Lázaro Báez seguirá preso en la cárcel de Ezeiza

La sala IV de la Cámara de Casación Penal, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, confirmó el rechazo al pedido de excarcelación y arresto domiciliario que habían solicitado los abogados del empresario

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Lázaro Báez está alojado en el penal de Ezeiza desde abril del 2016 (foto de archivo: Infobae)
Lázaro Báez está alojado en el penal de Ezeiza desde abril del 2016 (foto de archivo: Infobae)

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes el rechazo a un pedido de excarcelación y de arresto domiciliario solicitado por Lázaro Báez, quien está siendo juzgado en la causa por lavado de activos.

La Sala IV del alto tribunal penal, integrada por Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, declaró "inadmisibles" los recursos extraordinarios interpuestos por las defensas de Báez y el contador Daniel Pérez Gadín, que pretenden llegar hasta la Corte Suprema de Justicia.

Entre la prueba denegada se encontraba un pedido de nómina de las autoridades del Tribunal de Cuentas de la provincia de Santa Cruz, del Registro Nacional de Constructores y de la Cámara Argentina de Comercio para que se convoque a las autoridades a los fines de deponer sobre la metodología de adjudicación de obra, empresa que ejecutaba el trabajo y si contaba con la suficiente capacidad de obra y antecedentes para ejecutarla.

Daniel Pérez Gadín, de pulóver claro (foto de archivo: Gustavo Gavotti)
Daniel Pérez Gadín, de pulóver claro (foto de archivo: Gustavo Gavotti)

Además, Báez y Pérez Gadín apelaron la decisión de la Sala de Feria que confirmó la del TOF 4 de la Capital Federal, en cuanto rechazó las solicitudes de excarcelación y arresto domiciliario (en subsidio) interpuestas por los acusados.

Ambos están detenidos en la causa conocida como "ruta del dinero K" y son juzgados junto a una veintena de imputados, entre ellos, el valijero arrepentido Leonardo Fariña. Todos están acusados de ser parte de una estructura que habría lavado al menos 60 millones de dólares.

Fallo completo:

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