Los efectivos de las fuerzas policiales ya no deberán someterse al detector de mentiras

La prueba no será necesaria para acceder a distintos cargos, como ocurría durante la gestión de Cambiemos. La medida fue anunciada a través de la Resolución 74/2020 publicada este martes en el Boletín Oficial

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El presidente Alberto Fernández junto
El presidente Alberto Fernández junto a la ministra de Seguridad, Sabina Frederic.

El Gobierno dejó sin efecto el requisito para el personal de las fuerzas policiales y de seguridad de someterse a una prueba de polígrafos, comúnmente conocido como detectores de mentiras, para poder ingresar en determinados cargos. La medida fue anunciada a través de la Resolución 74/2020 publicada este martes en el Boletín Oficial.

Además, se ordenó que los aparatos de este tipo que fueron adquiridos por el Estado en el 2018 y que iban a ser usados con ese fin, sean destinados a través de la Secretaria de Coordinación, Bienestar, Control y Transparencia Institucional para su “posible aplicación en ámbitos académicos y médicos”.

De esta manera, la actual gestión de la ministra de Seguridad, Sabina Frederic, derogó una decisión que había tomado su antecesora, Patricia Bullrich, y solicitó también que se realice una auditoría interna sobre “la adquisición de los polígrafos” mencionados.

Durante la administración de Cambiemos se determinó que los efectivos debían someterse a este tipo de pruebas para, por ejemplo, poder ingresar en los Grupos Operativos Conjuntos de Investigaciones contra el Narcotráfico (GOCIN).

El polígrafo, comúnmente conocido como
El polígrafo, comúnmente conocido como detector de mentiras.

Con la normativa anterior también se había aprobado el uso de esta herramienta, de forma “voluntaria y optativa”, para todos los integrantes de las fuerzas federales que quisieran entrar en otras áreas o equipos especiales.

Asimismo, el examen podía ser solicitado por los agentes de seguridad “en el marco de actuaciones disciplinarias” en las que estuvieran involucrados, ya sea “en carácter de sospechoso, investigado y/o imputado”.

Incluso estas pruebas podían originar nuevas investigaciones "y/o facultar la intervención de las juntas de reconocimientos médicos, de conformidad con los principios y normativa vigente en el ámbito de la respectiva Fuerza”.

A partir de la Resolución 74/2020, todas estas medidas quedaron “sin efecto” y se prohibió el uso de estos aparatos “en el ámbito del Ministerio de Seguridad y de las Fuerzas Policiales y de Seguridad que le dependen”.

A este tipo de pruebas
A este tipo de pruebas debían someterse quienes quisieran ingresar a los Grupos Operativos Conjuntos de Investigaciones contra el Narcotráfico. (Prensa Ministerio de Seguridad)

Entre los Considerandos, el Gobierno resaltó que “los Estados con tradiciones y sistemas jurídicos análogos a nuestro país descartan” la utilización de los detectores de mentiras, “por considerarlos lesivos de derechos y garantías individuales y por trasuntar una forma de cosificar a la persona humana, contraria a su dignidad”.

En este sentido, el documento firmado por Frederic recordó algunos fallos de la Corte Suprema de España que van en esta misma línea y aseguró que “la inviabilidad jurídica de admitir la validez de este presunto medio de prueba también se proyecta al ámbito administrativo, que no puede permanecer ajeno a las inconsistencias de estos instrumentos tecnológicos con garantías insoslayables del Estado de Derecho y del orden internacional de los derechos humanos”.

“La Constitución Nacional determina que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo y que es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos (art. 18); y consagra el principio de inviolabilidad de la dignidad humana (arts. 33 y 75, inc. 22)”, agregó la Resolución.

Por último, en el texto se explicó que la ex Dirección de Prevención de la Corrupción y Ejecución de Pruebas de Integridad tomó conocimiento de cuatro polígrafos que fueron adquiridos por el Estado en 2018 para realizar estas pruebas, pero que “no han sido utilizados hasta el momento”, por lo que es recomendable entregarlos al ámbito académico.

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