Santiago Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017. Su cuerpo fue encontrado el 17 de octubre en el río Chubut, a unos 7 metros de la costa. A partir de los resultados de la autopsia, en noviembre de 2018, el juez federal de Rawson Gustavo Lleral cerró los dos expedientes que se habían abierto a partir de su desaparición. Según sostuvo en aquel fallo, quedó acreditado que las causas de la muerte fueron "asfixia por sumersión coadyuvado por hipotermia".
El juez aclaró que si bien la autopsia no pudo precisar la data de muerte, todo el material probatorio complementario obliga a tener que dar por probado que Maldonado falleció el 1 de agosto, fecha en que desapareció.
En el fallo de hoy, los integrantes de la Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia tomaron distancia de esa conclusión. Sostuvieron que si bien todo parecería indicar que la muerte se produjo por "asfixia por sumersión" y "el cuerpo habría permanecido desde su desaparición en el medio acuático", es necesario "despejar cualquier duda razonable y favorecer el derecho a la verdad".
En esa línea de investigación, la Cámara descartó que haya existido el delito de desaparición forzada de persona, pero dejó abierta la posibilidad de que uno o más gendarmes –como así también algún miembro de la comunidad mapuche- hayan abandonado al joven artesano en las aguas del río Chubut. Por eso, ordenó una serie de medidas tendientes a precisar cómo y cuándo ocurrió la muerte de Santiago Maldonado.
A partir de los resultados de la autopsia, los camaristas sostuvieron: "Advertimos y las partes también lo hacen -pese a la participación de sus propios peritos- la existencia de ciertos puntos del informe pericial que merecen mayor explicación o su eventual ampliación, en aras a despejar cualquier duda razonable y a favorecer el derecho a la verdad".
Y solicitaron nuevas medidas para precisar cuál fue la fecha exacta de la muerte, cómo se explica la presencia de polen en las ropas, ampliar el informe sobre la existencia de microalgas y realizar pericias sobre el bastón y los billetes que llevaba Maldonado.
"Sabido es que el diagnóstico de la data de muerte y el tiempo de permanencia del cadáver en el agua, constituyen puntos para los que la medicina forense no dispone de respuestas concretas. Los cambios derivados de la putrefacción cadavérica están condicionados por la temperatura del agua y los fenómenos destructivos se enlentecen cuando la muerte se produce en temperaturas bajas", explicaron en el fallo.
Y agregaron: "Las controversias que genera la data de la inmersión y la muerte son reconocidas por la comunidad científica y los mismos peritos se encargaron de sostener que estimar el tiempo de la muerte no es una ciencia exacta y tales datos solo pueden ser determinados por aproximación alcanzando una suposición razonable. De todos modos la estimación del intervalo de tiempo de permanencia del cuerpo en el agua, fue establecido por aproximación en más de 53 días, de más de 60 días, o de más de 73 días, de acuerdo al método científico empleado, periodos que corroboran la hipótesis de su fallecimiento el mismo día en que fue visto por última vez".
Para concluir: "Teniendo en cuenta que el 12 de diciembre de 2017 el equipo de antropología forense con participación de la unidad de criminalística móvil realizó una inspección ocular exhaustiva en el lugar del hallazgo, corresponde solicitar a los peritos intervinientes que indiquen si a partir de los datos que pudieran surgir de tal relevamiento en el lugar del hecho es factible realizar una aproximación más cercana a la data de la muerte de Santiago Maldonado".
Al referirse puntualmente a las lesiones que presentaba el cuerpo de Maldonado cuando fue encontrado, los camaristas señalaron que "deberá determinarse la posibilidad de dilucidar qué tipo de depredador pudo haber producido tales lesiones y eventualmente la data de su producción".
Con respecto a la presencia de polen en las ropas del tatuador, los camaristas anticiparon que convocarán a la licenciada en Geología y Palinología Leticia Povilauskas para que brinde detalles sobre sus conclusiones. "Bajo ningún punto de vista los granos de polen encontrados en las muestras peritadas, puedan permanecer adheridos a las prendas anteriormente citadas, sumergidas en el lugar del hecho descripto por un período de tiempo prolongado, teniendo en cuenta la mínima velocidad que pueda tener la corriente de flujo del río, la energía presente en el medio acuático y la cantidad de oxígeno removido en el lecho. Todas estas condiciones hacen que el polen se desprenda fácilmente de las ropas, sobre todo en materiales de nylon tipo impermeable como es el caso del pantalón, en el cual se detectó gran cantidad de palinomorfos. Lo que significa que en un lapso de tiempo no mayor a 20 – 30 días, no estaríamos en presencia de granos adheridos a las ropas…", explicó.
También solicitaron que se realicen pericias al bastón metálico retráctil hallado junto al cuerpo de Maldonado y a los billetes que llevaba encima "a efectos de determinar el tiempo que permanecieron sumergidos".
Los camaristas insistieron en la necesidad de "reconstruir con la mayor exactitud y prontitud las circunstancias que rodearon" la muerte de Maldonado. A raíz de esto, anticiparon que "ordenaremos se disponga la realización de la reconstrucción virtual del escenario de los hechos en tres dimensiones, con realidad aumentada, a partir de los datos objetivos colectados en la investigación".
"Tal herramienta posibilitaría a partir de las evidencias obrantes en autos la reconstrucción del escenario del suceso, y la realización de una recreación fundada de los hechos con los personajes que estuvieron en el lugar. De ser factible su instrumentación con los elementos obrantes en autos, podría efectuarse una representación de lo ocurrido de manera interactiva, a efectos de determinar las distintas variables según el lugar en el que se coloquen los intervinientes, permitiendo así verificar eventualmente cuál pudo haber sido el campo visual de quienes percibieron que Santiago Maldonado se encontraba agazapado en el río", puntualizaron.
Para reconstruir los momentos previos a la desaparición de Maldonado, también "reeditar con las garantías de ley la declaración de Lucas Pilquiman (más conocido como el testigo E), con presencia de las partes y registro audiovisual de tal actuación", situación que no ocurrió en primera instancia.
Al revocar el fallo de Lleral, los camaristas concluyeron que la decisión de archivar la causa "luce prematuro ante la existencia de medidas probatorias que posibilitarían dilucidar de manera más precisa la real ocurrencia de los hechos". Eso es precisamente lo que deberá hacer ahora el juez.