Julio De Vido sin fueros, ¿puede seguir siendo diputado?

Si la Cámara Baja le quita los fueros pierde la inmunidad de arresto, pero formalmente sigue siendo diputado

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Julio De Vido y su abogado, Maximiliano Rusconi (Adrián Escandar)
Julio De Vido y su abogado, Maximiliano Rusconi (Adrián Escandar)

Si las proyecciones del oficialismo en la Cámara de Diputados se cumplen, en la sesión de hoy el ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido perderá sus fueros parlamentarios y quedará detenido por requerimiento de la Justicia. Pero más allá de su frente abierto por diversas causas relacionadas a la corrupción y sobreprecios, ¿puede seguir siendo diputado? ¿qué pasa con la banca que, hoy, representa al Frente para la Victoria?

Consultado por Infobae, el abogado constitucionalista Daniel Sabsay aseguró que, sin fueros, De Vido "sigue siendo diputado, pero de manera nominal si queda detenido. Si se lo condena deja de serlo, pero si se llega a la conclusión de que no ha sido culpable se mantiene. (La quita del privilegio) es el levantamiento de inmunidad de arresto para poder llevar a cabo el proceso en su totalidad; la Constitución no dice nada. No puede ejercer su derecho hasta que no termine el proceso".

De esta manera, si se efectivizan las dos órdedes de arresto, la banca del ex funcionario nacional quedará en "suspenso" y el bloque del Frente para la Victoria perderá un integrante, salvo que presente la renuncia o que Diputados apruebe un pedido de expulsión que deberá recorrer todo el camino parlamentario hasta llegar al recinto de sesiones.

El ex ministro de Planificación Federal en su banca (Télam)
El ex ministro de Planificación Federal en su banca (Télam)

Los fueros son una protección para los miembros del Poder Legislativo que se encuentran garantizados por los artículos 68, 69 y 70 de la Constitución Nacional y reglamentados por la Ley Nº 25.320 sancionada en el año 2000. Establecen que ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador.

El artículo 69 dispone que "ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva".

Sobre el diputado De Vido recaen requerimientos por dos causas distintas: la primera fue ordenada por el juez federal Luis Rodríguez, por defraudación al Estado en 264 millones de pesos tras la firma de convenios entre Yacimientos Carboníferos de Río Turbio, UTN y el Poder Ejecutivo. En tanto que la segunda la impulsó el juez nacional Claudio Bonadio por la compra de gas licuado por casi 7 mil millones de dólares.

Según analizó la fundación Directorio Legislativo en su último informe, ambos magistrados coinciden en que es necesario dictar la prisión preventiva para De Vido porque existen riesgos procesales de que el legislador utilice sus influencias para entorpecer la investigación.

De Vido, por su lado y a través de su defensa, el abogado Maximiliano Rusconi solicitó esta semana una licencia como legislador, algo que también deberá debatirse en el recinto de sesiones. También presentó su renuncia a la presidencia de la Comisión de Energía.

Si De Vido presenta su renuncia, una de las alternativas que se maneja desde su entorno, lo reemplazará Jorge Rivas, dirigente del Socialismo para la Victoria que integró la lista para diputados nacionales del FpV que en el 2015 encabezó el ex ministro de Economía Axel Kicillof.

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