario alguno).

6) Además se establece la creación de 23 fiscalías para compensar los nuevos juzgados Penales Federales, cuando cualquier sistema acusatorio, por su propia dinámica, funciona con muchos más fiscales que jueces: los fiscales investigan todos los casos y la jurisdicción solo controla cuando están en juego garantías constitucionales (por ejemplo, en la provincia de Buenos Aires, existe un promedio de 6 o más fiscales por juez de garantías, pues la cantidad de causas que tramitan ante la jurisdicción son apenas el 5 % del total, el otro 95 % se administran por decisiones fiscales).

7) En la misma línea, se crean fiscales replicando las instancias de la jurisdicción (con el viejo modelo del fiscal dictaminador de causas) cuando la función del Ministerio Público Fiscal es dirigir la investigación en base a lineamientos político-criminales: ¿Para qué sería necesario que cada fiscal cuente con un juez que controle su investigación? ¿Cuál es la explicación de tener un fiscal para cada instancia jurisdiccional, si sus organizaciones responden a tareas completamente diversas: los primeros investigan el conjunto de delitos, los segundos deciden solo a pedido de parte?

8) La asignación de fiscales por instancias cristaliza la estructura del Ministerio Público Fiscal, restringiendo la plasticidad orgánica que requiere un acusatorio moderno, donde los equipos de trabajo y su posición frente a las instancias jurisdiccionales, son modificados según directivas de política criminal.

9) Por otra parte, tampoco se revisa la competencia federal; se mantienen las antiguas atribuciones, cuando en la actualidad existen nuevos problemas que merecen la atención de este fuero a cargo de los intereses nacionales (por ejemplo: injerencias extranjeras en la soberanía digital local, ataques informáticos que comprometan intereses nacionales: bancos, servicios esenciales, etc.)

10) Por último, deben mencionarse los “ruidosos” silencios del proyecto; no se mencionan “colegios de jueces”, instituto imprescindible para la toma de todas las decisiones en audiencias; tampoco se crean “Oficinas de gestión” que acumulen el trabajo burocrático (citaciones de testigos y peritos, agenda de audiencias, superintendencia, etc.) para separar las actividades administrativas de la jurídicas, a cargo de jueces y fiscales; se crean centenares de cargos de alta jerarquía, y ni siquiera se piensa en la dotación de personal técnico para investigaciones informáticas –que hoy resultan esenciales- y pericias de calidad, que son la base de cualquier investigación compleja.

La asociación advirtió entonces que “el proyecto de ley orgánica y de competencia del fuero federal es, sin dudas, un factor contra sistemático; fue pensado desde el modelo procesal actual y por tanto reproducirá todos sus defectos, modificando –si fuera necesario- las normas de nuevo Código Procesal Penal Federal, mediante interpretaciones que legitimen las antiguas prácticas procesales, en las que fueron entrenados los operadores”.

Y señaló que “una transformación como la pretendida, requiere de análisis multidisciplinarios que establezcan: estadísticas sobre flujos de casos, políticas de asignación de recursos humanos y materiales según objetivos, diseño de estructuras institucionales idóneas para el nuevo proceso, monitoreo del cumplimiento de los objetivos trazados y sus costos para ponderar la eficiencia de las modificaciones, entre otros estudios; es decir, proponer este cambio como una política de Estado racional y no simplemente coyuntural”.

“No hay peor fracaso para un cambio de sistema, que poner en funcionamiento una organización que no responde a los requerimientos de un proceso acusatorio; no solo el recurso humano, mal asignado, volverá a las viejas prácticas, sino que multiplicará los problemas actuales en la medida que contará con un Código Procesal Penal que colisiona con la vieja estructura institucional”, se agregó.

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