El proyecto de reforma del Código Procesal Penal de la Ciudad de Buenos Aires, impulsado por el jefe de Gobierno Horacio Rodríguez Larreta, fue aprobado este jueves con los 34 votos del oficialismo ante el reclamo de todo el arco opositor que pidió más tiempo para debatir.
A pesar de que el texto fue modificado incluso hasta el día anterior a la sesión, el bloque de Vamos Juntos tuvo que hacer valer su mayoría absoluta para aprobarlo. No alcanzó a sumar ningún voto opositor. Las bancadas de Unidad Ciudadana, el Bloque Peronista, Evolución, GEN y el Partido Socialista y Frente de Izquierda coincidieron en que el proyecto debía volver a comisión para ser debatido en forma más extensa.
La reforma del Código, que regula cómo deben actuar los jueces, los fiscales y los defensores durante las etapas de investigación y juicio, tiene como objetivo "acortar los tiempos, aumentar la oralidad del proceso y dotar de herramientas de investigación más modernas" a la Justicia porteña.
Sin embargo, desde un primer momento la oposición señaló que, más allá de la necesidad de modernizar el código, algunas de las modificaciones violaban las garantías de libertad, privacidad y derecho a la defensa. En el mismo sentido, también manifestaron su preocupación un grupo de diez ONG (entre las que se destacan Amnistía Internacional, Poder Ciudadano y el CELS) y el defensor general de la Ciudad de Buenos Aires, Horacio Corti.
Por ejemplo, según Corti, el cambio en la redacción del artículo 28 afecta el derecho del detenido a ser asistido desde el primer instante en que es arrestado. Ya que la modificación de "ser asistido" por "proponer" la defensa, podría implicar que la asistencia legal esté "supeditada a la efectiva propuesta de la persona imputada".
El legislador de Vamos Juntos Daniel Presti, presidente de la comisión de Justicia, lamentó que no se hayan alcanzado acuerdos con otras fuerzas pero destacó durante la sesión que tiene "la certeza de que no se vulnera ninguna garantía constitucional y no se afecta ningún derecho". También hizo referencia a las críticas de Corti y garantizó que "siempre va a estar el defensor público o privado".
"Es un código ágil, moderno, rápido y oral, donde en las audiencias se resuelve con las partes presentes: está el fiscal, el defensor, el juez, el imputado y el querellante, se resuelve rápidamente. Cualquier recurso que se interponga, también", resumió luego a Infobae.
Ante las críticas de la oposición sobre la discrecionalidad que se les deba a jueces y fiscales para intervenir comunicaciones, el oficialismo accedió a poner un límite de 45 días (prorrogable por otros 45). También aceptó quitar el artículo 30 sobre métodos de vigilancia remota a equipos informáticos como ordenadores y dispositivos electrónicos.
Mariano Recalde, de Unidad Ciudadana, señaló a Infobae tras la votación que "un código moderno, respetado y aprobado en su momento (2007) con una amplia mayoría termina siendo modificado hoy con los votos del oficialismo y la oposición de los otros nueve bloques". Y agregó: "Hubo consenso entre radicales, peronistas, socialistas, la izquierda, todos cuestionando que se relajan mucho las garantías del debido proceso y la libertad".
Entre los principales cambios se destaca el aumento de los plazos de detención para resolver la prisión o libertad del encausado (de 24 a 48 horas) y la incorporación de más causales de peligro de fuga (que habilita prisiones preventivas). También se duplican los tiempos de detención para delitos flagrantes. Por otro lado, con la reforma se concentran pasos procesales para que todo sea más rápido. Se permiten las notificaciones por vía electrónica y las declaraciones por videoconferencia. Además, los detenidos recuperarán la libertad desde el Ministerio Público Fiscal y ya no desde la comisaría, como se hace hasta el momento.
Otra modificación novedosa es la creación de la figura del "abogado oficial para las víctimas", que las asistirá en forma gratuita al igual que hacen los defensores oficiales con los imputados.
Por otro lado, el oficialismo también accedió a especificar en qué tipo de delitos se podrían aplicar las nuevas medidas de prueba. Para el legislador Claudio Cingolani (Vamos Juntos), "lo novedoso son las nuevas medidas especiales y su aplicación para los delitos taxativamente enumerados (narcomenudeo; corrupción y prostitución de menores; proxenetismo y pornografía infantil; grooming) que justifican una investigación compleja del hecho, que debe estar fundada sobre la base de los principios de necesidad, razonabilidad y subsidiariedad, es decir, si no queda otra, y todo esto bajo pena de nulidad".
En el recinto, el diputado Marcelo Depierro (Mejor Ciudad) lamentó que todavía "había muchas cosas para discutir sobre la interpretación del derecho, porque muchas veces una coma o un tiempo verbal pueden cambiar totalmente el sentido".