La decisión del arresto domiciliario que se le otorgó a Amado Boudou en medio de la pandemia por el coronavirus será revisada por la Cámara Federal de Casación Federal. Es que el juez federal Daniel Obligado decidió este lunes conceder el recurso de apelación que hace un mes le había solicitado el fiscal Marcelo Colombo, quien no fue consultado antes de dictar el fallo que le permitió al ex vicepresidente condenado por la causa Ciccone salir de la cárcel de Ezeiza, indicaron a Infobae fuentes judiciales.
Para Colombo, el fallo debería ser considerado nulo por no haber sido notificado. También aseguró que el juez "incurrió en arbitrariedad por un absoluto desapego respecto de las circunstancias objetivas del caso, cuando pasó a interpretar el contexto de la pandemia del COVID 19 en beneficio de la situación del imputado, estableciendo una causal de afectación individual que viola cualquier regla de razón suficiente”. El fiscal también apuntó que la conclusión del juez por “irrazonable” e "inequitativa”.
Boudou fue condenado en agosto de 2018 a cinco años y 10 meses de prisión por cohecho pasivo y negociaciones incompatibles con la función pública en la compra, a través de una empresa pantalla, de la empresa calcográfica “Ciccone”. También fueron condenados otros cinco acusados, entre ellos Nicolás Ciccone, José María Núñez Carmona y Alejandro Vandenbroele. La Cámara de Casación confirmó la sentencia. La defensa apeló a la Corte Suprema de Justicia.
El 27 de marzo, el juez Obligado, desde el Tribunal Oral Federal 4 como juez de ejecución, había rechazado el pedido de excarcelación de Boudou. La defensa había justificado el pedido porque la sentencia no estaba firme y por el riesgo de su cliente de contraer coronavirus durante su detención en el Penal de Ezeiza. Además, el Servicio Penitenciario Federal no había incluido al ex ministro de Economía entre los presos considerados en riesgo. Para el tribunal, la COVID-19 no implicaba una libertad automática para los detenidos.
Sin embargo, el 6 de abril, el juez Obligado decidió otorgarle la domiciliaria a Boudou, pedida también por la defensa en paralelo a la excarcelación. Como la sentencia no está firme, el juez trató a Boudou como un procesado y analizó su situación personal en la cárcel (el ex vicepresidente está casado con la mexicana Mónica García de la Fuente y tiene dos pequeños hijos de dos años). “El actual contexto mundial de emergencia sanitaria a causa del Covid 19 , ciertamente trastoca prácticamente todas las pautas de las relaciones interpersonales” y "el único sostén económico y emocional para los niños de dos años resulta ser su madre”, afirmó.
El fiscal Colombo apeló de inmediato. Dijo que Boudou no solo "no padece ninguna afección que lo incluya dentro de ese grupo de riesgo” que podría ser afectado por el coronavirus sino porque estaba alojado en una unidad con el 55 por ciento de su capacidad ocupada e interactuando solamente con sus compañeros de pabellón. “Una excepción frente a otros internos que sí padecen la sobrepoblación que dio origen la declaración de emergencia penitenciaria nacional, y enfrentan en sus lugares de detención peligros concretos mayores con riesgos de propagación de la epidemia, por ejemplo, entre personas asintomáticas”, resaltó.
En aquel momento, el juez Obligado no concedió el recurso. Dijo que el fiscal no había pedido la habilitación de feria y que ese período judicial implicaba una revisión restrictiva de los temas a tratar. Ahora, el juez decidió conceder el recurso. “Sin pretender ingresar en la resolución que le corresponde a la alzada, pero a los fines de dejar asentada, nuevamente, la posición que he adoptado en el trámite de planteos similares durante ésta feria extraordinaria, entiendo que el ‘exceso en las formas’ que aduce el señor Fiscal no responde a una decisión propia sino que, por el contrario, obedece directivas propias de la Cámara Federal de Casación en la acordada ya mencionada, y justamente, lo que sí rigurosamente traté, obviando precisamente los formalismos, fueron cuestiones relacionadas con aquellas personas que se encuentran privadas de su libertad (lo cual responde a mi inveterada jurisprudencia), sin hacer ningún otro tipo de distinción, como pareciera soslayar el señor fiscal, para así otorgarles con celeridad una respuesta jurisdiccional”, se defendió.
José María Núñez Carmona, el amigo de Boudou que integraba la lista del Servicio Penitenciario Federal de internos en grupos de riesgo, solicitó el arresto domiciliario apenas se le concedió a Boudou. En ese caso, Obligado sí corrió vista a la fiscalía y decidió no concedérsela pese a sus problemas de salud.
Ya el 27 de abril, la Corte Suprema de Justicia y la Cámara Federal de Casación Penal ampliaran el marco de las causas a tratarse. Y frente a eso Obligado decidió explicar por qué ahora sí concedía el recurso que había solicitado la fiscalía. Dijo que era “con la evidente finalidad de asegurarle a la parte el efectivo ejercicio de su derecho a la doble instancia, entendiendo tal garantía en el sentido más cabal en que deben ser consideradas las cláusulas consagradas en el artículo 8, apartado 2, inciso h) del Pacto de San José de Costa Rica (CADH) y en el artículo 14, apartado 2, inciso 5) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ambos de jerarquía constitucional según lo prescribe el artículo 75 -inciso 22- de la Ley Fundamental”.
El tema quedará en manos de los jueces de Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo, que intervienen en el caso Ciccone.
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