Fernando Lima: "Un juez que no tiene límites puede causar mucho daño"

El juez de la Cámara de Apelaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Fernando Lima, visitó el estudio de Infobae y fue entrevistado por la doctora Marcela Losardo en el ciclo Justicia Abierta. El magistrado hizo hincapié en la autonomía del Poder Judicial en el ámbito de la ciudad y en las decisiones de los jueces, que muchas veces, ejercidas por los integrantes de los distintos tribunales, pueden causar mucho daño. Además manifestó que la suma del poder público es perjudicial en cualquier Poder del Estado.

-¿Qué es lo que le falta a la Ciudad de Buenos Aires para que el Poder Judicial sea autónomo?

– Me parece que hay una deuda importante de la democracia que tiene que ver con el cumplimiento de la ley. Cuando uno ve la cantidad de problemas que cotidianamente sufrimos, es casi una obviedad, ¿por qué no probamos alguna vez con cumplir con la Constitución y la ley? Me parece que desde la reforma constitucional del año 1994 y desde el dictado de la Constitución local en la Ciudad de Buenos Aires está muy claro la autonomía que pide la Ciudad.

-¿Hay un avance?

– Tiene que ver con reconocer a la Ciudad de Buenos Aires como uno de los sujetos de derecho público que puede generar la competencia original en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Hasta ahora pasó muchas veces que la Ciudad de Buenos Aires debía litigar con jueces de distinta jurisdicción, lo cual efectivamente iba en contra de esta garantía de autonomía prevista en el artículo 129 de la Constitución Nacional, como así también la competencia del Tribunal Superior de Justicia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para dirimir conflictos de competencia entre distintos jueces locales, los jueces de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los llamados jueces nacionales.

-¿Qué sucede cuando el Poder Ejecutivo no cumple con algunos requisitos?

– Creo que en términos generales, y en esto te hablo en lo contencioso, en la Ciudad tiene un rol bastante antipático que es el de controlar a los poderes públicos, con lo cual en términos generales, no nos hemos llevado demasiado bien y está bien que así sea. No hay un concurso de popularidad, no es del todo lógico que el Ejecutivo necesariamente se sienta contento con ese control si no lo realizas bien.

-La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires es muy generosa.

– Sí, y está bien que así sea, pero no sólo la Constitución. Las leyes que dicta la Ciudad de Buenos Aires también suelen tener esta mirada y las decisiones menos reglamentarias también van en ese sentido. Lo que sucede al final es que está la Constitución, el reglamento, y a veces el acto administrativo de alcance, o sea la decisión concretamente en un sentido y después no se cumple, pero después se le pide al juez que sea razonable. Si la Constitución te da un derecho determinado, los legisladores legislan en el mismo sentido, el Ejecutivo regula y decide, después no puede ignorar lo que se decidió, el juez no tiene otra opción que decir que la Constitución, la ley, el reglamento y el acto deben aplicarse.

-No hay que cruzar la línea de decir este es el Poder Ejecutivo …

– Es ese equilibrio que hace que ni uno puede suplir a las decisiones de los otros poderes del Estado, que por otra parte, ahí también esta en juego un valor democrático muy importante porque en definitiva, a diferencia de los jueces, al Legislativo y al Ejecutivo, justamente uno los elige de manera democrática y de manera más directa y si están actuando dentro de los límites de su competencia y están dentro del ámbito de lo opinable …

-Uno puede tener una convicción política pero para el expediente tengo que desprenderme de eso y aplicar la norma y la razonabilidad …

– Yo creo en eso, en el trabajo del juez porque es parte del trabajo. A veces uno tiene que decir que no a gente que le cae bien, y es parte del trabajo…

-La Justicia de la Ciudad siempre tuvo muy en cuenta a las minorías.

– Sí, claro.

-Se apartó de cuestiones históricas y siempre fue desde el matrimonio…

– Sin duda y fijate que en esos casos también tuvo un rol preponderante la Justicia. Una Justicia muy activa …

-Sí, porque incluso lo determinaron antes de que estuviera legislado …

– Creo que fue Gabriel Seijas que actualmente es camarista. Y eso se relaciona con la importancia de que haya esa relación entre jueces y la población. Evidentemente hay determinadas provincias argentinas que tienen otra formación y que no es ni bueno ni malo, tiene que ver con determinadas formaciones, con valores, siempre respetando los límites de la Constitución Nacional pero efectivamente tiene otra mirada. El hecho de que el juez que a uno va a juzgarlo comparta esos valores, que se sienta limitado por el mismo orden jurídico es muy importante e impacta directo en tu vida. La persona que compartía la vida con alguien de su mismo sexo y no podía ni heredarlo ni ir a visitarlo al hospital si estaba enfermo…

-Ni disponer de sus restos. Era una cuestión que debió batallarse en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

– No es algo abstracto ni derecho, acá es una cosa muy concreta, son decisiones que le cambian la vida a una persona.

-¿Qué es el control de constitucionalidad?

– Por una parte en la Ciudad de Buenos Aires el control es difuso, que no es sólo la Corte quien decide las cuestiones de constitucionalidad sino que cualquier juez, todos los jueces, pueden declarar la inconstitucionalidad de una norma.

-Eso es un avance.

– Eso es efectivamente así. Viene de la Constitución americana, lo que no es tan habitual es que exista también algún tipo de acción al menos como es el tipo de acción de amparo en la Ciudad de Buenos Aires, en la cual hay una legitimación tan amplia que es casi una acción popular. Esto es que cualquier habitante pueda plantear la acción judicial, entonces cuando la acción es popular, hay una restricción en cuanto a la competencia o se atribuye específicamente a un tribunal superior. El hecho de que todos y cada uno de los jueces puedan ejercer el control de constitucionalidad y por otra parte la legitimación sea tan amplia, las dos cosas juntas, efectivamente le da mucho poder a los jueces y por eso lo debemos ejercer con responsabilidad. Es por eso que tenemos que ver cuando nos llega un expediente, si quién lo plantea está legitimado, si hay casos, si la decisión que se ataca es de manera clara, patente, inconstitucional, ilegitima y en muchos otros casos esto no implica que uno se quiera hacer el distraído o que no quiera tener los problemas. Uno no puede suplir la decisión de quién fue elegido por el voto del pueblo porque a mí se me ocurre que tal o cual solución es mejor que otra. Creo que ese no es mi rol y la suma de poder público es malo en cualquier Poder del Estado, digamos, un juez que no tiene límites puede causar mucho daño, porque efectivamente uno está acostumbrado y la historia que tenemos en Argentina habitualmente nos ha inferido mucho más daño que otros poderes del Estado, ni hablar en épocas no democráticas, por cierto.

-Sí, por cierto.

– Pero un juez que no se siente atado, eso que es casi un lugar común, que el primer deber de los jueces es respetar los límites de su propia competencia, es muy importante porque en todos los poderes públicos, uno como ciudadano tiene el principio de que todo lo que no está prohibido lo puede hacer. Los poderes públicos tienen el sentido inverso, uno puede hacer sólo lo que está expresamente permitido en la Constitución y en la ley, no en cualquier cosa.

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