La Justicia de la provincia de Buenos Aires entró en una suerte de feria durante quince días frente a la pandemia del coronavirus. La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió este lunes disponer asueto en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, con suspensión de los términos procesales, desde hoy hasta el 31 de marzo. Y ordenó que durante esas dos semanas solo se brindará una prestación mínima del servicio de justicia, que se limitará a la atención de asuntos de urgente despacho o que por su naturaleza no admitan postergación.
Apenas unos minutos después, la misma decisión se tomó en la provincia de Córdoba. El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) dispuso un receso judicial extraordinario por razones sanitarias con la finalidad de evitar o reducir la propagación del coronavirus (COVID 19). Y aclaró que la medida tendrá la modalidad operativa de una feria judicial y se extenderá desde el martes al 31 de marzo, inclusive. Durante ese período se suspenden los plazos procesales y administrativos.
Ya hay siete provincias que dispusieron feria judicial en sus jurisdicciones durante quince días: Salta, Chaco, Entre Ríos, La Rioja, Río Negro y Tierra del Fuego.
La Justicia de Buenos Aires
La Corte de Buenos Aires firmó la resolución en donde no habló tecnicamente de feria, pero dispuso un asueto para el personal y la realización de las actividades mínimas en el servicio de justicia. La medida se tomó ante el carácter “extraordinario” que implica esta pandemia, para evitar o reducir la propagación del virus pero “garantizando una prestación esencial” del servicio de justicia.
“En atención a las circunstancias que a la fecha resultan de conocimiento público y de relevancia social e institucional, en esta instancia, se advierte la necesidad de acentuar las acciones instrumentadas y adoptar otras de carácter extraordinario y temporal, garantizando al propio tiempo la prestación indispensable del servicio de justicia”, afirmaron en la resolución.
En la misma resolución, la Corte provincial pidió a la Procuración General que adopte dentro del ámbito del Ministerio Público “las medidas que estime pertinentes”, en sintonía con esta resolución.
No es un dato menor: las causas penales están en manos de los fiscales, con la intervención de un juez de Garantías. Pero se descuenta que el procurador Julio Conte Grand se sumará a la medida. La resolución de la Corte bonaerense no solo lleva la firma de los ministros bonaerense -Eduardo De Lazzari, Hilda Kogan, Daniel Soria, Eduardo Pettigiani, Luis Genoud y Sergio Torres-, sino del jefe de los fiscales de la provincia.
Según expresó la Corte, se contempló que el actual estado de emergencia requiere preservar la salud del personal del Poder Judicial, como así también de todas las personas que concurren por cualquier motivo a las dependencias que lo integran.
En cuanto a la atención de los asuntos urgentes, se decidió que permanezcan habilitados exclusivamente los Juzgados y Tribunales en turno, incluyendo las sedes descentralizadas, funcionando con guardias mínimas, conformadas con el magistrado a cargo -en caso de Tribunales Colegiados al menos uno de sus integrantes-, un funcionario letrado y los agentes indispensables que el titular designe.
En los restantes organismos, se instruyó la permanencia del magistrado o un funcionario letrado en forma rotativa, sin la concurrencia del resto del personal, pero quedando a disposición del titular para el caso en que sea requerido. Dichos organismos prestarán la colaboración necesaria a la dependencia de turno, sin atención al público.
En la Suprema Corte de Justicia también habrá un sistema de guardias rotativas, con participación del titular o funcionario a cargo y la mínima cantidad de agentes de sus distintas secretarías y dependencias. Por su parte, en las Cámaras de Apelación deberán organizarse guardias para la atención de los asuntos urgentes, con presencia de los Jueces o Vocales y los agentes que determinen.
En cuanto a las Cámaras del Fuero Civil y Comercial se las autoriza a incorporar Juzgados de Familia adicionales a los de turno a fin de asegurar la debida prestación del servicio.
Una resolución anterior había dispuesto que se eximía de ir a trabajar a empleadas embarazadas o con cuadros delicados de salud. En ese grupo se incluyó a “quienes hayan cumplido 65 o más años de edad, personas con depresión inmunológica de cualquier origen, personas que padezcan diabetes, personas con insuficiencia renal, personas hipertensas o con patologías cardiovasculares, personas trasplantadas, personas con patologías oncológicas y personas con antecedentes de patología respiratoria crónica o cursando infecciones respiratorias”.
La Justicia de Córdoba
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) dispuso un receso judicial extraordinario por razones sanitarias con la finalidad de evitar o reducir la propagación del coronavirus (COVID 19). Y aclaró que la medida tendrá la modalidad operativa de una feria judicial y se extenderá desde el martes al 31 de marzo, inclusive. Durante ese período se suspenden los plazos procesales y administrativos.
Esta decisión fue adoptada por el Alto Cuerpo en base a las recomendaciones de las autoridades sanitarias y del equipo interdisciplinario convocado por la Administración General. La medida también había sido solicitada por la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia de Córdoba, Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial (Agepj), el Colegio de Abogados de Córdoba y otros operadores judiciales.
El viernes, el TSJC y la Fiscalía General estaba preparando un esquema de medidas destinadas a reducir la presencia de público en los tribunales provinciales como así también evitar la concurrencia masiva de ciudadanos a las diferentes sedes judiciales. El objetivo es buscar disminuir y evitar la propagación y el contagio del nuevo coronavirus (COVID-19) y otras enfermedades infectocontagiosas en los ámbitos judiciales.
La resolución también detalla que las personas que gocen de la licencia deberán cumplir sus tareas con la modalidad de teletrabajo, por medio del uso del portal de aplicaciones y el correo electrónico corporativo del Poder Judicial. Asimismo, se informó que estos agentes deberán permanecer en sus domicilios particulares declarados, ya que podrán recibir la visita de los médicos del Poder Judicial. El incumplimiento de dicha disposición implica una falta grave.
Entre los fundamentos de la resolución, se explica que el riesgo que genera el avance de la pandemia que padece la población mundial (Covid19) “obliga a intensificar los esfuerzos institucionales en aras de la preservación de la salud de la población en general y de la planta laboral del Poder Judicial.