Procesaron a ex funcionarios y empresarios por presuntas irregularidades en las licitaciones para la construcción de dos centrales termoeléctricas

El juez federal Sebastián Casanello procesó a Juan Carlos de Goycochea, de Isolux, y al ex CEO de Iecsa Héctor Sánchez Caballero, junto al ex director de ENARSA Exequiel Espinosa, entre otros. Según dijo, el Estado pagó 792 millones de pesos durante la gestión kirchnerista por esas obras cuestionadas

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Central térmica Ensenada de Barragán
Central térmica Ensenada de Barragán

El juez federal Sebastián Casanello procesó a ex directivos de las firmas Isolux y Iecsa, y a ex funcionarios de ex empresa estatal ENARSA por presuntas irregularidades en las licitaciones para la construcción de dos centrales termoeléctricas en la gestión kirchnerista –Ensenada de Barragán y Brigadier López–, que habían sido adjudicadas durante el gobierno kirchnerista, confirmaron a Infobae fuentes judiciales. El Estado pagó unos 792 millones de pesos por esas obras.

Los procesados fueron Exequiel Espinosa, que estuvo al frente de ENARSA entre 2003 y 2013, y el ex gerente Santiago Pierro, responsable del proyecto cuestionado, por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. También quedaron procesados los empresarios Juan Carlos de Goycochea, de Isolux, y el ex CEO de Iecsa Héctor Sánchez Caballero, considerados junto a otros tres representantes de las firmas partícipes necesarios de esa administración fraudulenta.

De Goycoechea fue el primer empresario arrepentido que tuvo la causa de los cuadernos, el escándalo que surgió en agosto de 2018 a raíz de las anotaciones de un chofer sobre la recolección de dinero de empresarios que obtenían negocios en la función pública. Sánchez Caballero también estuvo detenido en esa causa que instruyó el fallecido juez Claudio Bonadio con el fiscal Carlos Stornelli.

Espinosa, en tanto, también quedó procesado en la causa Gas Nacional Licuado, el expediente que les permitió a Bonadio y Stornelli atraer su competencia en el caso cuadernos. A Espinosa se lo procesó junto al ex ministro de Planificación Julio de Vido, su mano derecha Roberto Baratta y los empresarios José Roberto Dromi y Roberto Nicolás Dromi. La vicepresidenta Cristina Kirchner recibió la falta de mérito en ese capítulo de la investigación, aunque quedó procesada como jefa de asociación ilícita en el caso de los cuadernos.

Se desconoce si a cambio (de la contratación de la UTE Isolux-IECSA) hubo una contraprestación”, dijo Casanello en el fallo al que accedió Infobae, pero remarcó que “el procedimiento de contratación estuvo caracterizado por evidentes vinculaciones entre las oferentes y numerosas prórrogas de los plazos”. “Mediante el actuar coordinado de los imputados, esas circunstancias supusieron para las empresas privadas un beneficio ilícito, que se traduce en la obtención de los contratos y en los provechos que implicaron las adendas a los contratos”.

El juez Casanello ponderó: “En concreto, ENARSA pagó en forma irregular a la UTE Isolux-IECSA para la Central Ensenada de Barragán las siguientes sumas: $367.965.234,65 (adenda 3), $89.686.573,07 (adenda 4) y 223.499.987,07 (adenda 5). Y para la Central Brigadier López pagó en forma irregular la suma de $111.5000.000 (adenda 4). La suma de esos montos arroja un total, a octubre de 2011, de $792.651.795,48”.

Exequiel Espinosa, ex titular de ENARSA
Exequiel Espinosa, ex titular de ENARSA

Fue así que procesó a Espinosa y Pierro, junto a De Goycoechea, Sánchez Caballero, Santiago Altieri, Alejandra Kademian y Osvaldo Macías, que integraron la UTE que construyó las obras. A cada uno de los cinco empresarios y los dos ex funcionarios se les trabó un embargo de 795 millones de pesos. Pero ese embargo también alcanzó a las personas jurídicas de IECSA e Isolux, por el mismo monto.

“Se contemplará un embargo sobre los bienes de las personas jurídicas Isolux Ingeniería S.A. y IECSA S.A., con la finalidad de evitar que el delito rinda sus frutos –entendió Casanello–. A la luz de los resultados obtenidos y con el propósito de identificar bienes susceptibles de embargo que permitan asegurar las reparaciones y el eventual decomiso del producto o provecho del hecho investigado, se requerirá a la Fiscalía proseguir con la investigación patrimonial de cada una de las empresas involucradas”.

La causa se inició en 2015. El entonces diputado Manuel Garrido presentó una denuncia penal a raíz de un informe elaborado por la Auditoría General de la Nación (AGN) sobre el proyecto para la ampliación de capacidad de energía eléctrica en el período 1/1/10 al 31/12/11. Mediante la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 2/2007 se había llevado a cabo el procedimiento de selección para cinco centrales termoeléctricas: Ensenada de Barragán, Brigadier López, Manuel Belgrano II, Necochea II e Ingeniero Francisco Bazán. Las oferentes podían presentar oferta por una o varias de las centrales. Sólo fueron adjudicadas las dos primeras y las ofertas presentadas para las otras centrales se declararon inadmisibles o inconvenientes.

Según el denunciante, las irregularidades giraron en torno a la contratación en forma directa de ampliaciones de obras para la construcción de las centrales termoeléctricas Brigadier López y Ensenada de Barragán. El informe de la AGN indicaba la ausencia de una adecuada planificación, la falta de aplicación de procedimientos de selección de las obras nuevas y la falta de habilitación comercial, entre otras irregularidades.

Tras informes de la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco), que depende de la Corte Suprema, el juez Casanello citó a los involucrados a prestar indagatoria el año pasado. Por un lado el cuestionamiento estuvo dirigido al “reparto amañado de obras durante el proceso de licitación, según el cual la UTE Isolux-IECSA obtuvo la adjudicación de los contratos de las dos Centrales”. Por otro, a las presuntas “ventajas indebidas obtenidas en la etapa de ejecución de esos contratos”, que fueron “el resultado de una serie de irregularidades: la incorporación de obras sin procedimientos competitivos (contratación directa), el incremento del precio de los contratos y el retardo en la entrega, entre otros”.

Todos negaron los hechos. De Goycoechea, por ejemplo, negó haber formado parte de algún acuerdo espurio con algún funcionario público para “inflar” el precio de la obra a cambio de la asignación de la misma y con la obligación de pagar un “retorno” por ello, y explicó que todas las presentaciones de licitaciones de Isolux eran preparadas en España, sede central de la empresa. Y Sánchez Cabellero detalló que su intervención se limitó a suscribir una serie de actos que requerían su firma en razón del rol en la empresa y en la UTE que “se había conformado con motivo de estas obras, siguiendo las expresas instrucciones de su mandante”. Al igual que el resto, aseguró que su participación “no era pasible de reproche penal”.

Los defensores sostuvieron que sus clientes, "por ser empleados de empresas constructoras, no podían ser responsables de la eventualmente inadecuada planificación en materia de política energética del país, cualquiera fuese el organismo estatal que haya tenido esa competencia a su cargo". También afirmaron que "no existía prueba de cargo que demostrase un favorecimiento hacia la UTE Isolux Ingeniería SA - IECSA SA, sino que resultó adjudicataria dentro de los parámetros normales de cualquier obra pública" y afirmaron que "las licitaciones de las centrales térmicas, que se enmarcan en dicha política, formaban parte de un proyecto energético global que excede a ENARSA y que en los pliegos de las licitaciones tuvo principal intervención la Secretaría de Energía".

Los entonces funcionarios también se defendieron. Espinosa se prestó a responder preguntas en su descargo y afirmó que los pliegos de las compulsas no los hizo ENARSA sino la Secretaría de Energía bajo una directiva del gobierno nacional, y remarcó que “ENARSA siempre actuó de buena fe en lo legal y en lo técnico”.

Sin embargo, el juez Casanello entendió que se encontraba acreditado el delito de administración fraudulenta y aseguró que "cada uno de los imputados realizó el aporte necesario para que la maniobra se desarrollase del modo ideado", tanto los funcionarios como los empresarios.

Sebastián Casanello (Adrián Escandar)
Sebastián Casanello (Adrián Escandar)

Sobre los ex funcionarios dijo que tenían la responsabilidad de la “administración de los intereses del Estado –entre ellos sus patrimonio– que disponía ENARSA para que se cumplan las obras” y que “la infidelidad en el ejercicio de esa manda se verifica en todos y cada uno de los actos llevados a cabo por los imputados e identificados durante el trámite de los procesos licitatorios”.

Según sostuvo, “Espinosa y Pierro, desde la posición que ocuparon en ENARSA, traicionaron la confianza depositada en ellos y se valieron de la función pública y del imperio conferido para direccionar interesadamente la adjudicación de las obras a favor de las uniones transitorias de empresas integradas por las empresas Isolux y IECSA”.

El direccionamiento de las licitaciones por parte de los funcionarios de ENARSA no podría haberse cometido sin un aporte necesario de parte de los ejecutivos Juan Carlos de Goycoechea, Héctor Javier Sánchez Caballero, Alejandra Erika María Kademian, Santiago Ramón Altieri y Osvaldo Macías. Ellos –en nombre de las firmas que representaban– participaron de los actos administrativos de las licitaciones, ya sea mediante la presentación de las correspondientes ofertas por precios superiores a los presupuestados, la negociación de las mismas y/o la celebración de los correspondientes acuerdos”, afirmó el juez.

Central Brigadier López (Telam)
Central Brigadier López (Telam)

Tras sostener que “esto lespermitió a las empresas que conformaban la UTE asegurarse la adjudicación de las obras y obtener un lucro indebido”, Casanello resaltó que “la connivencia con los actores públicos les permitió a los privados ‘negociar’ las ofertas presentadas, que les fuesen aprobadas por montos superiores a los originariamente presupuestados, y obtener numerosas ventajas”.

Las circunstancias que los funcionarios de ENARSA y los ejecutivos de la UTE Isolux-IECSA invocaban como imprevistas eran, en realidad, argumentos aparentes. La razón es que se trataba de obras indispensables que respondían a una planificación que para Ensenada de Barragán –a diferencia de otras centrales de iguales características– las habían dejado de lado. De allí que no respondían a un proceder negligente, sino a un acuerdo entre partes para garantizar a futuro su incorporación a través de adendas y asegurar ventajas a la empresa contratista”, se sostuvo.

Según se señaló, “en otros casos, esas circunstancias imprevistas respondían a condiciones que la contratista tenía el deber de conocer, como ocurrió en el caso de abastecimiento de las dos Centrales. Con éxito la empresa contratista obtuvo en forma directa que el propio Estado le adjudicase la contratación de esas nuevas obras, sorteando procedimientos competitivos y transparentes. Esto trajo aparejado el pago de un precio muy por encima del presupuestado y el consecuente retraso de las obras”.

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