El fiscal federal Jorge Di Lello le pidió a la jueza María Servini que sobresea a los líderes de La Cámpora, encabezados por Máximo Kirchner y Eduardo “Wado” De Pedro por el dinero que recibió la agrupación kirchnerista que habría salido de la recaudación de los cuadernos. El fiscal con competencia electoral no solo atacó la acusación que tuvo inicialmente el juez Claudio Bonadio sino que disparó contra la declaración del ex secretario de Obras Públicas kirchnerista José López. En ese contexto, Di Lello cuestionó que las declaraciones de los arrepentidos en el expediente cuadernos no se hubieran filmado, como debatieron los legisladores durante la sanción de la ley, y habló de las fotocopias, más allá que ahora habrían aparecido seis de los ocho cuadernos originales del chofer Oscar Centeno.
Según el dictamen al que accedió Infobae, Di Lello afirmó que el hecho y la prueba para el hijo de la ex presidenta y el resto que le llegaron como un desprendimiento de la causa de los cuadernos “resultan imprecisos y vagos, contraponiéndose con el derecho de defensa en juicio” y “en un Estado de derecho, una investigación no puede llevarse a cabo bajo cualquier circunstancia, sino que tiene que desarrollarse de conformidad con las reglas procesales vigentes”. Ahora la jueza Servini deberá resolver si hace lugar al dictamen y sobresee a los implicados por la supuesta recepción de fondos ilegales para uso político.
Hace un año, Bonadio llamó a declarar a Máximo Kirchner y otros dirigentes de La Cámpora, José Ottavis, Eduardo De Pedro y Andrés Larroque, al acusarlos de integrar la asociación ilícita. También a los intendentes Enrique García y Ricardo Ivoskus, y el empresario Sergio Szpolsky. Fue a raíz de lo que decía un pendrive que se encontró en la casa de un secretario del ex jefe de Gabinete Juan Abal Medina y la declaración como “arrepentido” de José López –ex secretario de Obras Públicas– en torno al dinero que recibió La Cámpora para financiar la campaña y distintas actividades que habría salido de la recaudación ilegal de los viajes de Centeno.
De Pedro –hoy mencionado como un futuro ministro del Interior para un posible gobierno de Alberto Fernández- y Julián Alvarez recusaron a Bonadio porque ambos habían impulsado investigaciones en su contra cuando formaron parte del Consejo de la Magistratura. Pero Alvarez citó además una denuncia que Bonadio radicó en su contra. En ese contexto, Bonadio apartó del caso de los cuadernos a los referentes de La Cámpora, los dos intendentes y Spolsky por entender que no formaba parte directa del expediente. El caso estuvo en manos del entonces juez Sergio Torres, que después lo derivó al fuero electoral. Hace dos meses, cuando Bonadio elevó la causa de los cuadernos a juicio oral, sobreseyó a Maximo Kirchner y el resto por la asociación ilícita y las coimas.
Pero el caso siguió su curso en la justicia electoral (no penal) para analizar el financiamiento de La Cámpora entre 2011 y 2015. Y ahora el fiscal Di Lello pidió sobreseer a todos los involucrados, previa nulidad de sus indagatorias.
La acusación
Di Lello sostuvo que “de la simple lectura” de la acusación “carece de las precisiones necesarias en cuanto, como se señaló, a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que habrían ocurrido los episodios investigados, extremos imprescindibles para que los imputados puedan defenderse adecuadamente, refutando las afirmaciones allí contenidas y ofreciendo la prueba que consideren idónea para otorgar sustento a su versión de los hechos, siendo necesario conocer con precisión de que se los acusa. Y agregó que a Máximo Kirchner y al resto “se les hizo saber un sinnúmero de elementos probatorios descriptos en el acta, de forma tal que resulta prácticamente imposible delimitar cuáles se refieren a la imputación relacionada con los aportes de campaña
Los dichos de López
“La prueba de cargo que justifica la incriminación en la causa 9608/18, y que resulta el puntapié para llegar al testimonio de José Francisco López, en los términos de la ley 27.304, debió ser un hecho comprobable empíricamente, al que se le permita atribuir una consecuencia jurídico-penal, al menos provisional en la instancia analizada”. Y añadió: “sin embargo, en los hechos, la prueba de cargo resultó ser un relato escrito en unos cuadernos cuya materialidad es ontológicamente inexistente, los cuales nunca estuvieron en poder del Tribunal, pero sus fotocopias se convirtieron en un elemento histórico incontrovertible para el avance de la investigación”. Por eso, dijo Di Lello, resultan "insuficientes para ser valorados y para proceder en estos actuados”.
La falta de registros de arrepentidos
Di Lello hizo hincapié en que la ley del imputado colaborador establece que debe registrarse la declaración resguardada y resaltó que “el registro por el medio técnico guarda vital importancia para evaluar las manifestaciones del arrepentido en el tiempo y contexto en el cual se refieren”. Y buceó en el debate de la ley del arrepentido en el Congreso para subrayar que “lo que el legislador estableció fue, primero, tener un registro por un medio independiente del sumario, y segundo, al hablar del medio técnico entendió necesario, que un soporte de las características referidas contuviera la declaración filmada o grabada.”
Las fotocopias
En un capítulo de su dictamen que llama “causas conexas”, Di Lello repasa el inicio de la investigación del caso cuadernos, con la declaración del periodista Diego Cabot en la fiscalía de Carlos Stornelli, el inicio de las primeras diligencias, el momento en que se le informó del tema al juez Bonadio y luego la forma en que se dictaron conexidades con el caso cuadernos y otras causas que ya existían en el fuero. “La alusión al comienzo de la causa no es casual, sino que se enmarca dentro del análisis global que realiza esta parte sobre las cuestiones que dieron inicio y sustento a las presentes actuaciones –afirmó Di Lello-. Corresponde estudiar con la prudencia y precisión jurídica que requieren estas cuestiones, la admisión de que una investigación se funde en elementos probatorios cuya comprobación fáctica resulta imposible, al menos hasta ahora”.
Copias y originales
Tras hacer repasar que “las fotocopias de los cuadernos motivaron allanamientos y detenciones a partir de la información que aparecía en ellos”, Di Lello hizo hincapié en el “sumo detalle y sin errores de ortografía de Centeno” y la imposibilidad de peritar los cuadernos “a fin de probar que las anotaciones fueron efectuadas en los momentos que indica el Sr. Centeno, ni tampoco se pudo conocer con exactitud si las fotocopias representan la totalidad de los manuscritos del mismo”. Precisamente, en la tarde del miércoles, Cabot entregó unos cuadernos a Stornelli que le habían llegado a sus manos y que, a simple viste, parecerían ser seis de los ocho originales. Di Lello dijo en su escrito a Servini: “La sorpresiva y reciente aparición de los que, aparentemente, serían los originales de 6 cuadernos, no generan tampoco la certidumbre necesaria para su valoración en estos actuados, toda vez que su presunto autor, como se ha referido, manifestó haberlos quemado, y todavía no se ha podido establecer su autenticidad y valor probatorio conforme las pautas del proceso penal respecto a las pruebas documentales”.