
El martes 12 de mayo, la Comisión de Trabajo y Seguridad social del Congreso debatió y aprobó un dictamen que plantea que sea de interés y necesidad pública la implementación del seguro de desempleo en el Perú.
Como se sabe, esto ya existe en el país y es, básicamente, la Compesación por tiempo de servicios (CTS). Pero esta ha sido desnaturalizada y ya, en la práctica, no funciona como un seguro de desempleo, dado la vigencia de la Ley del retiro de CTS que permitirá que el 100% sea retirado durante todo el 2026 (no es la primera de estas leyes), pero que también hará que desde el 2027 se pueda sacar hasta el 50% de los fondos.
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Así, el dictamen de la Comisión de Trabajo haría también que varias entidades del Estado se reunan para implementar progresivamente el Seguro de desempleo. Pero ya el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo señaló que “de mantenerse la propuesta legislativa, la CTS tendría que derogarse”.

Nuevo seguro de desempleo
El dictamen aprobado busca dar los primeros pasos para definir un nuevo seguro de desempleo en el país. “Se declara de interés y necesidad pública el diseño, evaluación e implementación progresiva del Seguro de Desempleo, como mecanismo de protección social frente al desempleo involuntario, orientado a fortalecer la seguridad social, promover el trabajo decente y mejorar la empleabilidad de los trabajadores a nivel nacional”, señala el texto.
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Si bien se trata solo de una Ley que da declaratoria de interés nacional con un solo artículo, está incluye una disposición complementaria final que haría que diversos ministerios evaluarán técnicamente este seguro para aplicarlo progresivamente.
“Para el cumplimiento de la presente ley, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, el Seguro Social de Salud – EsSalud y las entidades públicas competentes, realizan las acciones de evaluación técnica, coordinación interinstitucional y gestión necesarias para el diseño e implementación progresiva del Seguro de Desempleo, conforme a sus competencias y al marco normativo vigente", añade.
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¿Adiós a la CTS?
¿Es válido decir que en este contexto, con un nuevo seguro de desempleo, se eliminaría la CTS? Sí, el mismo Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) lo sugiere.
El MTPE en su opinión frente al proyecto de ley que buscaba el nuevo seguro de desempleo señaló que se tendría que derogar la CTS si se busca un nuevo derecho laboral similar.
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“La implementación de un seguro de desempleo se encuentra en la línea de lo establecido en el artículo 10 de la Constitución Política del Perú según el cual el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida. (...) Si el legislador considera que el seguro de desempleo debe tener una configuración distinta a la formulada por la OIT, de conformidad con la Primera Disposición Final y Transitoria de la Constitución Política del Perú se debe elaborar un nuevo estudio financiero actuarial que sustente el proyecto de ley”, resaltó el MTPE.

Asimismo, advirtió que “el seguro de desempleo no puede coexistir con la CTS toda vez que ambas instituciones jurídicas comparten la misma naturaleza y la misma finalidad. En tal sentido, de mantenerse la propuesta legislativa, la CTS tendría que derogarse”.
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En esta opinión, el MTPE, en realidad, considera no viable la medida. “Por su parte, el establecimiento de una fuente de financiamiento no contributivo del seguro a cargo del Estado contraviene lo dispuesto en el artículo 79 de la Constitución Política del Perú según el cual el Congreso de la República tiene prohibido incrementar el gasto público”, aclaró también.
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