Incluirán penas contra la "porno venganza" en el nuevo Código

Lo definió la comisión que encabeza el juez Borinsky. Los castigos oscilarán desde los 6 meses hasta 2 años de cárcel, y contará con agravantes

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El Congreso de Yucatán aprobó cambios a su código penal para castigar las “pornovenganzas”
El Congreso de Yucatán aprobó cambios a su código penal para castigar las “pornovenganzas”

​La Comisión de Reforma del Código Penal incluyó en el anteproyecto de ley que se castigue con penas de cárcel la difusión de videos íntimos de contenido erótico o sexual, una práctica que se conoce en la jerga como "porno venganza".

La incorporación de esta práctica busca proteger la intimidad de las personas ante las nuevas modalidades delictivas modernas a través de medios informáticos o plataformas web.

De acuerdo al trabajo de la Comisión, a cargo del juez Mariano Borinsky, la porno venganza (o "revenge porn") estará tipificada en el rubro de los delitos informáticos y sanciona con una pena de prisión de 6 meses a 2 años, o una multa de 24 días de carácter económico.

El delito es considerado como aquel que, "sin autorización de la persona interesada, difundiere imágenes o grabaciones con contenido sexual, que hubieran sido producidas en un marco de intimidad" y que "menoscabare gravemente su privacidad". Ese tipo de envío implica cualquier tipo de distribución que ponga a "disposición de terceros imágenes o grabaciones de audio o audiovisuales de naturaleza sexual".

Además, la inconducta tendrá como agravante -con pena de 1 a 3 años de prisión- el hecho de que el autor de la filtración del material haya tenido una relación afectiva con la persona afectada, si se trata de un menor de edad -lo que implicaría pornografía infantil- o si se hubiese actuado con fin de lucro.

La "porno venganza" no será la única novedad en materia de delitos propios del mundo digital. La Comisión de Reforma también prevé añadir figuras como el "daño informático", el hurto y el fraude informático y el acceso ilegítimo a medios informáticos.

Una demanda en ascenso

Las mujeres son las principales víctimas de la "porno venganza". Las historias suelen parecerse entre sí: un ex novio, pareja o amante decide filtrar los videos eróticos grabados en la intimidad a sus amistades o en la web, como método de desplante ante la ruptura o finalización del vínculo.

Protestas en Seúl contra la difusión de videos íntimos (AFP)
Protestas en Seúl contra la difusión de videos íntimos (AFP)
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En Seúl, la capital de Corea del Sur, la filtración de imágenes íntimas generó una protesta masiva que aglutinó a cerca de 22.000 mujeres en junio pasado. La manifestación buscó rechazar una práctica extendida entre los hombres asiáticos, que consiste en el uso de cámaras ocultas en lugares públicos para grabar las partes pudendas de las mujeres.

En distintas partes del mundo, se avanzó con cambios legislativos para penar estos delitos que dañan severamente la intimidad. En Argentina, la mayoría de las demandas de este tipo suelen tramitarse en el fuero civil, con reclamos económicos que reparen a la persona damnificada. La intención de los juristas es que también haya un castigo penal severo.

En la región, uno de los casos más resonantes del último tiempo ocurrió en México, en la península de Yucatán. Ana Baquedano, una joven de 23 años, fue víctima de "porno venganza" cuando tenía 16. Su novio se aprovechó de un "pack", es decir, de fotografías compartidas con él, en las que ella aparecía desnuda en el baño, y la subió a una página de internet para extorsionarla.

"Se enteró toda mi escuela, mi familia, a donde fuera la gente ya había visto la foto, invadió todas mis esferas, sé lo que es contemplar suicidarte con tal de que la gente no vea esa foto", se quejó la chica ante medios locales.

Ana Baquedano, la joven de 23 años que logró las reformas penales en Yucatán para castigar las llamadas “porno venganzas”
Ana Baquedano, la joven de 23 años que logró las reformas penales en Yucatán para castigar las llamadas “porno venganzas”

Su reclamo, finalmente, llegó a la Legislatura del Estado local, que sancionó una ley que condena estas prácticas con penas de 6 meses a 9 años de prisión.

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