Elevaron a juicio oral la primera causa por los negociados de la constructora Odebrecht en Argentina

La decisión fue adoptada por el juez Daniel Rafecas. Es por los gasoductos del Norte y del Sur. De Vido y Cameron están entre los acusados

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Cameron y De Vido, dos
Cameron y De Vido, dos de los enviados a juicio oral (NA)

Una de las causas por los delitos que cometió en el país la empresa brasileña Odebrecht fue enviada a juicio oral. Se trata del expediente por las irregularidades en la construcción de dos gasoductos por los que serán juzgados el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido y el ex secretario de Energía Daniel Cameron, entre otros.

Fuentes judiciales informaron a Infobae que el juez federal Daniel Rafecas dio por cerrada la investigación y dispuso que el expediente pasara a instancia de juicio oral. Mañana se sorteará el tribunal oral que intervendrá en el caso.

Esta es la primera causa de Odebrecht que pasa a juicio. También se investiga a la empresa por las irregularidades en la construcción del soterramiento del Sarmiento y de dos plantas potabilizadoras.

Junto con De Vido y Cameron serán juzgadas otras cuatro personas. Los otros acusados son Bautista Marcheschi y Cristian Alberto Folgar, subsecretario de Energía y director suplente de CAMMESA, respectivamente; y los representantes de CAMMESA Luis Beuret y Julio Bragulat. Están acusados del delito de negociaciones incompatibles con la función pública.

El caso de corrupción de
El caso de corrupción de la empresa brasileña

La acusación es porque los funcionarios desde el Estado favorecieron de manera irregular a las empresas CAMMESA y Odebrecht con los contratos para la ampliación de los gasoductos TGS y TGN por 2.300 millones de dólares. Según la investigación en el Ministerio de Planificación Federal, se plasmó una licitación privada a medida de los intereses de Odebrecht y se modificaron las reglas vigentes hasta ese momento.

El juez Rafecas procesó a los acusados, lo que fue confirmado por la Cámara Federal. La defensa de De Vido intentó evitar la elevación a juicio del caso y pidió su nulidad. Pero la Cámara rechazó esta semana el planteo.

"Aquí la discusión es distinta: se trata de definir si la forma en que las partes acusadoras ejercen su facultad de requerir es pasible de nulidad y, en esa tarea, no basta con no coincidir con sus elecciones, porque eso no es revelador de un proceder inválido. Eventualmente, si el fiscal y las querellas lo promueven, podrán o no ampliar sus acusaciones a partir de cuanto surja del devenir de aquella porción de la investigación que continúa en sede instructoria. Claro que, si se llegase a determinar que se trata de hechos inescindibles que formaron parte de una maniobra global, lo relevante pasa por que sean analizados en un único juicio, transcurridos los pasos procesales pertinentes", afirmó el fallo firmado por los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia.

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