¿Eres pensionista del Decreto Ley N.º 19846? Policías y militares en retiro cobrarán nuevo monto en enero

El Poder Ejecutivo oficializó el nuevo esquema de pagos que recibirán los integrantes de la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas que ya no están en actividad

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Personal de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas en una formación por un acto protocolar.
Personal de la Policía Nacional del Perú (PNP) y de las Fuerzas Armadas en una formación por un acto protocolar. (Andina)

Los pensionistas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP), que pertenecen al régimen del Decreto Ley N.º 19846, serán beneficiados este mes de enero con un reajuste en sus pensiones, conforme a lo establecido por el Decreto Supremo N.º 004-2025-EF, oficializado la mañana del pasado domingo 19 de enero con su publicación en las normas legales del diario El Peruano.

Este incremento será otorgado a quienes se encuentren en situación de retiro, así como a sus beneficiarios por pensiones de sobrevivencia, con base en los lineamientos establecidos en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025. Según lo establecido, los nuevos montos serán efectivos desde finales de enero.

El reajuste responde a las disposiciones contenidas en la Centésima Sexagésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.º 32185, que autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar mediante decreto supremo refrendado por los ministros de Defensa, Interior y Economía.

Publican el decreto supremo que aprueba el primer reajuste de pensiones a favor del personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP).
Publican el decreto supremo que aprueba el primer reajuste de pensiones a favor del personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú (PNP). (Andina)

La norma establece que el monto de la actualización se calculará en función del grado remunerativo del pensionista, de acuerdo con las escalas previamente estipuladas. Este beneficio no constituye un aumento permanente en las pensiones y no afecta las remuneraciones consolidadas.

¿Quiénes recibirán este reajuste?

El reajuste de pensiones está dirigido a los pensionistas del régimen previsional del Decreto Ley N.º 19846, así como a los de las cuentas Montepío. Esto incluye tanto a los oficiales como al personal técnico y suboficial de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional que se encuentren en situación de retiro, así como a sus sobrevivientes.

El cálculo del reajuste varía según el grado jerárquico del pensionista, de manera que aquellos con cargos más altos recibirán mayores incrementos en sus montos mensuales.

En los casos en que existan varios beneficiarios de una misma pensión, como en las pensiones de sobrevivencia, el reajuste será dividido proporcionalmente entre los receptores. Además, si un pensionista percibe más de una pensión dentro del marco del Decreto Ley N.º 19846, el incremento se aplicará únicamente sobre la pensión de mayor monto.

Policías y militares activos y en retiros recibirán un aumento en sus salarios y pensiones a partir del tercer trimestre del 2024, anunció el Mininter
Policías y militares activos y en retiros recibirán un aumento en sus salarios y pensiones a partir del tercer trimestre del 2024, anunció el Mininter | Foto composición: Infobae Perú

¿Desde cuándo se aplica?

El Decreto Supremo N.º 004-2025-EF establece que este primer reajuste se implementará a partir del mes de enero de 2025, con el objetivo de garantizar que los beneficiarios perciban los nuevos montos antes de que finalice el primer mes del año.

La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas será la entidad encargada de ejecutar esta medida de manera automática, utilizando el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público.

El financiamiento de este reajuste será asumido íntegramente por los presupuestos institucionales de los ministerios de Defensa y Interior, sin necesidad de recurrir a asignaciones adicionales o modificar el presupuesto general del sector público. Esto garantiza que el proceso no afecte otras áreas prioritarias del gasto público.

Un grupo de militares y policías organizan un operativo de identificación para pedir la documentación pertinente a diversos transeúntes.
Un grupo de militares y policías organizan un operativo de identificación para pedir la documentación pertinente a diversos transeúntes. (Andina)

Montos detallados del reajuste

Los montos del reajuste han sido organizados en dos categorías principales: el personal de oficiales y el personal técnico y suboficiales/oficiales de mar. La norma establece escalas específicas para cada nivel jerárquico, con diferencias sustanciales dependiendo del rango. Los grados superiores recibirán mayores reajustes en comparación con los grados menores.

A continuación, se presentan las tablas con los montos correspondientes a cada categoría, incluyendo las diferencias según los grados equivalentes de cada institución.

Tabla referente a los montos para el personal con el grado de oficiales.
Tabla referente a los montos para el personal con el grado de oficiales. (Infobae Perú)
Tabla de los nuevos montos del reajuste de pensiones para el personal técnico, suoficiales y oficiales de mar.
Tabla de los nuevos montos del reajuste de pensiones para el personal técnico, suoficiales y oficiales de mar. (Infobae Perú)

Puntos adicionales

El decreto supremo recalca que el reajuste no se considera parte de la remuneración consolidada y no tiene carácter permanente, sino que se trata de una medida específica para atender las necesidades económicas de los pensionistas bajo el régimen del Decreto Ley N.º 19846. Los beneficiarios recibirán automáticamente los nuevos montos, sin necesidad de realizar trámites adicionales.

Esta actualización constituye un importante avance en el reconocimiento del esfuerzo del personal militar y policial retirado, brindando un soporte económico que busca mejorar la calidad de vida de los pensionistas y sus familias.

A través de una nota de prensa, el Ministerio de Economía y Finanzas también comunicó sobre el reajuste: “a través del Decreto Supremo Nº 004-2025-EF se aprobó el Poder Ejecutivo aprobó el primer reajuste de las pensiones a favor de los pensionistas del Decreto Ley Nº 19846 y a los pensionistas del Montepío, correspondiente al personal titular en situación de retiro de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y a sus sobrevivientes”.

PNP
Juan José Santivañez presentó las medidas que adoptará su ministerio contra el crimen - crédito Andina

Cronograma de pago en febrero

De otro lado, si trabajas como funcionario público, consulta las fechas de pago de tu salario correspondiente a febrero de 2025 en el siguiente cronograma. Los pagos se realizarán en cuatro días, según los grupos previamente establecidos a lo largo del año:

  • Miércoles 19 de febrero: Se abonará a los trabajadores de las entidades de Educación (incluidas Universidades), Presidencia del Consejo de Ministros, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Defensa, Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales, Contraloría General de la República, Congreso de la República, Ministerio Agrario y Riego y Ministerio de Energía y Minas.
  • Jueves 20 de febrero: Cobrarán los empleados de las planillas del Ministerio del Interior, Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y Defensoría del Pueblo.
  • Viernes 21 de febrero: Se realizará el pago a los trabajadores del Ministerio de Salud, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Ministerio de Cultura, Ministerio del Ambiente, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
  • Lunes 24 de febrero: Recibirán sus sueldos quienes laboran en el Ministerio de la Producción, Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Fuero Militar Policial, Junta Nacional de Justicia, Jurado Nacional de Elecciones y el Tribunal Constitucional.

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