La Corte Suprema dispuso la feria extraordinaria por el coronavirus, pero reforzó la oficina de violencia de género

La resolución se dictó hoy en consonancia con el decreto que fija el aislamiento social preventivo obligatorio

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(Nicolás Aboaf)
(Nicolás Aboaf)

La Corte Suprema de Justicia resolvió este viernes dictar una feria extraordinaria para todos los tribunales federales por "razones de salud pública” luego del decreto que dispuso “el aislamiento social, preventivo obligatorio” hasta el 31 de marzo inclusive, con la posibilidad de extenderlo si el Poder Ejecutivo así lo dispone.

La resolución dispuso que “la Oficina de Violencia Doméstica del Tribunal habilitará una dotación de personal suficiente para el desempeño de sus funciones”, reforzando la “participación remota de los profesionales para la atención de los casos que se presenten”.

La resolución fue firmada este viernes por el presidente de la Corte, Carlos Rosennkrantz, y los jueces Elena Highton de Nolasco y Horacio Rosatti. Según se explicó en la misma resolución, los jueces Juan Carlos Maqueda y Ricardo Luis Lorenzetti no firmaron por encontrarse “en uso de la licencia excepcional”, pero “han informado su conformidad con las medidas que se establecen en la presente” resolución.

La Corte habilitó también el “home-office”, en la medida en que sea posible, y dispuso que para el sistema acusatorio todas las audiencias sean por videoconferencia. En el mismo dispositivo, se ordenó que “todos los magistrados, funcionarios de todas las instancias, fueros y jurisdicciones de la justicia nacional federal deberán permanecer disposición de lo que puedan disponer las respectivas autoridades de superintendencia”.

La acordada hizo hincapié en que la Corte ya venía “adoptando acciones tendientes a enfrentar la crisis provocada por la pandemia del COVID-19 en consonancia con las disposiciones sancionadas por el Poder Ejecutivo Nacional”. Y recordó que el lunes pasado, mediante la Acordada 4/2020, “instrumentó una serie de medidas que conjugaron la prestación del servicio de justicia –indispensable aún en circunstancias como las presentes– con la protección de la salud de los empleados, funcionarios, magistrados, como así también del público en general que concurre los tribunales”.

La decisión del Ejecutivo del jueves por la noche implementa por decreto el aislamiento obligatorio para todos los argentinos, salvo para un grupo excepcional entre los que se encuentra el “personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes”.

“Que este Tribunal, como cabeza del Poder Judicial de la Nación, tiene la obligación de acompañar desde su ámbito las decisiones de las autoridades sanitarias competentes, quienes se encuentran en mejores condiciones de adoptar criterios plenamente informados en dichas cuestiones. A tales efectos, además de las que por su naturaleza exijan su urgente intervención, enfocará su accionar en las cuestiones sanitarias –individuales y generales– que se le planteen las sancionatorias de las conductas que desafían el sistema de prevención y mitigación dispuesto, que socavan la solidaridad que debe guiar la conducta de los habitantes de la Nación, sin excepción alguna”, se afirmó.

En ese marco, se dispuso la feria extraordinaria desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive “por las razones de salud pública referidas atento lo dispuesto en el Decreto de Necesidad Urgencia 297/2020- respecto de todos los tribunales federales nacionales y demás dependencias que integran este Poder Judicial de la Nación”.

El máximo tribunal planteó especial consideración en las áreas penales por cuestiones vinculadas a la privación de la libertad de las personas, violencia doméstica y los delitos contra la salud pública, “fundamentalmente las conductas que contravengan en sistema normativo de prevención y mitigación dispuesto por las autoridades nacionales competentes en el marco de la presente emergencia”. Pero también los “delitos migratorios, la interrupción de las comunicaciones, delitos vinculados con el aprovechamiento de la calamidad, habeas corpus, delitos contra las personas, contra la integridad sexual, contra la seguridad publica contra el orden público”.

Para las provincias donde rige el sistema acusatorio, la Corte estableció que “las audiencias deberán utilizar, en la medida de la disponibilidad, el sistema de videoconferencia”. Y para ello se le encomendó al Consejo de la Magistratura tomar las medidas necesarias para llevarlo adelante.

En materia no penal, la Corte hizo hincapié en los asuntos de familia urgentes, resguardo de menores, violencia de género y amparos, especialmente los que se refieran cuestiones de salud.

En su acordada, la Corte señaló que la superintendencia de cada fuero deberá determinar “las áreas, departamentos esenciales y el personal cuyos servicios resultan indispensables” . También dispuso habilitar “el trabajo desde sus hogares” con el fin de que “los magistrados, funcionarios, empleados que no sean convocados a prestar servicio en los tribunales de guardia puedan seguir prestándolo desde su domicilio, ello de acuerdo a lo que disponga el titular de la dependencia”.

Además, bajó a 60 años la edad de las licencias para los magistrados, funcionarios y empleados, por considerarlos grupo de riesgo, en sintonía con la disposición fijada por el Ejecutivo (antes era a partir de 65).

Por otra parte, se dispuso que la Obra Social del Poder Judicial “habilite una dotación de personal suficiente para asegurar la atención de las urgencias y del tratamiento de las enfermedades de alto riesgo, crónicas graves u oncológicas, o referidas a personas con discapacidad, así como la autorización de medicamentos de alto costo”.

Desde el 20 al 31 de marzo, la autoridad de feria en la Corte será el juez Rosenkrantz, junto al secretario Alejandro Rodríguez. La atención será de 9:30 a 13:30.

Comodoro Py

 Comodoro-Py-2002
Comodoro-Py-2002

En Comodoro Py, desde la Cámara Federal se resolvió restringir aún más el acceso al edificio después de la cuarentena obligatoria dispuesta el jueves por el Presidente. Lo hizo antes de la resolución de la Corte Suprema, en busca de limitar aún más la presencia y circulación de personal en el fuero “siempre garantizando la prestación mínima indispensable del servicio de Justicia por parte de las dependencias”.

Resolvieron así que al juzgado en turno con fuerzas de seguridad (hasta fin de mes el que está a cargo es el juez Luis Rodríguez con la fiscal Alejandra Mangano), “le corresponde dar trámite a los asuntos atinentes a personas privadas de libertad y los supuestos que se estimen no admiten demora siempre que estén enmarcados en la competencia de este fuero que deriven de la emergencia sanitaria, atendiendo al dinámico y excepcional contexto de aislamiento social preventivo y obligatorio”.

Dispuso además que para los otros juzgados hubiera solo “una guardia mínima limitada”, con el cierre de las mesas de entrada al público y la posibilidad de hacer tareas de forma remota.

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