El juez Julián Ercolini procesó a Cristina Fernández de Kirchner por integrar una asociación ilícita que desde el Estado nacional -y durante 12 años- favoreció al empresario Lázaro Báez con negocios de obra pública vial en la provincia de Santa Cruz por montos millonarios.
En el procesamiento de Ercolini se hace referencia a la defensa que hizo la ex presidente cuando declaró en indagatoria el 31 de octubre pasado. En aquella ocasión Fernández de Kirchner se refirió a una persecución política en su contra y realizó otras consideraciones. Una de ellas fue la de negar responsabilidad por las licitaciones de obra pública vial que realizaban las autoridades santacruceñas, que se otorgaron a Báez y que pagaba el estado nacional.
En la página 571 del fallo, el magistrado explica algunos de los motivos por los que procesó a la ex presidente. Puntualizó:
"Por lo demás, en orden al hecho puntual que se le endilga (en relación a la ex mandataria), me encuentro en condiciones de afirmar que estamos frente a un acontecimiento de gravedad institucional sin precedentes dados los pormenores que componen la maniobra que se le achaca, toda vez que durante los años en los que perduró su mandato, permitió mediante su inacción que las diversas irregularidades que lograron ser desentrañadas y que compusieron una trama criminal de una complejidad inusitada, acaecieran; ello, con el objetivo de cumplir con los designios de la organización de la que formó parte. Así, en esa línea interpretativa, y toda vez que Fernández era la responsable política de la administración del país conforme lo establecer el artículo 99, inciso 1° de la Constitución Nacional, sus dichos en orden a que no puede imputársele a un Presidente de la Nación las irregularidades pasadas por alto por los secretarios, ministros y gobernadores provinciales de los que dependía el organismo local de vialidad, merece ser descartado dado que en razón de esto, debía haberse interiorizado necesariamente acerca de lo que ocurría en la provincia de Santa Cruz. Máxime, al considerar que el beneficiado con la atribución irregular de la mayoría de la obra pública vial era Lázaro Báez, al menos, su socio comercial y que fue el único al que no se le adeudaba pago alguno al día 11 de diciembre de 2015".
Si bien la obra pública vial la licitaban las provincias, se pagaban con fondos nacionales y fue Báez el único proveedor -por lo menos entre los contratistas- al que no le quedó ni un peso de deuda cuando la ex presidente dejó el poder. Este hecho fue resaltado tanto por los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahiques en la acusación como por el juez en el procesamiento.
Los investigadores del caso sostienen que solo con órdenes desde lo más alto del poder se pudo haber logrado que se le pagara toda la deuda a las empresas de Báez una vez conocida la derrota electoral del oficialismo a manos de Mauricio Macri.
En la causa judicial existe un listado de las 30 empresas contratistas de obra pública y allí figura que entre 2007 y 2015 a las firmas del Grupo Báez se le pagaron 2196 millones de dólares y que al 30 de noviembre de 2015 no se les debía nada.
Así, el pago total de las cuentas de Báez por parte del gobierno nacional mientras estaba en manos del kirchnerismo fue uno de los hechos que Ercolini tuvo en cuenta para dictar el procesamiento de la ex presidente y de otros ex funcionarios públicos.
LEA MÁS
La reacción de Cristina Elisabet Kirchner a su procesamiento por corrupción
Para el juez Ercolini, Cristina Kirchner tuvo un "rol preponderante" en la asociación ilícita