La resolución de Mercau surge luego de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dictara una medida cautelar en la que ordenaba el traslado de la dirigente kirchnerista.
En la cédula judicial donde notifica su decisión, el magistrado incluyó una serie de condiciones que Sala debe cumplir para mantener el beneficio.
En principio, Mercau estableció la necesidad de que la familia de Sala acondicione la casa ubicada en el loteo Villa Parque La Ciénaga, de la localidad de El Carmen, en la provincia de Jujuy. Al ser una vivienda particular, allí tendrá acceso a un teléfono, televisión satelital e internet, además de otras comodidades.
El magistrado fijó además que "podrán ingresar al inmueble un número de personas que no podrá exceder de siete a la vez y en el horario de 7 a 20 horas". En tal sentido, aclaró que dicha "restricción no se aplicará a los familiares directos de la imputada".
Asimismo, el juez dispuso que Sala no podrá dejar el domicilio sin su autorización.
Una de las abogadas de Milagro Sala criticó fuertemente las condiciones impuestas por Mercau al sostener que la vivienda no está en condiciones de ser habitada: "El domicilio que está disponiendo el juez no es el domicilio real de ella. Ella tenía que haber sido trasladada al domicilio real, donde estuvo viviendo con su marido hasta el momento de ser detenida, que es el de barrio Cuyaya", se quejó Paula Álvarez Carrera.
En declaraciones a Radio Del Plata, la abogada denunció "un nuevo acto de hostigamiento de la Justicia". "El juez constató que el domicilio donde está ordenando el traslado no está en condiciones. No tiene agua ni luz, no tiene sanitarios", aseguró la abogada, al tiempo que anticipó que van "a poner en condiciones mínimas ese domicilio porque lo cierto es que Milagro no puede pasar ni un minuto más dentro del penal".
Además, Álvarez Carrera denunció que "se impusieron condiciones al cumplimiento de la detención domiciliaria que tiene que ver con la custodia por parte de la gendarmería, cuando esto está prohibido por la ley de ejecución penal".
"La modificación que se hizo de la ley 24.660, respecto a la detención domiciliaria, dispone que al concederse el cumplimiento, sea por condena o prisión preventiva, la persona a la que se le concede el servicio no puede estar custodiada por ninguna fuerza de seguridad", agregó la letrada.
Finalmente y en caso de que sean violadas esas condiciones, Mercau advirtió que revocará la prisión domiciliaria y la imputada volverá de inmediato al Penal de Mujeres del Alto Comedero, donde está detenida desde enero de 2016.
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