La Justicia autorizó la donación con fines sociales de mercadería de contenedores frenados en la Aduana

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El juez en lo Penal Económico Marcelo Aguinsky rechazó un amparo contra el Decreto de Necesidad y Urgencia que ordenaba la donación con fines sociales de la mercadería que está en contenedores que están siendo investigados y que están frenados en la Aduana.

La presentación la había hecho Ariel Radkievich, socio gerente de la firma Distribuidora Catai, por entender que la norma dictada por el Poder Ejecutivo Nacional alteraba "de manera ilegítima el derecho al trabajo y a la propiedad privada".

La investigación sobre los containers en cuestión se inició con motivo de una denuncia presentada por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), que daba cuenta de una serie de maniobras con las que se habría burlado o intentado burlar el control aduanero, a fin de ingresar al país diferentes tipos de mercaderías.

En su resolución, el juez Aguinsky destaca que la cantidad de contenedores que conforman el objeto procesal de la causa que está investigando -a los que se sumarían aquellos que habrían ingresado al país en las mismas condiciones-, deja en evidencia una situación cuya prolongación en el tiempo no debería admitirse. Aguinsky sostuvo en el fallo que "no resulta razonable que tales mercaderías se deterioren o se transformen en desechos, cuando es pública la situación de necesidad en que se encuentran sectores significativos de la población".

En uno de los considerandos, el juez Aguinsky destacó la contradicción existente entre la ley de "blanqueo" en la que se establece el Régimen de Sinceramiento Fiscal y el Decreto de Necesidad y Urgencia cuestionado por el amparista. Por tal motivo, le requirió a la AFIP que, como autoridad de aplicación en materia aduanera y tributaria, establezca un criterio de armonización entre la ley de "blanqueo", su decreto reglamentario y el DNU relacionado con las donaciones de la mercadería de los containers, a fin de que puedan aplicarse ambas normas.

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