La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas de 3 años de prisión en suspenso impuestas a Alejandro Bofill, Eduardo Tesoriere y Juan Andrés Vlastó por el delito de defraudación contra la administración pública. Por unanimidad los jueces Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos rechazaron los planteos de prescripción hechos por los defensores de los condenados en la causa Tandanor. En una intervención anterior, con una mayoría integrada por el voto del juez Hornos, el tribunal revocó el sobreseimiento de los imputados, decisión que luego fue confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el año 2013.
En esta causa se juzgó una maniobra de defraudación que sufrió el Estado nacional como consecuencia de la venta irregular del 90 por ciento de las acciones de Talleres Navales Dársena Norte SACIyN (Tandanor) durante el proceso de privatización. Esta operatoria acarreó un perjuicio a las arcas públicas por una suma superior a los 53 millones de dólares.
La maniobra investigada se desarrolló entre los años 1991 y 2001 y contó con la participación de funcionarios públicos y particulares en acciones previas al proceso de adjudicación. Tandanor fue incluida en el grupo de empresas a privatizar cuando no se trataba de una firma deficitaria, se provocó su vaciamiento patrimonial una vez intervenida y a través de la utilización de contactos políticos se direccionó una licitación en favor del consorcio que finalmente la adquirió en desmedro de los otros oferentes.
Una vez privatizada se cambiaron las condiciones de pago en favor del adquirente y en perjuicio del Estado. Tampoco se adoptaron medidas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones asumidas por la empresa favorecida ni para resguardar el patrimonio de Tandanor hasta completar los pagos. Finalmente, los adquirentes lograron la apropiación de la Planta I de la empresa privatizada con el objetivo de concretar un negocio inmobiliario.
Además, la Sala IV de la Cámara de Casación confirmó la inmediata restitución al Estado nacional del inmueble de 8 hectáreas y media que Tandanor tenía en Puerto Madero, en lo que constituye el decomiso más importante de la historia judicial argentina.
El 30 de marzo de 2007, el presidente Néstor Kirchner reestatizó Tandanor por decreto y anuló la privatización realizada en la década anterior. Los empleados del astillero, en recompensa por sus esfuerzos para mantener en actividad la empresa, recibieron el 10% de sus acciones.
En esta oportunidad, la Justicia, también por mayoría, rechazó los recursos de las partes acusadoras (Ministerio Público Fiscal y querellantes) que cuestionaron las absoluciones por prescripción de la acción penal decretadas respecto de Gerardo Norberto Donato, Nachat Samman y Miguel María De Larminat. En tal sentido, se entendió que había operado el plazo prescriptivo computable a su respecto.
Por su parte y en disidencia, el el juez Hornos entendió que el delito juzgado no prescribió, en tanto el plazo respectivo fue interrumpido por los actos sustanciales obrados en el proceso, además de considerar que son imprescriptibles por configurar un grave delito doloso contra el Estado que conllevó enriquecimiento, como lo dispone el artículo 36 de la Constitución Nacional. En función de ello, votó por hacer lugar a los recursos del Ministerio Público Fiscal y de las partes querellantes y condenar desde la instancia de casación a los mencionados Donato, Samman y De Larminat.
Asimismo, el juez Hornos –en minoría– propuso revocar la absolución de Omar Calculli, quien intervino en los hechos de fraude al Estado nacional como apoderado del Banco Holandés Unido, y que sea condenado como partícipe necesario.
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