Alianza Lima recibió millonaria multa de Indecopi por apagón en Matute en final con Universitario: “Los expuso a un riesgo injustificado”

La Comisión de Protección al Consumidor consideró que el club ‘blanquiazul’ expuso a un riesgo injustificado a los espectadores de la final de la Liga 1 2023 ante Universitario de Deportes

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Indecopi impuso sanción en primera instancia a Alianza Lima por apagar las luces durante clásico de la final del 2023. Canal N

El club Alianza Lima ha sido sancionado en primera instancia por Indecopi por dos infracciones durante la final de la Liga 1 2023 que se disputó en el estadio Alejandro Villanueva. La Comisión de Protección al Consumidor N° 2 impuso a la institución de La Victoria una multa de 588.36 UIT, equivalentes a S/. 3.030.054 (tres millones treinta mil cincuenta y cuatro soles), por apagar las luces del escenario.

De acuerdo con la resolución N° 1472-2024/CC2, emitida el 17 de julio de 2024, el organismo estatal desestimó los argumentos del club ‘blanquiazul’. Alianza Lima defendió que la decisión de apagar las luces se tomó para garantizar la seguridad de los espectadores, pero esta justificación no fue aceptada por Indecopi, resultando en una multa de 450 UIT o S/. 2 millones 70 mil soles por este incidente en particular. Según la normativa vigente, estas acciones son consideradas graves por comprometer la seguridad y el bienestar de los asistentes al evento deportivo.

“La acción de apagar las luces artificiales que iluminaban el campo de juego y tribunas al concluir el evento deportivo, lejos de construir una medida de protección para los espectadores a efectos de garantizar su seguridad, los expuso a un riesgo injustificado para su salud y la seguridad de sus bienes”, indica el escrito.

Asimismo, por el ingreso de las bengalas al recinto, el club recibió otra multa de 138.36 UIT, correspondiente a otros 712 mil 554: “No tomó las acciones pertinentes para evitar que se ingresen bengalas al Estadio Alejandro Villanueva y sean lanzadas al campo de juego, exponiéndose así la salud de los espectadores a un riesgo injustificado”, añadieron.

Luego del pitazo final, el club apagó las luces de su estadio para evitar celebración de Universitario. (Video: Liga 1 Max)

Asimismo, se ordenó a Alianza Lima brindar una capacitación a sus trabajadores, en la cual se les concientice respecto a las medidas de seguridad que deben tomar cuando organicen un evento deportivo:

“ORDENAR al Club Alianza Lima como medida correctiva complementaria que, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, contado a partir del día siguiente de notificada la presente Resolución, cumpla con brindar una capacitación a su personal, dependiente y/o contratado a fin de que tomen conciencia respecto a las medidas de seguridad que se deben adoptar en los eventos deportivos de los cuales son organizadores”.

Alianza Lima tiene la chance de apelar

En el documento, se indica que los ‘íntimos’ tienen la chance de apelar esta sanción. Dicho documento se debe presentar en un máximo de 15 días hábiles. De ser así, el caso sería revisado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, en segunda y última instancia administrativa del Indecopi.

“Informar a las partes que la presente resolución tiene vigencia desde el día de su notificación y no agota la vía administrativa. En tal sentido, se informa que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 38 del Decreto Legislativo N° 807, el único recurso impugnativo que puede interponerse contra lo dispuesto por la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 es el de apelación, el cual debe ser presentado ante dicho órgano colegiado en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente de su notificación”.

Los jugadores de Universitario dieron la vuelta olímpica a oscuras y solamente alumbrados por la luz de las bengalas - Créditos: Universitario.
Los jugadores de Universitario dieron la vuelta olímpica a oscuras y solamente alumbrados por la luz de las bengalas - Créditos: Universitario.

No obstante, también indicaron que la multa se puede reducir hasta en un 25% si realiza el pago antes de la fecha límite de la impugnación y si desiste de interponer algún recurso en contra de la sanción:

Si la parte denunciada cancela el monto de esta con anterioridad a la culminación del término para impugnar la presente resolución y en tanto no interponga recurso alguno en contra de esta, conforme a lo establecido en el artículo 113 de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor”.

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