Luego de los incidentes en los alrededores del Monumental el presidente Mauricio Macri anunció que sumaría al temario de sesiones extraordinarias un proyecto de ley contra las barras. El documento había sido presentado en 2016 por la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, y perdido estado parlamentario en febrero de este año.
"Hace dos años y medio que los ministros presentaron una ley de barrabravas que va ayudar a que ningún fiscal, ni juez, se equivoque donde tipifica el tipo de delito. Y, en este campo y en este aspecto, podamos actuar con mayor claridad y contundencia, apoyando a nuestras fuerzas de seguridad cuando actúan, porque si no las apoyamos cuando actúan después no nos quejemos cuando pasan estas cosas", manifestó Macri anticipando que reenviaría el proyecto.
Tras lo ocurrido en el marco de la frustrada "Superfinal" entre River y Boca, Macri definió la iniciativa como "una herramienta mucho más contundente" para poder aplicar sanciones más concretas ante este tipo de eventos. "Frente a este bochorno, la hemos incluido en extraordinarias, y (esperamos) que en extraordinarias la podamos aprobar", remarcó.
El proyecto había ingresado al Senado el 9 de agosto de 2016 y sido presentado dos meses después por Bullrich a las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, Seguridad Interior y Deportes. Pero la propuesta nunca avanzó y el expediente perdió estado parlamentario en febrero de este año, en la previa al comienzo de un nuevo periodo ordinario.
"El objetivo del proyecto aquí propuesto apunta a la persecución penal y al desfinanciamiento de dichos grupos (barrabravas) para que vean disminuidas sus posibilidades de acción", se leía entre las fundamentaciones del escrito, que manifestaba la necesidad de actualizar la ley que estableció el régimen penal y contravencional para espectáculos deportivos en 1985 y que -a pesar de dos modificaciones- continuaba siendo la misma desde hacía más de 30 años.
Algunos de los puntos principales del proyecto:
–"El presente proyecto define en primer lugar el ámbito de aplicación de la ley, incluyendo a espectáculos futbolísticos nacionales e internacionales, amistosos y entrenamientos, resultando indistintos los sitios y los momentos en los cuales la violencia pueda tener lugar"
-"Se determina la figura del grupo como la asociación o grupo de tres o más personas, que esté destinado a cometer con habitualidad cualquiera de los delitos previstos en la presente ley"
–"El individuo, más que la posibilidad de obtener la suspensión del juicio, debe tener claro que en caso de realizar algunas de las conductas incluidas en la ley, que lo lleven a proceso, no tendrá acceso a la probation, debiendo ser sometido al juicio oral y público orrespondiente"
-"Se prescribe además como pena accesoria a la condena la inhabilitación para concurrir a todo tipo de espectáculo futbolístico". Este punto se llevaría a cabo determinando un lugar concreto donde las personas condenadas o imputadas deberán permanecer antes, durante y luego del evento futbolístico en cuestión.
-"El proyecto a su vez reprime con multa a la entidad que correspondiere, si alguno de los delitos enumerados en la presente ley fuera cometido por sus dirigentes"
-"Además se introducen como delitos la violación del derecho de admisión y de prohibición de concurrencia administrativa"
El proyecto
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