
El Pleno del Congreso aprobó un dictamen que prohíbe que personas que carezcan el título de enfermería usen el uniforme o cualquier otro distinto relacionado con la carrera. La medida fue apoyada con 85 votos a favor, una abstención y ninguno en contra.
De acuerdo a la normativa, puede causar confusión que una persona que no ha estudiado la carrera use la vestimenta, ya que puede que no tenga las habilidades y conocimientos necesarios para brindar una atención médica de calidad.
En el artículo 6, dedicado a la ‘Responsabilidad de la enfermera(o)”, es donde se establece que se “prohíbe el uso de uniforme o cualquier otro distintivo relacionado a la profesión de enfermería o análogo, a quien carezca del título correspondiente”. Para lograr esto, el dictamen tuvo que modificar los artículos 2 y 6 de la Ley 27669, Ley del Trabajo de la Enfermera(o).

Responsabilidad penal
Las personas que usen distintivos propios de esta profesión podrían cometer un delito relacionado con el artículo 362 del Código Penal, el cual se refiere a quienes “públicamente, ostenta insignias o distintivos de una función o cargo que no ejerce o se arroga grado académico, título profesional u honores que no le corresponden”.
De acuerdo al texto de la norma, los que incurran en esta falta podrían ser condenados con una pena no mayor de un año, o con servicio comunitario de diez a 20 jornadas.

Reacciones de parlamentarios
El presidente de la Comisión de Salud y Población, Luis Picón Quedo, de la bancada de Podemos Perú, resaltó que estos profesionales desempeñan sus funciones de cuidado de las personas, la familia y la comunidad, considerando el contexto social, económico, ambiental, político y cultural en el que se desenvuelven.
“Los enfermeros (as), juegan un papel central en la atención directa en la gestión de recursos sanitarios y su participación en la toma de decisiones, mejora la eficiencia en la política de salud y el uso de uniformes es importante y lo debes usar solo aquellos que obtengan su título profesional”, dijo el legislador.
Por su parte, Martha Moyano Delgado, de Fuerza Popular, propuso que en el artículo 2 se incorpore que el personal de enfermería no diagnostica ni prescribe medicamentos a un paciente, lo cual fue aceptado por Picón. El nuevo texto sustitutorio también recoge algunas precisiones propuestas de su colega de bancada fujimorista, la congresista Mery Infantes Castañeda.

La propuesta legal contiene los proyectos de ley 9118/2024-CR y 9186/2024-CR, presentados por Waldemar Cerrón, de Perú Libre, y Guido Bellido, de Podemos. La primera iniciativa fue apoyada por Flavio Cruz, María Aguero, Isaac Mita, Janet Rivas y José Balcazar, mientras que la segunda recibió el respaldo de Kira Alcarraz, José Arriola, Darwin Espinoza, José Luna y Juan Burgos.
El dictamen fue aprobado en primera votación durante la sesión plenaria del 20 de marzo último. En esta entonces correspondía realizar la segunda consulta, pero como se modificó el documento con otro texto sustitutorio, volvió a realizarse la doble votación.
Justificación del proyecto
En el documento se establece que la enfermería desde sus inicios ha sido acompañada por una simbología que la caracteriza y que “encierra un significado relevante en su desarrollo como profesión”. En ese sentido, afirman que la importancia del uso adecuado del uniforme y sus atributos repercuten en la “buena imagen institucional” de la carrera.
“En la actualidad, a pesar de la existencia de normas y del esfuerzo que se viene realizando, se observa con frecuencia el uso incorrecto del uniforme, no solo por los enfermeros titulados, sino también por un sector ajeno a ella que, abusa de dicho distintivo para poder realizar actos ilícitos, en perjuicio de la sociedad y la imagen de dicha profesión”, sostienen.
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