El Tribunal Oral Federal 4 rechazó este viernes el arresto domiciliario del empresario Lázaro Báez, que había pedido irse a su casa por su estado de salud y el temor a contraer coronavirus.
Si bien negó el planteo de la defensa del empresario, el TOF encomendó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos “que se arbitren los medios necesarios para que la Dirección de Sanidad del Servicio Penitenciario Federal y el Complejo Penitenciario Federal n° 1 intensifiquen y refuercen el área sanitaria a fin de controlar y asistir de forma exhaustiva a aquellas personas que padezcan condiciones de salud preexistentes que puedan constituir grupo de riesgo a la luz del COVID-19; y extremen los controles preventivos y de protección sobre todo respecto del personal del S.P.F. y de aquellas personas que a otros fines ingresen a diario a las Unidades carcelarias”.
El miércoles pasado, el mismo tribunal, integrado por los jueces Guillermo Costabel, Jorge Gorini y Daniel Obligado, había rechazado la excarcelación, pero había dejado abierta la puerta al posible arresto domiciliario.
La defensa de Báez argumentaba que un posible contagio podría agravar su condición de salud ya que está dentro del grupo de riesgo por su edad –64 años– y arrastra enfermedades de base como diabetes, presión alta y arritmia.
Sobre la excarcelación, el tribunal sostuvo que la defensa no planteó “ninguna situación novedosa que imponga una nueva evaluación” de su detención. Los jueces señalaron que reiteró los mismos argumentos para pedir su libertad que ya habían sido rechazados en diciembre y enero pasado. No obstante, ordenó con “carácter urgente” al Cuerpo Médico Forense una junta para analizar el cuadro de salud de Báez tanto físico como psiquiátrico y que responda si ese estado de salud amerita un “tratamiento especial extramuros” y si la cárcel "puede conllevar un agravamiento de sus patologías. También le pidieron a los médicos que digan si la detención domiciliaria podría mejorar su estado y si es un paciente de riesgo ante el coronavirus.
Con esos resultados, los jueces rechazaron también la prisión domiciliaria. La resolución destaca que no hay casos positivos en el pabellón donde está alojado el empresario. “La mera invocación de la defensa de encontrarse su asistido dentro de la población de riesgo que al efecto determinaron las autoridades médicas internacionales, por sí misma, no puede constituir un argumento suficiente para modificar el estado de encierro en el que se encuentra el imputado Báez”, concluyeron los jueces.
Por eso, el empresario seguirá detenido en la cárcel de Ezeiza, donde se encuentra desde abril de 2016.
La defensa de Báez hizo el pedido de libertad y detención domiciliaria en la causa conocida como "M&P”, una empresa familiar a través de la cual Austral Construcciones emitió facturas por supuestos servicios que no se realizaron. En esa causa, el fiscal Guillermo Marijuán dictaminó por rechazar la libertad pero sí por otorgarle la prisión domiciliaria. El fiscal explicó que el Servicio Penitenciario Federal informó que Báez está bajo tratamiento y dentro del protocolo de emergencia pero entendió que por “la coyuntura extraordinaria mundial” y por la salud de Báez es “una de las personas que resultan incluidas en la población de riesgo a preservar especialmente frente al contagio del virus”.
Marijuán dictaminó a favor de la prisión domiciliaria con condiciones: que use una tobillera electrónica que controle sus movimientos, que tenga custodia policial, que esté aislado sin recibir visitas por la situación de emergencia y su cuadro de salud, entre otras.
En esta caso, el juez federal Sebastián Casanello rechazó la excarcelación pero le otorgó a Báez la domiciliaria porque no hay controversia entre la defensa y el fiscal. Sin embargo, no se hará efectiva porque se la negaron en otra causa.
Báez actualmente está siendo juzgado por la llamada “ruta del dinero K” y en el juicio ya tiene dos pedidos de condenas a nueve y ocho años de prisión por lavado de dinero. Esa causa fue la que lo llevó a prisión pero en la que ahora está excarcelado.