El fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal Raúl Pleé apeló hoy la absolución del ex presidente Carlos Menem en el caso por el tráfico de armas a Croacia y Ecuador y le pidió a la Corte Suprema de Justicia que contemple la posibilidad de condenarlo por "la existencia de razones de gravedad institucional".
Pleé calificó de "arbitraria" e "infundada" la resolución de Casación que a principio de mes desvinculó a Menem del caso y agregó que provocó una "afectación del adecuado servicio de justicia".
Los jueces de Casación Eduardo Riggi y Liliana Catucci absolvieron a Menem, actual senador nacional, por la aplicación del criterio de "plazo razonable": los imputados no pueden ser responsables por la impericia del estado que no juzgó el hecho en un tiempo prudencial. El tráfico de armas a Croacia y Ecuador fue en los años 1991 y 1994 y la causa penal se inició en 1995, hace 23 años.
Pero el fiscal Pleé consideró que no se violó ningún plazo razonable. "Esta Fiscalía sostiene que la duración de este proceso está justificada por la complejidad del asunto -calificación que ha que quedado fuera de controversia- y en virtud de los compromisos asumidos por la Argentina al suscribir convenios contra la corrupción por lo cual no se ha vulnerado la garantía en cuestión", sostuvo el fiscal en el escrito de 37 páginas al que accedió Infobae.
El fiscal también señaló que el año pasado la Corte Suprema destacó "la trascendencia institucional del caso" y la "complejidad del asunto" y que no aceptó el planteo de las defensas por el paso del tiempo del expediente.
En la apelación Pleé también detalló que la causa ya tuvo una condena a los acusados, que se trata de un expediente complejo y que la jurisprudencia no fija cuál es el plazo que debe ser considerado razonable para cerrar un caso.
"La propia naturaleza de la garantía a ser juzgado en un plazo razonable impide determinar con precisión a partir de qué momento o bajo qué circunstancias éste comienza a lesionarse, pues la duración de un proceso depende en gran medida de diversas circunstancias propias de cada caso, por lo que el derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas no puede traducirse en un número de días, meses o años", razonó.
También recordó que en otros casos tan antiguos como el de armas la Cámara de Casación rechazó aplicar el plazo razonable: el expediente Tandanor por hechos de 1991; Yacyretá de 1988; y la venta del predio de la Rural, también de 1991.
El fiscal de Casación busca que el caso llegue a la Corte Suprema. El máximo tribunal puede confirmar la absolución y así dar por cerrado el caso o aceptar el planteo y dejar sin efecto la desvinculación de Menem. Si sucediera esto último, la Corte debería pasar nuevamente el caso a Casación para que se dicte una nueva resolución.
Pero el fiscal pidió evitar ese paso y que sea la Corte quien condene a Menem. "Solicito a la Corte Suprema que contemple la posibilidad de hacer uso de la facultad que confiere a la Corte Suprema el art. 16, segunda parte, de la ley 48 y decidir, sobre el fondo de la causa (Fallos: 329:5913) y dada la existencia de razones de gravedad institucional", sostuvo Pleé.
La decisión de la Corte pondrá en juego otro aspecto: el posible desafuero de Menem. Como senador tiene inmunidad de arresto y ante una eventual condena se activaría el pedido de desafuero para que sea detenido, más allá de que por su edad -88 años- y por su estado de salud podría recibir la prisión domiciliaria.
El tráfico de armas a Croacia y Ecuador fue la venta a través de tres decretos presidenciales de 6.500 toneladas de armamento que en rigor terminaron en Panamá y Venezuela, dos países sobre los que pesaba la prohibición de comercialización de ese tipo de material por orden de la Organización de Naciones Unidas (ONU) porque estaban en guerra.
En la apelación, la Fiscalía también consideró que hay prueba para condenar a Menem por la venta de armas. El juez de Casación Carlos Mahiques absolvió al ex presidente por considerar que no hay elementos que lo inculpen.
El fiscal sostuvo que Menem conocía el verdadero destino de las armas y criticó la decisión de Mahiques. "Deconstruye la prueba indiciaria sobre la que se fundó la responsabilidad penal, analizando en forma fragmentaria y aislada cada uno de los indicios y remarcando la ambivalencia que les es propia", señaló.
Un camino largo y sinuoso
La causa lleva dos décadas de trámite. Comenzó en 1995 cuando Menem era presidente y entró en los pliegues de la justicia para que no tuviera avances. Ya fuera del poder, el ex presidente estuvo preso seis meses en 2001. En 2008 comenzó el juicio oral a Menem y otros 17 acusados que duró tres años. Todos fueron absueltos en 2011, pero en 2013 Casación revisó el fallo y los condenó junto a otras 11 personas por contrabando agravado.
El ex mandatario –dos veces presidente, entre 1989 y 1999– recibió una pena de siete años de prisión y de 14 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Otra vez intervino Casación y en junio del año pasado –con una demora de cuatro años– confirmó la pena. El caso llegó a la Corte Suprema, que estableció que todavía faltaba que una nueva instancia de Casación confirmara que Menem fue culpable.
Eso no ocurrió. A principios de octubre, los jueces de Casación Riggi, Catucci y Mahiques lo absolvieron. Ahora el caso llegará a la Corte.
Apelación completa