Dentro de la Gendarmería Nacional, una Junta de Calificación puede utilizar varios rótulos a la hora de evaluar a los integrantes de la fuerza. Algunos de ellos son "Inepto para las funciones de su grado" e "Incapacitado para todo servicio".
La primera categoría se emplea para aquellos casos en los que el gendarme presenta "antecedentes desfavorables", mientras que la segunda calificación se otorga por cuestiones de salud, es decir, luego de que una Junta Médica declarara al efectivo "Inútil para todo servicio".
Al considerar que los términos que se usan "resultan ser ofensivos para el personal", el Ejecutivo creyó necesario "modificar la redacción de los mismos, adecuándolos según el caso y de manera tal que no resulten agraviantes".
Así se expresa en el decreto 200/2018, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial con la firma del presidente Mauricio Macri y de la ministra Patricia Bullrich.
De manera que, a partir de ahora, los efectivos de la Fuerza que son rechazados por conductas inapropiadas deberán ser clasificados "No apto para prestar la función de gendarme", mientras que tanto la Junta de Calificación como la Junta Médica llamarán "Imposibilitado para la función de gendarme" a aquel agente que no pueda prestar servicio por cuestiones de salud.