La Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó por mayoría los pedidos de prisión domiciliaria por la propagación del coronavirus hechos por las defensas de Juan Pablo Schiavi, Sergio Cirigliano y Víctor Astrella.
Los jueces Gustavo Hornos y Daniel Barroetaveña consideraron que el rechazo de la solicitud tiene sustento en los informes médicos presentados, las condiciones personales y las condiciones en las que cumplen su condena los internos. El tribunal le encomendó a las autoridades de la Unidad 31 del Servicio Penitenciario Federal que adecue de la mejor manera los medios para garantizarles la salud en el contexto extraordinario de la actual pandemia por Covid-19.
Asimismo, los camaristas resaltaron la transcendencia legal que tiene el rol de la víctima en la etapa de ejecución de la pena. En este caso la parte querellante había solicitado que se rechace el pedido de morigeración de las condiciones de detención con argumentos que fueron atendidos por los magistrados.
En el fallo, los jueces recalcaron el hecho de que la difícil situación que atraviesa nuestra sociedad en este momento requiere para poder sortearla de los esfuerzos y sacrificios de todos los integrantes de la comunidad. Y agregaron que las autoridades judiciales no pueden ser ajenos a ello, y se les debe exigir la demostración suficiente de capacidad de maniobra y adaptación para evitar cualquier posible crecimiento de la crisis sanitaria.
En este sentido, remarcaron que como parte de los esfuerzos generales que se llevan adelante para frenar la pandemia del coronavirus, y para evitar que arrase con las personas detenidas, es un deber esencial de la Justicia tomar medidas urgentes para proteger la salud y la seguridad de los sujetos privados de la libertad.
Por otro lado, en fallos dictados en el contexto de la pandemia por el Covid-19, la Sala de Feria del máximo tribunal penal dispuso conceder la prisión domiciliaria a mujeres que cumplen condena que se encuentran en situación de riesgo.
Los camaristas advirtieron que a la luz del contexto de pandemia es necesario aplicar una medida alternativa al encierro que al mismo tiempo garantice neutralizar del mejor modo los riesgos procesales. Los magistrados consideraron que, a su vez, esta medida debe resguardar el interés superior del niño y de la salud de la mujer detenida.
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió de esta manera un recurso de casación interpuesto por la defensa de una mujer que fue llevada a juicio acusada de ser coautora del delito de tráfico de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas organizadas, en concurso real con tenencia ilegítima de arma de fuego.
Al contestar la vista, el fiscal interviniente consideró que el pedido no era procedente al tener en cuenta que el delito imputado tiene una pena alta sin posibilidad de que sea de ejecución condicional.
En su voto, el juez Hornos señaló que “no debe escaparse del análisis que requiere el caso la circunstancia relativa a la situación excepcional derivada de la pandemia declarada por la aparición del virus COVID-19” y las consecuencias que podría traer aparejada la detención a la mujer que está dentro de la población con alto riesgo de contagio. Además -sostuvo el magistrado- debe tenerse en cuenta la necesidad de dar primacía, en este contexto, al Interés Superior de su hijo de 9 años de edad.
Para decidir, los camaristas tuvieron en cuenta las “Reglas de Bangkok” y las Recomendaciones IV y VI del Sistema Interinstitucional de Control de Cárceles referidas a Género en contextos de encierro y a los derechos de las mujeres privadas de la libertad y su derecho a la salud.