Congreso de Tucumán: alborotos tras la declaración de independencia

Por Juan Pablo Bustos Thames

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En la sesión del 18 de Julio de 1816, en el Congreso de Tucumán, el diputado altoperuano Pedro Ignacio Rivera, representante de Mizque (Cochabamba), propuso que todos los ciudadanos y pueblos jurasen la independencia recién declarada, como una forma de promover su sostén, por parte de los habitantes de las Provincias Unidas.

El presbítero Antonio Sáenz, diputado porteño, apoyó esta moción, aunque sostuvo que el juramento debía comenzar por los propios congresales, a modo de señalar el ejemplo a los restantes ciudadanos. Su intervención detonó un acalorado debate, ya que algunos sostuvieron que no era necesario multiplicar los juramentos, toda vez que los diputados ya se encontraban comprometidos con la propia Independencia, al declararla y firmarla.

Después de innumerables discusiones, el Congreso al final resolvió, por unanimidad, acompañar la moción del diputado Sáenz, y exigir el juramento de la Independencia a todos los habitantes del suelo patrio, comenzando con los congresales, para dar el ejemplo.

Pedro Ignacio Rivera, diputado por Mizque, Cochabamba
Pedro Ignacio Rivera, diputado por Mizque, Cochabamba

Los diputados de las distintas provincias, que fueron llegando a Tucumán a principios de 1816, trajeron básicamente dos instrucciones de parte de sus mandantes: la primera era constituir y conformar el Estado, a fin de sacar al país de la anarquía, que se creía inevitable; y la segunda era, en mayor o menor medida, defender y mantener el culto católico, apostólico y romano. Las provincias no querían volver a vivenciar la furia anticlerical y antirreligiosa que impusieron Juan José Castelli y Bernardo de Monteagudo en el Norte, en los albores de la Revolución. Ello costó muchísimo esfuerzo, tiempo y trabajo revertir, cosa que no se había logrado hacer aún. No olvidemos que un considerable número de diputados eran sacerdotes.

Sin embargo, los diputados cordobeses traían otra instrucción explícita, la cual era: "El territorio americano será absolutamente independiente de la monarquía española o de cualquier otra dominación extranjera".

Ahora bien, el texto de la Declaración de la Independencia, aprobado el 9 de Julio de 1816, únicamente hacía referencia a que la emancipación tendría lugar con respecto al "Rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli", pero a todos se les pasó (incluyendo a los diputados por Córdoba) decir algo con respecto a lo de "cualquier otra dominación extranjera".

La presión de la liga artiguista fue enorme para que Córdoba no concurriera a Tucumán

Cuando los cordobeses advirtieron esta omisión, seguramente debieron habérselo planteado a sus pares. La situación de Córdoba era complicada. Su concurrencia al Congreso de Tucumán fue difícil. Gran parte de su clase dirigente simpatizaba con Artigas y tenía mucho recelo hacia Buenos Aires. La presión de la liga artiguista fue enorme para que Córdoba no concurriera a Tucumán. Sin embargo, la provincia mediterránea estuvo presente y realizó una gran oposición a la influencia de los diputados porteños en el Congreso.

Al respecto, comentaría luego el general José María Paz, en sus "Memorias Póstumas": "El Congreso igualmente continuaba en sus sesiones; habiendo el 9 de Julio de 1816 declarado nuestra Independencia de la España y de la Corona de Castilla; pero había en su seno un germen de discordia que transpiraba por todas partes. Los Diputados de Buenos Aires, seguidos de la mayor parte de los de las provincias dominaban el Congreso, y la oposición que les hacían los de Córdoba, procurando inútilmente contrastar la supremacía e influencia de la capital. Era en ese tiempo que Artigas, el célebre Artigas le hacía una guerra a muerte al Gobierno General; que si tenía vicios y defectos, representaba, al menos, los principios civilizadores, mientras que aquél se apoyaba en el bandalage y la barbarie. Sin embargo, no faltaban hombres de buena fe y hasta de mérito que lo apoyasen, porque lo creían un instrumento útil para las reformas que eran necesarias. Sin duda se engañaban, como después lo han conocido y lo han confesado. En ésta, como sucede generalmente en todas las discordias civiles, difícil sería hallar la justicia exclusivamente en uno de los partidos: por lo común, ambos pasan los límites que marcan la equidad y la conveniencia pública. No me detendré más en esto, sino para decir que los Diputados de Córdoba fueron completamente vencidos; y que cuando el Congreso, en fines del mismo año, resolvió trasladarse a Buenos Aires; ellos se quedaron en su provincia, separándose de sus destinos, excepto el doctor Salguero de Cabrera.

Pedro Medrano Cabrera
Pedro Medrano Cabrera

Desde tiempo antes pesaba sobre la provincia de Córdoba una especie de reprobación por haberse creído, sin justa razón, opuesta al sistema de la revolución, que con tanto entusiasmo habían abrazado las otras; esta reprobación se fortificó y se aumentó con su inútil oposición en el Congreso y la derrota de sus Diputados".

Estando así las cosas, los cordobeses exigieron adicionar "y de toda otra dominación extranjera" a la Declaración, conforme al mandato explícitamente conferido por su provincia. Los congresales más puritanos argumentaron que era imposible, ya que el acta había sido transcripta y distribuida a todos los confines de la Patria, a donde ya se la conocía; y el Congreso no podía hacer el papelón de enmendar, o corregir un acta, diez días después.

Se armó tal alboroto que, los diputados resolvieron convocar una sesión secreta para el 19 de Julio, a fin de limar las asperezas sobre este tema. En el camino, el indomable José de Moldes, que había quedado resentido con el Congreso, por su exclusión, empezó a difamar a los diputados, corriendo la voz de que la omisión de la frase "y de toda otra dominación extranjera" había sido deliberada; ya que los congresales y Pueyrredón apostaban a constituir un estado vasallo, bajo la protección de Portugal o de las naciones más inverosímiles.

En la sesión secreta del 19 de Julio de 1816, que buscó acallar el escándalo en el seno del Congreso, el diputado por Buenos Aires, Pedro Medrano, esbozó una solución de compromiso, que al final resultó aprobada. Sugirió Medrano que, como aún quedaba pendiente circularizar el Acta de la Independencia al Ejército; y además restaba aún definir la fórmula del juramento, bajo la cual se comprometerían los ciudadanos a sostener la Independencia, mocionó que se incorporara en esa fórmula, después de la alusión al "Rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli", la expresión propuesta por los diputados cordobeses: "y de toda otra dominación extranjera". Con esta salida, todos quedaron contentos y satisfechos.

Concluiría Medrano, afirmando que, de esta manera, se evidenciaría la falsedad del rumor ventilado por ciertos espíritus "malignos", que rozaba a las personas del Director Supremo Juan Martín de Pueyrredón, al Gral. Manuel Belgrano y a los congresales; que querían (supuestamente) entregar al país a los portugueses.

El asunto no pasó sin trascendencia en la "Docta". Cuando el Cabildo de Córdoba recibió la copia del Acta de la Declaración de la Independencia, llevó a cabo dos reuniones. En la primera de ellas, que tuvo lugar el 3 de Agosto de 1816, se encomendó al Alguacil Mayor del Ayuntamiento para que, en festejo del evento, corra con la iluminación de la ciudad y afronte los gastos de la banda de música para la ceremonia de jura de la Independencia "de la América de la Península de España y de cualquier nación extranjera".

La segunda reunión se realizó en el Cabildo cordobés el 5 de Agosto de ese año, donde se resolvió, de modo terminante lo siguiente: "Habiendo el Soberano Congreso declarado solemnemente independiente este territorio del Rey de España Fernando Séptimo, sus sucesores y Metrópoli y notando… que la expresa voluntad de esta Provincia no era ser solamente independiente de aquel Gobierno (de España) sino también de toda dominación extranjera… juzgaba de necesidad exigir… (de sus representantes) que dando el lleno debido a sus instrucciones, hagan presente al Soberano Congreso cual ha sido y es la voluntad de (la Provincia) en esta materia".

Es por tal motivo que el Congreso decidió agregar, a la fórmula del juramento, el aditamento requerido por los diputados por Córdoba, en esa misma sesión del día 19 de Julio de 1816. El Redactor informa que, en esa oportunidad, el Congreso definió cómo se juraría la Independencia, citando a todas las autoridades, a fin de que concurrieran al recinto de sesiones, a tan trascendente acto.

El Acta de Independencia de las Provincias Unidas en Sud-América
El Acta de Independencia de las Provincias Unidas en Sud-América

La jornada fijada para la jura de la Independencia fue el 21 de Julio, es decir, dos días después. Rememora el Redactor que concurrieron a "la sala de sesiones" el gobernador de la Provincia de Tucumán, que era don Bernabé Aráoz, el "general en jefe del ejército", que era don Manuel Belgrano, el "mayor general" del Ejército del Norte, es decir, su segundo jefe, que era Francisco Fernández de la Cruz, el "cuerpo municipal", es decir, los integrantes del Cabildo de San Miguel de Tucumán. También estuvieron presentes sacerdotes del clero secular (eran los curas de la entonces "Iglesia Matriz", hoy "Catedral" de la ciudad), así como miembros de las distintas órdenes religiosas de la ciudad (franciscanos, dominicos y mercedarios, en aquel entonces), y público en general.

Todos concurrieron con alegría y entusiasmo en sus rostros, atento al importante acontecimiento que iban a protagonizar, el cual, continúa el Redactor, "se verificó con toda la gravedad, decoro y circunspección, que a su naturaleza corresponde el juramento cívico de la independencia del país en los términos siguientes".

A continuación, fray Cayetano Rodríguez nos proporciona la fórmula bajo la cual juraron nuestros padres, por primera vez, la Independencia Argentina, en San Miguel de Tucumán, ese lejano 21 de Julio de 1816. También bajo esta fórmula debían jurarla todos los habitantes de las Provincias Unidas:

"¿Juráis por Dios N. Señor y esta señal de †,

promover y defender la libertad de las Provincias Unidas en Sud América

y su Independencia del rey de España, Fernando 7,

sus sucesores y metrópoli,

y toda otra dominación extrangera?

¿Juráis á Dios N. Señor y prometéis á la patria

el sostén de estos derechos,

hasta con la vida y haberes y fama? 

Si así lo hiciéreis, Dios os ayude, y si no,

Él y la Patria os hagan cargo"

Después de haber prestado juramento los congresales, las autoridades y el público presentes, narra El Redactor, periódico oficial del Congreso que "quedó concluido este acto, en todas sus partes".

De ese modo, los ciudadanos de las nacientes Provincias Unidas en Sudamérica juraban, al igual que los congresales, defender la Independencia recientemente declarada, "hasta con la vida y haberes y fama"; al igual que lo hicieran los congresales, al declararla, doce días antes

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