
Elisa Carrió suele despotricar contra varios ex funcionarios kirchneristas y Ricardo Echegaray, el ex jefe de la AFIP que la semana pasada se sentó por primera vez en un banquillo de los acusados, es uno de sus preferidos. En el 2008, lo acusó de ser "el ejecutor de la peor política de persecución". En el 2013, funcionarios de la AFIP hicieron un procedimiento en un lote de Exaltación de la Cruz que la entonces diputado había comprado.
Precisamente, el juez federal Daniel Rafecas investiga la presunta utilización de la AFIP en maniobras de desprestigio a opositores políticos, en este caso, teniendo como víctima a Carrió. Y hoy el juez procesó a dos altos funcionarios del organismo, Fidel Chiapperi -Jefe de la Dirección Regional Centro de la AFIP-, y Roberto Mazal -Jefe de la División Jurídica de dicha Regional-, por considerarlos autores penalmente responsables del delito de abuso de autoridad. Los embargó además por $250.000.
En su fallo, Rafecas apuntó hacia arriba: citó a prestar declaración indagatoria a quien fuera el superior jerárquico de ambos, Fabián Di Risio, quien ocupaba el cargo de Subdirector General de Operaciones Impositivas Metropolitanas. Lo convocó para el 13 de junio próximo. En la causa ya estaba procesado otro alto funcionario del organismo, Germán Bravo. Por ahora, no hay más imputados.

En su resolución, a la que accedió Infobae, Rafecas entendió que existió un operativo de la AFIP fue exagerado y desviado de su función "con el único fin de utilizar el poder de policía del organismo para una campaña de desprestigio de una opositora política en plena etapa pre-electoral de las elecciones de medio término a fines de 2013".
La investigación en la AFIP se originó a partir de una noticia publicada el 25 de mayo de 2013 en la Revista Veintitrés, titulada "La nueva casa de Lilita", que puso en tela de juicio la compra por parte de Elisa Carrió de un terreno en el complejo habitacional "Chacras de la Cruz", y la posterior construcción de un inmueble en aquel predio. A partir de la noticia, se desencadenó en forma inmediata un operativo de la AFIP que apuntó a involucrar a Carrió en una supuesta investigación impositiva, al desplegarse un allanamiento en el barrio de chacras donde aquella había adquirido un lote, procedimiento del cual participaron altos funcionarios (como Mazal y Bravo) y unos treinta agentes del organismo.
Según se desprende del fallo, Rafecas dio por probado que Chiapperi le ordenó a Mazal y a Bravo llevar adelante el trámite exprés en contra de Carrió. También que Mazal, en persona, viajó a la localidad de Campana junto con su subordinado Bravo para gestionar personalmente la obtención del allanamiento. Ambos participaron del procedimiento. Una de los puntos más cuestionados en la resolución es que el allanamiento fue pedido por la AFIP en un juzgado que no era el competente, a raíz de una actuaciones armadas en las 48 horas previas, y por razones muy escasamente fundadas.
"Chiapperi, Mazal y Bravo utilizaron abusivamente su autoridad, excediéndola maliciosamente para fines ajenos a los de su investidura funciona", dijo el fallo. Y añadió que "los tres imputados, acorde al detalle cronológico de los sucesos investigados, estaban plenamente al tanto de que todo su proceder estaba encaminado a lograr que el allanamiento de los lotes mencionados del 'Club de Campo Chacras de la Cruz' e incentivar con ello una campaña de desprestigio contra la doctora Carrió, previo a las elecciones legislativas nacionales de medio término".

En ese sentido, Rafecas detalló que "diversos han sido los testimonios recabados que demuestran a las claras que desde los inicios mismos de la investigación llevada adelante con relación al a empresa Urbanland Argentina SA se sabia en el órgano recaudador que la misma tenía algún tipo de vinculación con Elisa Carrió. Tanto es así que el motor de la investigación de aquella contribuyente fue ni mas ni menos que una publicación periodística, que lejos de hacer mención a las presuntas irregularidades tributarias que atravesaba la firma se refería, en esencia, a la compra que la Dra. Carrió había realizado a dicha empresa en el mencionado barrio privado".
"De ahí que los imputados estaban plenamente al tanto de la finalidad arbitraria del accionar de la AFIP a ese respecto y en tal sentido prestaron voluntariamente las funciones que les eran propias e inherentes a sus cargos, en aras de procurar aquel objetivo, en un claro ejercicio abusivo de sus facultades que la ley les confería, excediéndolas maliciosamente para fines ajenos a los de sus investiduras funcionales", afirmó.
El juez destacó que la causa se cerró porque no encuadraba bajo la figura de la ley penal tributaria, pero el operativo en Exaltación de la Cruz tuvo amplia repercusión en algunos medios de comunicación.
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