
Tras dos años de proceso, las personas detenidas arbitrariamente el 21 de enero de enero de 2023 dentro de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) finalmente encuentran reivindicación. El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la intervención de la Policía Nacional del Perú a la Ciudad Universitaria, así como las cerca de 200 detenciones efectuadas.
Además, la sentencia emitida por la Sala Segunda del TC exhorta al Ministerio del Interior y la PNP a que “en lo sucesivo” respeten los derechos a la libertad personal y a la protesta de los manifestantes. Por ello, las entidades estarán en la obligación de adecuar sus protocolos y prácticas con el objetivo de que los efectivos hagan un “uso proporcionado de la fuerza, distingan entre los manifestantes pacíficos y violentos, y eviten realizar detenciones masivas, bajo responsabilidad”.

Como se recuerda, en enero de 2023, la Decana de América fue tomada por estudiantes como apoyo a la denominada Toma de Lima. Este apoyo incluyó luego el alojamiento de las personas que venían del interior del país para participar en la manifestación.
Sin embargo, el 21 de enero en horas de la mañana, alrededor de 560 efectivos policiales llegaron a la casa de estudios para “recuperar” el control y desalojar a los protestantes. Para cumplir su objetivo, la PNP incurrió en abusos, uso desproporcionado de la fuerza y humillaciones.
Muestra de ello fue: el uso de una tanqueta para derribar la puerta 3 de la UNMSM; el uso de amenazas y expresiones racistas contra los manifestantes que ya se encontraban reducidos en el suelo y enmarrocados; y la indefensión de los detenidos (no estuvo la Fiscalía ni la Defensoría durante la intervención).
Estas flagrantes irregularidades llevaron a los magistrados Helder Domínguez y Gustavo Gutiérrez a plantearse dos interrogantes.
“Resulta lógico preguntarnos si acaso tal despliegue de policías o de medios como helicópteros, tanquetas, fusiles o bombas lacrimógenas, así como el uso de la fuerza, era imprescindible, cuando el resultado de las detenciones no ha sido plausible de una investigación por parte del Ministerio Público”, se pregunta el magistrado Helder Domínguez en su voto.
A su turno, Gutiérrez Ticse se preguntó: “¿Es constitucional detener masivamente y con estas irregularidades a casi 200 personas? Lo que pasó en la “Decana de América”, a mi juicio, constituye una evidente vulneración de los derechos a la libertad y a la protesta".
TC condena abuso policial
Para el tribuno Domínguez Haro las detenciones masivas efectuadas en la UNMSM “representan un uso desmedido de la fuerza” por la “disparidad entre los elementos de defensa”. Sumado a ello, reprocha que una vez que el ingreso a la universidad estaba despejado, los efectivos ingresaron a la residencia universitaria y aulas para intervenir “sin causa probable”.
El magistrado Domínguez Haro también recrimina que los detenidos fueron obligados a arrodillarse o tirarse al piso boca mientras sus pertenencias eran revisadas “sin que exista diferenciación entre detenidos hostiles, pacíficos o adultos mayores”.
Sumado a lo advertido por su colega, el magistrado Gustavo Gutiérrez reprende que no hubo trato diferenciado para los detenidos en situación vulnerable (gestante, población campesina y una niña) y que se “manchó el buen nombre de los manifestantes” al traer a efectivos de la Dirección contra el Terrorismo (Dircote).

Agregó que ni siquiera el hecho de que en ese momento había estado de emergencia justificaba el accionar de la Policía ya que “se suspenden ciertos derechos, pero no se suspende el Estado Constitucional de Derecho”.
“Si la PNP sospechaba de la ocurrencia de delitos como usurpación, robo agravado, terrorismo o similares en la UNMSM, su operativo igual tenía que cumplir con los supuestos de detención en flagrancia del art. 259 del Código Penal y el respeto de los derechos constitucionales de los intervenidos”, sostuvo Gutiérrez.

Exigen que se respete el derecho a la protesta
Uno de los puntos abordados por los magistrados es el derecho a la protesta. Y es que no se puede pasar por alto que las detenciones arbitrarias se dieron en el contexto de la determinada Toma de Lima, manifestación contra la presidenta Dina Boluarte y el Congreso.
Para el magistrado Helder Domínguez, “el alto número de detenidos” sin que medie flagrancia alguna y al interior de una universidad es “indicio de una vulneración del derecho a la protesta”.
“Teniendo en cuenta el alto número de intervenciones, así como la irregularidad de estas y la desproporcionalidad de la fuerza con que fueron ejecutadas, se denota un intento por detener u obstaculizar futuras manifestaciones, vulnerando así el derecho a la protesta de los ciudadanos”, sostiene el tribuno.
A su turno, el magistrado Gustavo Gutiérrez resalta era “evidente” que los manifestantes que acudieron a la capital no tenían el dinero para costearse la estadía.
“Poco importa si su mensaje era o no compartido por la mayoría de la población o por las personas con el poder político de turno, los manifestantes -pacíficos , tenían derecho a protestar. Fue esa la razón por la que muchos pernoctaron en las instalaciones de la UNMSM”, apuntó.
El voto en minoría y la discordia en el TC
La ponencia del caso cayó en el magistrado Pedro Hernández, quien propuso que la demanda sea rechazada al considerar que los detenidos fueron liberados y que la universidad debe garantizar la formación académica y cultural. En otras palabras, que a la universidad solo se va a estudiar.
Sin embargo, la ponencia fue rechazada por su colegas de sala Helder Domínguez y Gustavo Gutiérrez. Ante la discordia, se convocó al magistrado Manuel Monteagudo, quien aseveró que lo ocurrido en la UNMSM “deben ser evitados en el marco de cualquier Estado Constitucional”.
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