La Cámara de Casación rechazó analizar la recusación de Stornelli contra Ramos Padilla

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El fiscal federal Carlos Stornelli
El fiscal federal Carlos Stornelli

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este miércoles el pedido del fiscal Carlos Stornelli que buscaba la recusación del juez de Dolores Alejo Ramos Padilla. Stornelli fue declarado en rebeldía luego de que no se presentara a declarar a varias citaciones a indagatoria en la causa en donde se investiga una red de espionaje político judicial.

Aunque el rechazo de Casación fue por motivos formales por entender que las cuestiones de recusación no se analizan en esa instancia, el fallo fue leído como un revés para Stornelli. La defensa del fiscal de la causa de los cuadernos espera aun el resultado de una segunda recusación contra el juez –por la presentación del juez ante la Cámara de Diputados- y la definición sobre si la causa pasará finalmente a los tribunales de Comodoro Py 2002.

La defensa de Stornelli había presentado una recusación cuando el juez lo citó a indagatoria tras procesar al falso abogado Marcelo D'Alessio. La Cámara Federal de Mar del Plata rechazó el planteo de la defensa. Sin embargo, el abogado de Stornelli, Roberto Ribas, presentó un recurso en la Cámara Federal de Casación Penal para buscar revertir esa medida. Por sorteo, quedó elegida la Sala II de ese tribunal, la que en tribunales se leyó como la menos favorable para la defensa. Ribas impugnó el sorteo por no haber estado presente, pero el reclamo fue desestimado.

Hoy, entonces, los jueces Alejandro Slokar, Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci analizaron la cuestión. En el primer voto, Slokar afirmó que "el recurrente (Stornelli) limita la expresión de sus agravios a meros juicios discrepantes con el decisorio cuya impugnación postula, todo lo cual no alcanza para desvirtuar el razonamiento que sobre la materia en examen realizó la cámara a quo y cuyos fundamentos no logra rebatir". El juez interpretó que no había que analizar el recurso de la defensa porque no se advierte "la vulneración de garantías constitucionales o la arbitrariedad que alega".

Y agregó que "es dable destacar que el auto atacado ha sido dictado por la alzada, convalidándose el rechazo del juez instructor, por lo que se brindaron argumentos concordantes en ambas instancias".

El juez Yacobucci adhirió a esos argumentos, al agregar: "La decisión impugnada no es susceptible de ser recurrida mediante la vía casatoria". La jueza Ledesma, en tanto, votó en minoría inclinándose a abrir el recurso para analizar la cuestión, sin pronunciarse sobre el tema.

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