El Gobierno confirmó que a partir del próximo miércoles vuelven a abrir los registros de propiedad automotor de gran parte del país, los cuales estaban cerrados desde que se decretó el aislamiento social, preventivo y obligatorio. La autorización para que estos lugares vuelvan a funcionar se hizo efectiva a partir de la Disposición 83/2020, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Se trata de una de las actividades que estaban prohibidas por la cuarentena, pero que recientemente se sumaron a la lista de los trabajos que quedaron exceptuados del cumplimiento de la misma, luego de que el presidente Alberto Fernández anunciara que se iba a “administrar” esta medida restrictiva para reactivar paulatinamente algunos sectores.
El documento, que lleva la firma de la directora nacional que está a cargo de estos establecimientos, María Eugenia Doro Urquiza, estableció que desde el 22 de abril vuelvan a prestar servicios, aunque bajo ciertas modalidades para prevenir posibles contagios, en el marco de la pandemia del coronavirus.
La normativa alcanza a las provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego, así como también a la Capital Federal.
Por lo tanto, los únicos dos distritos de la Argentina que quedaron afuera son Tucumán y Santiago de Estero, por lo que las agencias que están allí por el momento no están exceptuadas de cumplir con la cuarentena.
El segundo artículo de esta Disposición precisó que “la atención al público se limitará a aquellas personas que contaren con turnos previamente asignados por vía electrónica a través de la página web del organismo (www.dnrpa.gov.ar)”.
“Los Registros Seccionales deberán instalar barreras físicas de separación entre el personal del Registro Seccional y el público usuario. A tal efecto, deberán adecuar sus instalaciones en el plazo de una semana a partir del dictado de la presente”, agregó el texto.
Por último, el Gobierno decidió también extender dos horas el horario de cierre de estos establecimientos, en todas sus competencias, durante la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria establecida.
En los considerandos, el Poder Ejecutivo señaló que el 18 de abril pasado se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 355/20, a partir del cual se anunció que quedaban exceptuadas del cumplimiento del aislamiento obligatorio, en las provincias antes mencionadas, el personal afectado a la “actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas”.
Por lo tanto, el organismo que dirige Doro Urquiza consideró que “corresponde disponer la reapertura” de estos lugares, “en todas sus competencias, en las jurisdicciones habilitadas por el señor Jefe de Gabinete de Ministros”.
Además, se aclaró que en todos los casos se deberán respetarse los protocolos sanitarios que cada provincia establezca, “en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales”.
"Se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus”, detalló el Gobierno.
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