El Tribunal Oral Federal 1 no hizo lugar al planteo de la defensa que buscaba que Ricardo Jaime, preso en la cárcel de Ezeiza desde abril de 2016, pudiera irse a su casa en base a distintos problemas de salud. Los jueces del Tribunal que juzgará a Jaime por la millonaria compra de trenes chatarra a España y Portugal, le negaron el beneficio de la prisión domiciliaria.
La defensa había dicho que su cliente estaba enfermo y la prisión en la cárcel le impedía "recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia". Los abogados del ex secretario de Transporte del kirchnerismo, habían señalado que Jaime "había decaído notoriamente en su forma física desde su detención".
Además, explicaron que había perdido casi 21 kilos tras las rejas y que, según el informe del Cuerpo Médico Forense, "se encontraba angustiado, su discurso presentaba un contenido ideico de queja y padecía de un humor displacentero, como también de trastorno de sueño, por el que se encontraba medicado, y disminución en su alimentación".
La defensa de Jaime se quejó porque en el penal "no se respetaba su dieta celíaca y que incluso los médicos del Servicio Penitenciario Federal (SPF) habían detectado una afección cardiológica" que podrían "comprometer la integridad vital del paciente".
Pero la fiscalía a cargo de Gabriela Baigún se opuso: dijo que Jaime se negaba "a recibir la dieta proporcionada por el SPF" y resaltó "su actitud de negarse al control diario de su presión debido a su condición de hipertenso y de tomar la medicación recetada".
También recordó que el propio Jaime aseguró ante la Justicia que "su detención constituía una decisión política y no judicial, arbitraria y contraria a él y su familia, siendo esa la razón detrás de sus negativas".
Para los jueces Adrián Grünberg, José Antonio Michelini y Gabriel Vega, "acierta la representante del Ministerio Público Fiscal al destacar que la situación de alojamiento penitenciario en la que alega encontrarse el imputado, más allá de algunos adjetivos calificativos grandilocuentes empleados para calificar el trato que recibe, no difieren de la del resto de las personas que se encuentran detenidas en las unidades penales de nuestro país".
Según señalaron los jueces y reveló la agencia DyN, "es sabido (que los penales) no se encuentran ediliciamente diseñadas ni equipadas con infraestructura de última generación, pero que, a grandes rasgos, al menos aquella en la que Jaime se encuentra privado de su libertad, satisface los requisitos mínimos indispensables para cumplir con los estándares establecidos".
El fallo añadió que las certificaciones en la causa y otra causa de habeas corpus que inicio Jaime en los tribunales federales de Lomas de Zamora "ilustra la real naturaleza de las quejas del imputado en cuanto al trato dispensado por el SPF, que en forma alguna pueden ser consideradas propias de un alojamiento inhumano o altamente precario, ni revelador de la existencia de algún riesgo para su vida e integridad física".
Jaime seguirá detenido en Ezeiza. Con una mejora: compró una heladera con freezer para mantener en buenas condiciones la comida. Sus compañeros de pabellón agradecidos.