Paridad de género: la Justicia Electoral resolvió los reemplazos de Guillermo Montenegro y Felipe Solá en la Cámara de Diputados

Ingresarán las candidatas que seguían en la lista de las elecciones legislativas del 2017. Los candidatos hombres debajo de ellas habían apelado en base a la Ley sancionada posteriormente. Adriana Cáceres irá al bloque del PRO y Liliana Schwindt al del Frente de Todos

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La Cámara de Diputados (Gustavo Gavotti)
La Cámara de Diputados (Gustavo Gavotti)

La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió la disputa judicial sobre los reemplazos en la Cámara de Diputados de la Nación a partir de las vacancias generadas por la elección de Guillermo Montenegro (Cambiemos) como intendente de Mar del Plata, y la asunción de Felipe Solá como canciller y de Daniel Arroyo como ministro de Desarrollo Social.

El máximo tribunal electoral del país confirmó el fallo de primera instancia que le hizo lugar a los planteos de las candidatas mujeres que seguían en la lista que se presentó en las elecciones legislativas de 2017. Así, ocuparán esas bancas Adriana Cáceres, militante del PRO que se sumará a la esa bancada como parte del interbloque de Juntos por el Cambio, y Liliana Scwindt, que le adelantó a Infobae se integrará al bloque del Frente de Todos.

La disputa se había generado por las distintas lecturas sobre el criterio que debía aplicarse para la elección del reemplazo: el de corrimiento por la ley de Cupo -que fijó listas integradas por dos hombres y una mujer en forma correlativa-, o el reemplazo por el mismo género según la ley de Paridad sancionada con posterioridad a esa elección.

Adriana Cáceres ingresará como diputada en reemplazo de Montenegro, según dispuso la CNE
Adriana Cáceres ingresará como diputada en reemplazo de Montenegro, según dispuso la CNE

Si bien Cáceres y Schwindt reclamaron la banca por ser las que seguían en la lista del 2017 -cuando aún no había ley de Paridad de Género que fijó un 50% de integrantes mujeres en las listas-, los candidatos hombres que las sucedían -Marcelo Osmar Del Sol (del PRO) y Marcelo “Oso” Díaz (del GEN), respectivamente- apelaron los fallos del juez federal electoral Adolfo Ziulu. Argumentaron que los reemplazos debían ser por “el mismo género”, dado que al momento de producirse las vacancias, regía ya la ley de Paridad.

Oriunda de Olavarría, Schwindt fue diputada nacional del Frente Renovador y en la elección de 2017, integraba la boleta de 1País que encabezaba Felipe Solá. En las últimas elecciones, la dirigente fue de candidata en tercer lugar en la boleta de Consenso Federal, que encabezó Rodolfo Lavagna para presidente, pero no llegó a entrar. Con su decisión de sumarse ahora cuando jure al Frente de Todos, el bloque del Frente de Todos incorporará una integrante más. De haberle dado la Justicia la razón a Díaz en su apelación al fallo de Ziulu, este hubiera permanecido en la oposición, según le dijo a Infobae el dirigente del partido de Margarita Stolbizer al ser consultado por el fallo.

Para el camarista electoral Alberto Dalla Vía y el camarista en lo Contencioso Administrativo Guillermo Antelo -quien fue convocado para resolver la falta de consenso entre los dos únicos integrantes actuales de la CNE-, ninguna norma puede aplicarse retroactivamente, excepto que lo establezca en forma expresa. Por lo tanto, ambos jueces coincidieron en que no puede regir para el reemplazo una norma que no estaba vigente al momento de la elección del 2017, ya que la ley de Paridad fue sancionada en diciembre de 2017, con posterioridad a los comicios de ese año.

“A los fines de salvaguardar la decisión de la soberanía popular y los derechos de participación política de los legisladores involucrados”, la vacante producida por la renuncia de Montenegro debe ser ocupada por Cáceres, “bajo los términos de la normativa vigente al tiempo de la elección”.

Y agregaron: “Es clara la inaplicabilidad al caso de la ley de paridad (ley n° 27.412) a una lista que fue conformada bajo otro régimen de cupo o cuota femenina (ley n° 24.012), más allá de que ambos regímenes apunten a una finalidad en común, la mayor participación política de la mujer”, sostuvieron en el fallo al que tuvo acceso Infobae.

Voto propio de Corcuera

Para el otro integrante de la CNE, Santiago Corcuera, sí debe aplicarse la ley de Paridad pero con una interpretación de “acción afirmativa" en beneficio de las mujeres. Es decir, para que no se dé la paradoja de que la ley que tutela a las mujeres termine perjudicándolas.

En opinión de Corcuera, no de trata de una aplicación retroactiva de la norma, sino “inmediata” al momento que se produce la renuncia, cuando ya está en vigencia la ley de Paridad. “El hecho de que se hubiera llevado adelante la elección, sus etapas previas y el escrutinio, bajo un determinado régimen normativo, no obsta a que con la dimisión de uno de los diputados electos se configure una situación jurídica diferente, que se rige por la legislación vigente al tiempo de su acontecimiento”, sostuvo en su voto", sostuvo.

Sin embargo advirtió que la ley de Paridad fue sancionada en beneficio de las mujeres, por lo que no debería aplicarse para perjudicarlas. “La aplicación literal del reemplazo por género a una lista que no fue conformada con la fórmula de paridad que prevé el nuevo sistema (50% mujeres y 50% varones) supondría la paradoja de que una norma sancionada en su favor se aplicara en su perjuicio”, afirmó.

“La aplicación literal y directa de la pauta de sustitución por personas del mismo género conduce en este singular caso, a una solución contradictoria con la finalidad de la propia ley, que no es otra que la protección de la mujer en cuanto a las oportunidades efectivas de acceder a cargos públicos electivos, e importaría resguardar a otro grupo (el de hombres) que no es el que tradicionalmente se ha encontrado en una condición real de inferioridad y que no ha sido el que ha guiado al legislador al momento de su sanción”, ahondó en su voto.

Los camaristas electorales Santiago Corcuera (izq) y Alberto Dalla Via, con posiciones diferentes sobre la temporalidad de la ley a aplicar  (Maximiliano Luna)
Los camaristas electorales Santiago Corcuera (izq) y Alberto Dalla Via, con posiciones diferentes sobre la temporalidad de la ley a aplicar (Maximiliano Luna)

Según una fuente judicial, Corcuera realizó así “una interpretación durante la transición hasta que ya no haya más reemplazos por legisladores que ingresaron con ley de cupo”. En este sentido, advirtió, "la ley de Paridad no tenía cláusula de cómo debía aplicarse en los reemplazos durante la transición, hasta que se complete el mandato de los legisladores elegidos por el anterior sistema de confección de las listas”. La ley de cupo fijaba un piso de un tercio de mujeres en las listas, lo que implicaba en la práctica que hubiera una mujer recién cada dos hombres. Este sistema permitió un mayor ingreso a la Cámara de diputados varones que mujeres.

Festejo de las candidatas mujeres

“Quiero celebrar este proceso que duró tres meses ya que finalmente voy a ocupar la banca que por derecho me correspondía, luego de que fue ratificado en dos instancias por la propia Justicia. Lo veo como una victoria en lo personal, pero también de todo el colectivo de mujeres que me acompañó en cada uno de los momentos y procesos, a través de los amicus curiae (amigos del tribunal) que presentaron, con argumentos distintos, para apoyar mi pedido de declaración de certeza”, le dijo Cáceres a Infobae.

Hay un compromiso del colectivo de mujeres, mas allá de las ideología que cada una tenga, para aumentar la participación real de las mujeres en la política. Y es lo que vino a buscar la ley de Paridad”, agregó la ex directora del Instituto Nacional de la Juventud durante el gobierno anterior y secretaria general del PRO en Pilar.

Liliana Schwindt ganó su planteo ante la Justicia y se sumará al bloque del Frente de Todos
Liliana Schwindt ganó su planteo ante la Justicia y se sumará al bloque del Frente de Todos

Schwindt también celebró el fallo de la CNE. “La Justicia no le dio lugar a los hombres que hicieron un planteo que era una locura. No sólo lamento que el “Oso” Díaz haya apelado la decisión del juez de primera instancia, sino también un partido que se dice progresista como el GEN, invocando la paridad, sabiendo que hoy no hay paridad real dentro de la Cámara de Diputados”. sostuvo.

Ante la consulta de Infobae, Díaz afirmó que respetará el fallo de la Justicia y que no va a apelar. “Fui a la Cámara porque había criterios distintos. En 2018, (la jueza maría) Servini había resuelto que regía la ley de Paridad para el reemplazo de Anabella Hers, y la reemplazó una mujer en lugar del hombre que la seguía en la lista. Y luego el año pasado, el juez Ziulu falló distinto. Si ahora la Cámara definió con una mayoría de dos a uno que rige la ley al momento de la elección, lo voy a aceptar y no voy a apelar. Así lo dije con anterioridad en mi cuenta de twitter".

En el caso de Del Sol, su abogada Nuria Drandek, le dijo a Infobae que “aún no decidieron si van a apelar el fallo o no".

El reemplazo de Carrió con interrogantes

El fallo de la CNE -que ante la relevancia del tema y la falta de consenso entre sus dos integrantes, requirió convocar a un tercer juez para resolverlo- despierta un interrogante sobre qué pasará a futuro con el caso del reemplazo de la diputada Elisa Carrió a partir del 1º de marzo.

La jueza Servini decidió en diciembre pasado que la banca de la fundadora del ARI correspondía a Patricia Holzman, en lugar de a José Luis Patiño -un hombre cercano al ex presidente de la Cámara Emilio Monzó- que estaba arriba de Holzman en la lista del 2017. Patiño apeló la decisión al considerar el fallo de la jueza electoral de la Capital Federal como “manifiestamente arbitrario y antijurídico, violatorio de sus legítimos derechos políticos, de la garantía de igualdad ante la ley, y de su defensa en juicio”, sosteniendo la inaplicabilidad de la ley de Paridad a su caso.

¿Qué va a hacer la Cámara Electoral ahora con el reemplazo de Carrió, a quien la seguía un hombre, y Servini falló que debía reemplazarla una mujer? Ahora, dos de los camaristas dijeron que regía la ley al momento de la elección", advirtió Díaz ante Infobae.

En su fallo de mayoría, los camaristas Dalla Via y Antelo, advirtieron que debería contemplarse el reemplazo por el mismo género, a futuro, una vez alcanza la igualdad en la representación femenina en Diputados: “La ley de cupo N° 24.012 fijó quienes, en condiciones generales, debían ocupar las vacantes en caso de producirse, sin importar su género, dado que el orden establecido no era en forma alternada un hombre y una mujer, como si lo establece la ley de paridad N° 27.412. De ahí, que sea razonable que una vez lograda la paridad el nuevo régimen establezca para el caso de sustitución de un legislador uno de igual género”.

Y dejaron asentado que “la postura de este Tribunal está claramente definida a favor de la participación igualitaria y sin discriminaciones fundadas en meros prejuicios entre varones y mujeres, contenidos en la Constitución Nacional (art. 16, 37, 75 inc. 23) y en los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional (art. 75. Inc. 22), tal como se ha explicitado en un sinnúmero de pronunciamientos que sobre el tema ha dictado como garante del cumplimiento de las medidas que procuran la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios”.

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